10/04/2018

Artículo 1 Anexos Nos 01 02 0030 2018 inia RJ 0142-2018-INIA Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Modifican el artículo 1 y los Anexos Nos. 01 y 02 de la Resolución Jefatural Nº 0030-2018-INIA que autorizó transferencia financiera INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RJ 0142-2018-INIA Lima, 3 de octubre de 2018 VISTOS: La Resolución Jefatural Nº 0030-2018-INIA de fecha 21 de febrero de 2018; el Oficio Nº 578-2018-MINAGRI-INIA-PNIA-DE de fecha 27 de setiembre de 2018, emitido por la Directora Ejecutiva del
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Modifican el artículo 1 y los Anexos Nos. 01 y 02 de la Resolución Jefatural Nº 0030-2018-INIA que autorizó transferencia financiera INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
RJ 0142-2018-INIA
Lima, 3 de octubre de 2018
VISTOS:

La Resolución Jefatural Nº 0030-2018-INIA de fecha 21 de febrero de 2018; el Oficio Nº 578-2018-MINAGRI-INIA-PNIA-DE de fecha 27 de setiembre de 2018, emitido por la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación Agraria; el Informe Nº 0053-2018-MINAGRI-INIA-PNIA-DO/UPPS de fecha 27 de setiembre de 2018, emitido por el Jefe (e) de la Unidad de Planificación, Presupuesto y Sistemas; el Informe Técnico Nº 067-2018-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE de fecha 28 de setiembre de 2018, emitido por el Director (e) de la Unidad de Presupuesto; el Memorando Nº 773-2018-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE de fecha 28 de setiembre de 2018, emitido por la Directora General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 147-2018-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 1 de octubre de 2018, emitido por el Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 30693, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
y por Resolución Jefatural Nº 0244-2017-INIA de fecha 27 de diciembre de 2017, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Año Fiscal 2018, ascendente a ciento ochenta y cinco millones setecientos noventa y un mil doscientos treinta y ocho y 00/100

soles (S/ 185 791 238,00), así como los recursos que lo financian por fuente de financiamiento, correspondiente al Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA);

Que, por Decreto Supremo Nº 354-2013-EF de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobaron las operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF hasta por la suma de cuarenta millones con 00/100 dólares americanos (US$
40 000 000,00), destinadas a financiar parcialmente el "Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA", a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a través del INIA;


Que, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE suscrito con el Banco Mundial de fecha 16 de abril de 2014, se estableció dentro del Componente 2:

Consolidación del Mercado para Innovación de Servicios, entre otros, la ejecución de los proyectos de investigación a través de los fondos concursables;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0180-2014-INIA de fecha 27 de junio de 2014, ratificada con Resolución Ministerial Nº 0547-2015-MINAGRI de
fecha 3 de noviembre de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del PNIA y en el numeral 4.11 Siguientes Desembolsos del Capítulo C: Aspectos Financieros, dispuso que los siguientes desembolsos se efectuarán de acuerdo al cronograma respectivo en el Plan Operativo Anual (POA) y una vez aprobado el Informe Técnico Financiero (ITF) del paso crítico anterior. Asimismo, que los recursos financieros aportados por PNIA serán transferidos en cada oportunidad a la cuenta exclusiva que mantendrá la Entidad Ejecutora en una entidad financiera;

Que, en el numeral 3.5.2 Desembolsos a Entidades Públicas ejecutoras de Proyectos del Anexo 7 - Manual de Acompañamiento de Proyectos del Proyecto de Inversión Pública "Consolidación del Sistema Nacional de Innovación Agraria" del PNIA, aprobado con Resolución Ministerial Nº 303-2016-MINAGRI de fecha 12 de mayo de 2016, se establece que los recursos desembolsados por el PNIA a las entidades públicas ejecutoras de proyectos, así como los aportes monetarios de contrapartida de las Alianzas Estratégicas, deberán ser incorporados en el Presupuesto de la Entidad y tratados en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) con tipo de operación "Transferencia Financiera" generando el compromiso, devengado y girado con incidencia presupuestal. Se ajustará a la normativa presupuestal vigente;

Que, en el marco de lo establecido en el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente;

Que, el numeral 15.2 del artículo 15º de la Ley Nº 30693, estableció que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 de la citada Ley, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publicará en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo 15º de la precitada Ley, señaló que la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme al presente artículo;

Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 0030-2018-INIA de fecha 21 de febrero de 2018, se autorizó una Transferencia Financiera a favor de otras entidades públicas para cofinanciar la ejecución de treinta y cinco (35) sub-proyectos de Investigación Estratégica por el importe de nueve millones doscientos setenta mil seiscientos cincuenta y cinco y 71/100 soles (S/ 9 270
655,71) y la ejecución de doce (12) sub-proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria por el importe de un millón doscientos ochenta y dos mil novecientos y 23/100 soles (S/ 1
282 900,23) en el ejercicio fiscal 2018, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE, suscrito con el Banco Mundial en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito - ROOC;

Que, mediante Oficio Nº 578-2018-MINAGRI-INIA-PNIA-DE de fecha 27 de setiembre de 2018, la Directora Ejecutiva del PNIA solicitó la modificación de los Anexos Nos. 01 y 02 de la de la Resolución Jefatural Nº 0030-2018-INIA, a efectos de realizar una reasignación de los montos autorizados para treinta y cinco (35) sub-proyectos de Investigación Estratégica y de los (12) sub-proyectos de Capacitación por Competencia en Extensión e Innovación Agraria;

Que, por Informe Nº 0053-2018-MINAGRI-INIA-PNIA-DO/UPPS de fecha 27 de setiembre de 2018, el Jefe (e) de la Unidad de Planificación, Presupuesto y Sistemas del PNIA, manifiesta que el Jefe de la Unidad de Promoción del Mercado de Servicios de Innovación del PNIA presenta su reprogramación de las transferencias financieras para cada uno de los treinta y cinco (35) sub-proyectos de Investigación Estratégica por un importe total de ocho millones quinientos noventa y un mil setecientos veintiún y 83/100 soles (S/ 8 591 721,83) y de los (12) sub-proyectos de Capacitación por Competencia en Extensión e Innovación Agraria, por el importe de un millón doscientos setenta y dos y 19/100 soles (S/ 1 000 272,19);

Que, asimismo, señala que diez (10) sub-proyectos requerirán mayores recursos para asegurar su continuidad, veintitrés (23) sub-proyectos requerirán menores recursos y catorce (14) sub-proyectos no presentan modificación; teniendo en consideración que los factores que explican la necesidad de reducir la asignación financiera, se deben a que : i) las Entidades Ejecutoras por restricciones administrativas internas han reprogramado el desarrollo de sus actividades indicando que no solicitarán desembolsos del siguiente paso crítico; ii) las Entidades Ejecutoras solicitarán menores desembolsos a lo programado debido a restricciones administrativas de sus procesos de adquisiciones; ii) las Entidades Ejecutoras se encuentran retrasadas en la ejecución de su ITF y solo solicitarán un monto reprogramado; iii) las Entidades

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 0142-2018-INIA Modifican el artículo 1 y los Anexos Nos. 01 y 02 de la Nº 0030-2018-INIA que autorizó transferencia financiera INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 0142-2018-INIA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-10-04
  • Fecha de aplicacion : 2018-10-05

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