6/08/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 220-2018-MINAM REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGY SENTENCIAS Se

REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGY SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato
REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGY SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN Modifican conformación del Grupo de Trabajo de Ética e Integridad Pública del Sector Ambiente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2018-MINAM
Lima, 7 de junio de 2018
CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 179-2017-MINAM, modificado por Resolución Ministerial Nº 211-2017-MINAM, se crea el Grupo de Trabajo de Ética e Integridad Pública del Sector Ambiente, dependiente del Ministerio del Ambiente, con el objeto de promover la transparencia, ética e integridad pública en el Sector;

Que, el referido Grupo de Trabajo está integrado por el/la Jefe/a del Gabinete de Asesores y el/la Secretario/a General del Ministerio del Ambiente, por el/la Gerente/a General del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), y por los Secretarios Generales de los demás organismos públicos adscritos al Ministerio del Ambiente;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, dispone que en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se adecúe la denominación de las Secretarías Generales de los Organismos públicos, debiéndoseles calificar como Gerencias Generales para todos sus efectos;

Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 179-2017-MINAM, modificado por Resolución Ministerial Nº 211-2017-MINAM, respecto a la conformación del citado Grupo de Trabajo, así como para adecuar la denominación de las Secretarías Generales de los Organismos públicos;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 179-2017-MINAM, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo de Ética e Integridad Pública del Sector Ambiente Créase el Grupo de Trabajo de Ética e Integridad Pública del Sector Ambiente, dependiente del Ministerio del Ambiente, con el objeto de promover la transparencia, ética e integridad pública en el Sector; el mismo que estará conformado de la siguiente manera:
a) El/la Secretario/a General del Ministerio del Ambiente, quien lo presidirá b) El/la Gerente/a General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), c) El/la Gerente/a General del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), d) El/la Gerente/a General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), e) El/la Gerente/a General del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), f) El/la Gerente/a General del Instituto Geofísico del Perú (IGP), g) El/la Gerente/a General del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), h) El/la Gerente/a General del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM). (...)"
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente

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