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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 291-2018-MINEDU Aprueban el "Plan de Trabajo para la Implementación de
6/12/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 291-2018-MINEDU Aprueban el "Plan de Trabajo para la Implementación de
Aprueban el "Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2018-MINEDU Lima, 11 de junio de 2018 VISTOS, el Expediente Nº 0112321-2018, el Informe Técnico Nº 023-2018-MINEDU/VMGP/DIGC de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y el Informe Nº 558-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2018-MINEDU
Lima, 11 de junio de 2018
VISTOS, el Expediente Nº 0112321-2018, el Informe Técnico Nº 023-2018-MINEDU/VMGP/DIGC de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y el Informe Nº 558-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, de conformidad con el artículo 6 de la referida Ley, la formación ética y cívica es obligatoria en todo proceso educativo, prepara a los educandos para cumplir sus obligaciones personales, familiares y patrióticas y para ejercer sus deberes y derechos ciudadanos; asimismo, el artículo 8 de la misma Ley señala que la educación se sustenta, entre otros, en el principio de la ética, que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2018- MINEDU, se aprueban los "Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes", los mismos que tienen como finalidad establecer las directrices de orientación para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes en las instituciones educativas, a fin de aportar al desarrollo integral de las y los estudiantes en entornos escolares seguros y libres de violencia, y a la consolidación de una comunidad educativa que ejerza con plenitud sus derechos y responsabilidades;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 004- 2018-MINEDU establece que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, se aprueba el Plan de Trabajo para la implementación de los Lineamientos mencionados en el considerando precedente, el mismo que debe ser revisado y actualizado en el mes de julio de cada año, a partir del año 2019;
sin perjuicio de la aplicación inmediata de los referidos Lineamientos;
Que, mediante el Informe Técnico Nº 023-2018-MINEDU/VMGP/DIGC, elaborado por la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y suscrito por el Director General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; la Directora General de Educación Básica Regular; el Director General (e) de Gestión Descentralizada; la Directora General de Desarrollo Docente; la Directora General de Servicios Educativos Especializados; la Jefa de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción; y, la Directora Regional de Educación de Lima Metropolitana;
se sustenta la necesidad de aprobar el "Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes", el mismo que tiene como finalidad asegurar la planificación, implementación y ejecución de acciones, para la promoción de la convivencia escolar, la prevención, sanción, atención y erradicación de la
violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como acoso contra niñas, niños y adolescentes;
Que, en el referido Informe Técnico también se precisa que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 004-2018-MINEDU, se contó con la participación de representantes técnicos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la elaboración del "Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes";
Que, mediante Oficio Nº 477-2018-MINEDU/SPE-OPEP, la Jefa de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto remite el Informe Nº 421-2018-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el cual concluye que el objetivo, las líneas estratégicas y las metas de la propuesta del "Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes" se encuentran acorde con los objetivos estratégicos del Sector y que no irrogará gastos adicionales a los asignados en el presupuesto de cada Dirección involucrada;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica; del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; de la Secretaría General; de la Secretaría de Planificación Estratégica; de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Gestión Descentralizada; de la Dirección General de Desarrollo Docente; de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción; de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 004-2018-MINEDU, que aprueba los "Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes";
y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo
Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes", el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación
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