7/28/2018

Artículo 4 Reglamento Interno Comisión RM 186-2018-PCM PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Modifican el Artículo 4 del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) RM 186-2018-PCM Lima, 26 de julio de 2018 VISTO: El Oficio Nº 019-2018-MIDIS/VMPES/ST-CIAS de la Secretaría Técnica de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS); y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 20 y al numeral 3 del artículo 19 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Modifican el Artículo 4 del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS)
RM 186-2018-PCM
Lima, 26 de julio de 2018
VISTO:

El Oficio Nº 019-2018-MIDIS/VMPES/ST-CIAS de la Secretaría Técnica de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS); y,

CONSIDERANDO:



Que, de acuerdo al artículo 20 y al numeral 3 del artículo 19 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) es la instancia de coordinación y de discusión de la política Social del Estado al interior del Consejo de Ministros, que se encuentra presidida por el Presidente del Consejo de Ministros y es la encargada de dirigir, articular, coordinar y establecer los lineamientos de política y del gasto social, así como supervisar su cumplimiento; teniendo como función principal reducir la pobreza y la extrema pobreza;

Que, el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 008-2016-MIDIS - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), establece que la Secretaría Técnica de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) recae en el o la titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; asimismo, se precisa que las competencias, funciones y organización de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) y de su Secretaría Técnica, se ejercen de acuerdo con su Reglamento Interno;


Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 261-2016-PCM, se aprobó la publicación del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), aprobado mediante Acta Nº 002-2016-PCM/ST-CIAS de fecha 07 de setiembre de 2016 por la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS);

Que, según consta en la Acta Nº 001-2018-PCM/ CIAS del 18 de abril de 2018 y la Acta Nº 002-2018-PCM/ CIAS del 23 de mayo de 2018, la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) acordó incorporar como integrantes de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) al Ministerio del Interior, al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Ambiente;


Que, en dicho sentido, consta en las mencionadas Actas que la Comisión Interministerial de Asuntos
Sociales (CIAS) aprobó la modificación del artículo 4 del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS); por lo que corresponde disponer su publicación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM, y modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la publicación de la modificación del artículo 4 del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), aprobado mediante Acta Nº 002-2016-PCM/ST-CIAS de fecha 07 de setiembre de 2016 por la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS); el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 4.- Integrantes La CIAS está integrada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Estado de los siguientes sectores:
a) Ministerio de Economía y Finanzas;
b) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
c) Ministerio de Educación;
d) Ministerio de Salud;
e) Ministerio de Agricultura y Riego;
f) Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
g) Ministerio de la Producción;
h) Ministerio de Energía y Minas;
i) Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
j) Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
k) Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
l) Ministerio de Cultura;
m) Ministerio de Defensa;
n) Ministerio del Ambiente;
o) Ministerio del Interior; y, p) Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

El cargo de miembro de la CIAS es de carácter personalísimo, debiendo ser ejercido únicamente por Ministros de Estado.

Los Ministros de Estado se consideran miembros natos de la CIAS desde la fecha de vigencia de su nombramiento a través de Resolución Suprema, de conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú, y su cese se produce a partir de la vigencia de la Resolución Suprema correspondiente".

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano";
así como en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 186-2018-PCM Modifican el Artículo 4 del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS)
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 186-2018-PCM
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-07-28
  • Fecha de aplicacion : 2018-07-29

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