7/29/2018

Transferencia Financiera Recursos Directamente RM 282-2018-MEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Autorizan transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Arequipa RM 282-2018-MEM/DM Lima, 24 de julio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 044-2018-MEM-OGP/DIR, del 14 de junio de 2018, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, y el Informe Nº 594-2018/MEM-OGJ, del 18 de junio de
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Autorizan transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Arequipa
RM 282-2018-MEM/DM
Lima, 24 de julio de 2018
VISTOS: El Informe Nº 044-2018-MEM-OGP/DIR, del 14 de junio de 2018, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, y el Informe Nº 594-2018/MEM-OGJ, del 18 de junio de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:



Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de
medición, monitoreo y fiscalización, hasta por el monto de S/ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 Soles);

Que, la citada disposición señala que las transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del Titular del Pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales;


Que, asimismo, se establece la obligación de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;


Que, con fecha 08 de junio de 2018, el Ministerio de Energía y Minas suscribió el Convenio de Cooperación y Gestión con el Gobierno Regional de Arequipa, en virtud del cual y en el marco de las normas precedentemente descritas, este Ministerio asumió la obligación, entre otras, de destinar a favor del citado Gobierno Regional, los recursos presupuestales necesarios para que continúen en forma adecuada el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a la Dirección Regional de Energía y Minas, como encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energética al Gobierno Regional;

Que, mediante el referido Convenio de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional por el monto de S/ 120 000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 Soles), en el primer semestre del 2018, para que se contraten profesionales especializados y para la adquisición de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, a propuesta de la Dirección y/o Gerencia Regional de Energía y Minas del GORE, según lo señalado en el numeral 5.1 de la Cláusula Quinta del referido convenio;

Que, mediante Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2018-00887-001-MEM-OGP/PRES, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informó sobre la existencia de recursos presupuestales por el monto antes señalado, para los fines indicados en el referido convenio suscrito;

Que, en consecuencia es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Arequipa, hasta por un monto total ascendente a S/ 120 000,00 (Ciento Veinte Mil y 00/100 Soles), para ser destinadas exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de la Dirección Regional de Energía y Minas del GORE, encargada de ejercer las competencias en materia minero - energéticas;

De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y sus modificatorias; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2012-EF;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Arequipa Autorizar la transferencia financiera de recursos proveniente de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por el monto ascendente a S/ 120 000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Arequipa, para ser destinada exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de la Dirección Regional de Energía y Minas, encargada de ejercer las competencias en materia minero - energéticas, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes:

2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 120 000.00
Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1º de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle:

A LA: (En Soles)
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
Pliego 443 :

Unidad Ejecutora :

Unidad Ejecutora SIAF :

Cuenta :

RUC :

Gobierno Regional de Arequipa 120 000,00
Nº 001 Sede Central
Nº 0757
Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
Nº 20498390570
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas con el Gobierno Regional de Arequipa, correspondiente al Año Fiscal 2018.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 282-2018-MEM/DM Autorizan transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Arequipa
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 282-2018-MEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-07-29
  • Fecha de aplicacion : 2018-07-30

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