8/28/2018

003 2018/jnac/reniec RJ 000095-2018/JNAC/RENIEC Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil

Poder Judicial, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Modifican la Resolución Jefatural Nº 003-2018/JNAC/RENIEC RJ 000095-2018/JNAC/RENIEC Lima, 27 de agosto de 2018 VISTOS: Las Hojas de Elevación Nº 000072-2018/GRCD/ RENIEC (29MAY2018) y Nº 000088-2018/GRCD/ RENIEC (20JUN2018), emitidas por la Gerencia de Registros de Certificacion Digital; los Informes Nº 000012-2018/GRCD/SGREGD/RENIEC (28MAY2018) y Nº 000015-2018/GRCD/SGREGD/RENIEC
Poder Judicial, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
Modifican la Resolución Jefatural Nº 003-2018/JNAC/RENIEC
RJ 000095-2018/JNAC/RENIEC
Lima, 27 de agosto de 2018
VISTOS:

Las Hojas de Elevación Nº 000072-2018/GRCD/ RENIEC (29MAY2018) y Nº 000088-2018/GRCD/ RENIEC (20JUN2018), emitidas por la Gerencia de Registros de Certificacion Digital; los Informes Nº 000012-2018/GRCD/SGREGD/RENIEC (28MAY2018) y Nº
000015-2018/GRCD/SGREGD/RENIEC (19JUN2018), emitidos por la Sub Gerencia de Regulación Digital de la Gerencia de Registros de Certificacion Digital;
los Informes Nº 001078-2018/GAJ/SGAJA/RENIEC (13JUN2018) y Nº 001121-2018/GAJ/SGAJA/RENIEC (26JUN2018), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Hojas de Elevación Nº 000328-2018/GAJ/ RENIEC (13JUN2018) y Nº 000537-2018/GAJ/RENIEC (26JUN2018) emitidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que mediante Ley Nº 26497, se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177 y 183 de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; encargado, entre otros, de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;


Que mediante la Ley Nº 27269, modificada por la Ley Nº 27310, se aprobó la Ley de Firmas y Certificados Digitales, por la cual se regula la utilización de la firma digital otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que la firma manuscrita u otra análoga, estableciéndose los lineamientos generales respecto de los Prestadores de Servicios de Certificación Digital y la necesidad de contar con una Autoridad Administrativa Competente encargada de regular de manera más específica esta materia;


Que a su vez, a través del artículo 47 del Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM, se designa al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil- RENIEC como Entidad de Certificación Nacional para el Estado Peruano (ECERNEP), Entidad de Certificación para el Estado Peruano (ECEP) y Entidad de Registro o Verificación para el Estado Peruano (EREP);
precisándose que los servicios a ser prestados en cumplimiento de los roles señalados estarán a disposición de todas las Entidades Públicas del Estado Peruano;

Que en ese contexto, por Resolución Nº 009-2015/ CFE-INDECOPI (30NOV2015), el INDECOPI, en su rol de Autoridad Administrativa Competente de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica, ha acreditado al RENIEC
para ejecutar las funciones de Proveedor de Servicio de Valor Añadido, en la modalidad de Autoridad de Sellado de Tiempo;

Que en ese extremo, a través de los documentos de vistos la Gerencia de Registros de Certificacion Digital solicita la delegación de funciones a efectos de gestionar, suscribir y resolver los Convenios de Colaboración Interinstitucional a ser suscritos para la prestación del Servicio de Sellado de Tiempo en el marco de las funciones del RENIEC como prestador de Servicios de Valor Añadido;

Que al respecto, el artículo 81.1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS establece que los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita la firma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos o a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, salvo en caso de resoluciones de procedimientos sancionadores, o aquellas que agoten la vía administrativa;

Que ahora bien, a través de la Resolución Jefatural Nº 003-2018/JNAC/RENIEC (05ENE2018) se dispone delegar en el Gerente de Registros de Certificacion Digital las facultades de suscribir y resolver los contratos de prestación de servicios de Certificación Digital y emitir comunicaciones a los usuarios respecto a los asuntos relacionados al Servicio de Certificación Digital;

Que en consecuencia, con el objeto de agilizar la gestión administrativa de la entidad y, de acuerdo a lo dispuesto por los dispositivos legales citados, resulta pertinente ampliar la delegación de facultades otorgada a la Gerencia de Registros de Certificacion Digital del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para gestionar, suscribir y resolver Convenios de Colaboración Interinstitucional para la prestación del servicio de Sellado de Tiempo en el marco de las funciones del RENIEC
como prestador de servicios de valor añadido, para lo cual corresponde emitir la resolución de delegación de facultades correspondiente;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016);

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Modificar la Resolución Jefatural Nº 003-2018/JNAC/RENIEC, del 05 de enero de 2018, a efectos de ampliar la delegación de facultades otorgada a la Gerencia de Registros de Certificacion Digital del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para gestionar, suscribir y resolver Convenios de Colaboración Interinstitucional para la prestación del Servicio de Sellado de Tiempo en el marco de las funciones del RENIEC como prestador de Servicios de Valor Añadido.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Registros de Certificacion Digital, informe a la Jefatura Nacional, los convenios suscritos en el marco de la presente resolución.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 000095-2018/JNAC/RENIEC Modifican la Nº 003-2018/JNAC/RENIEC
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 000095-2018/JNAC/RENIEC
  • Emitida por : Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2018-08-28
  • Fecha de aplicacion : 2018-08-29

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