9/18/2018

Transferencia Financiera Programa Generación RM 230-2018-TR Trabajo y Promocion del Empleo

Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público RM 230-2018-TR Lima, 17 de setiembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 450-2018-TP/DE-UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, los Informes Nº 1132 y Nº 1147-2018-TP/
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo
Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público
RM 230-2018-TR
Lima, 17 de setiembre de 2018
VISTOS: El Informe Nº 450-2018-TP/DE-UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, los Informes Nº 1132 y Nº 1147-2018-TP/ DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, el Informe Nº 344-2018-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, el Oficio Nº 985-2018-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú";
el Memorándum Nº 032-2018-MTPE/4/9.1, de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, el Informe Técnico Nº 100-2018-MTPE/4/9.1, del Responsable de la OPMI, el Informe Técnico Nº 091-2018-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto, el Memorándum Nº 705-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 2391-2018-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, modificado por los Decretos Supremos Nº 004-2012-TR y Nº 006-2017-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema y/o afectada parcial o íntegramente por una emergencia o desastre natural, de acuerdo a la información que proporcione el organismo rector competente;


Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", documento de gestión aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 215 y Nº 234-2014-TR, 027-2017-TR, 003 y 051-2018-TR, establece que dicho objetivo se cumple con el financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica, intensiva en mano de obra no calificada (MONC) presentados, entre otros, por los gobiernos locales, así como con el financiamiento de actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC) ante la ocurrencia de desastres naturales y los peligros inminentes declarados según la norma de la materia;


Que, asimismo, el literal b) del artículo 7 y el artículo 29 del citado documento de gestión establece como una de las modalidades de acceso al financiamiento de proyectos "No Concursables", la cual contempla la selección de proyectos a través de un Comité Especial, de acuerdo a los Lineamientos que para este fin apruebe el Programa
para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en los cuales, entre otros aspectos, se establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos correspondientes. Esta modalidad considera la ejecución de proyectos, en casos excepcionales, de infraestructura social y económica, para mitigar los daños ocasionados por desastres naturales, crisis internacional, entre otros. Así también, este prescribe que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores;

Que, el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", estableciendo el inciso 15.2 del citado artículo, que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego, publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, mediante Resolución Directoral Nº 014-2018-TP/DE, modificada por las Resoluciones Directorales Nº 058 y Nº 145-2018-TP/DE, se aprueban las "Modalidades de Acceso al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y Distribución Presupuestal 2018", estableciéndose el presupuesto de S/ 30 904 500,00 (Treinta Millones Novecientos Cuatro Mil Quinientos con 00/100 Soles), para la modalidad no concursable; asimismo, a través del artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 121-2018-TP/DE, modificada por Resolución Directoral Nº 131-2018-TP/DE, se aprueban los "Lineamientos para Presentación de Proyectos en la Modalidad No Concursable";

Que, mediante Resolución Directoral Nº 132-2018-TP/DE, se aprueba el financiamiento correspondiente al Aporte Total del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" de cuarenta y un (41)
proyectos en el marco de la intervención No Concursable Excepcional (NCOEX) NC-01 a favor de organismos públicos, por el importe de S/ 30 754 364,00 (Treinta Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Trecient Que, con Informe Nº 1132-2018-TP/DE/UGPPME-CFPP, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación informa el otorgamiento de la Certificación del Crédito Presupuestario Nº 1094-2018, por el importe ascendente a la cantidad de S/ 30 754
364,00 (Treinta Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), en atención a lo solicitado por la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, mediante el Informe Nº 442-2018-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, para financiar el Aporte Total de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" de cuarenta y un (41)
proyectos en el marco de la intervención No Concursable Excepcional (NCOEX) NC-01, al haber confirmado su participación los organismos públicos proponentes en dicha intervención;

Que, posteriormente, a través del Informe Nº 450-2018-TP/DE-UGPYTOS-CFATEP, la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos solicita a la Dirección Ejecutiva el inicio del trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe las transferencias financieras de cuarenta y un (41) convenios por un importe total de S/ 30 754 364,00 (Treinta Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), como Aporte Total de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" para la ejecución de proyectos de inversión en los departamentos de Ancash (6), Arequipa (2), Ayacucho (8), Cajamarca (2), Cusco (5), Huancavelica (6), Huánuco (1), Junín (3), Lambayeque (1), Lima (1), Loreto (2), Moquegua
(1), Piura (1) y Tumbes (2), en el marco de la intervención No Concursable Excepcional (NCOEX) NC-01;

Que, a través del Informe Nº 1147-2018-TP/ DE/UGPPME-CFPP, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación informa que se cuenta con crédito presupuestario constituido por la Certificación del Crédito Presupuestario Nº 1094-2018, por el importe de S/ 30 754 364,00 (Treinta Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), para financiar el Aporte Total de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" de los precitados convenios suscritos con los organismos ejecutores, en el marco de la intervención No Concursable Excepcional (NCOEX) NC-01, conforme a lo dispuesto en el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el inciso 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30693;

Que, mediante el Informe Nº 344-2018-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"
considera viable jurídicamente la transferencia financiera antes descrita;

Que, asimismo, mediante el Memorándum Nº 032-2018-MTPE/4/9.1, de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, el Informe Técnico Nº 100-2018-MTPE/4/9.1, del Responsable de la OPMI, el Informe Técnico Nº 091-2018-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto, el Memorándum Nº 705-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica se pronuncia favorablemente a través del Informe Nº 2391-2018-MTPE/4/8, sobre la viabilidad jurídica sobre el acto de administración solicitado que dispone la presente transferencia financiera a favor de los organismos ejecutores del sector público a que alude la presente resolución administrativa;

Con los visados del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 020-2017-TR; y el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el inciso 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total de esta Unidad Ejecutora de cuarenta y un (41) convenios en el marco de la intervención No Concursable Excepcional (NCOEX)
NC-01 por el importe total de S/ 30 754 364,00 (Treinta Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www.trabajo.gob. pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 230-2018-TR Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 230-2018-TR
  • Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-09-18
  • Fecha de aplicacion : 2018-09-19

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