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Reglamento Nacional Edificaciones – Rne RM 341-2018-VIVIENDA Vivienda Construccion y Saneamiento
10/07/2018
Reglamento Nacional Edificaciones – Rne RM 341-2018-VIVIENDA Vivienda Construccion y Saneamiento
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Modifican el Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE RM 341-2018-VIVIENDA Lima, 5 de octubre del 2018 VISTOS: El Memorándum Nº 764-2018-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 1279-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción; el Informe Nº 001-2018-CPARNE de la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento
Modifican el Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE
RM 341-2018-VIVIENDA
Lima, 5 de octubre del 2018
VISTOS: El Memorándum Nº 764-2018-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 1279-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción; el Informe Nº 001-2018-CPARNE de la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edificaciones;
el Informe Nº 788-2018-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; así como tiene competencia exclusiva para dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;
Que, el literal d) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, tiene entre sus funciones proponer actualizaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones, en coordinación con los sectores que se vinculen, en el marco de los Comités Técnicos de Normalización, según la normatividad vigente;
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Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, se aprueba el Índice del Reglamento Nacional de Edificaciones, aplicable a las habilitaciones urbanas y a las edificaciones, como instrumento técnico normativo que rige a nivel nacional, el cual contempla sesenta y nueve (69) Normas Técnicas. Asimismo, conforme a lo establecido en los artículos 1 y 3 de la citada norma, corresponde al MVCS aprobar las normas técnicas y sus variaciones a través de una Resolución Ministerial;
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Que, mediante el Informe Nº 001-2018-CPARNE, el Presidente de la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edificaciones, remite la propuesta de modificación de la Norma Técnica EM.
040 "Instalaciones de Gas" y de la Norma Técnica G.030
"Derechos y Responsabilidades" del RNE, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2009-VIVIENDA; la misma que ha sido materia de evaluación y aprobación por la mencionada Comisión conforme al Acta de aprobación de la Sexagésima Quinta Sesión del 22 de febrero de 2018;
Que, conforme al Memorándum Nº 764-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, sustentado en el Informe Nº 1279-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del MVCS, sustenta el proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Norma Técnica EM. 040 "Instalaciones de Gas", incorporando definiciones, ampliando los lineamientos generales de instalaciones para gas licuado de petróleo, al precisar condiciones básicas de seguridad, funcionalidad y mantenimiento de los equipos y artefactos, así como ampliando los criterios generales respecto a la ventilación y aire para combustión en ambientes interiores donde se instalan artefactos a gas para uso residencial y comercial, incluyendo esquemas y gráficos para un mejor entendimiento al momento de diseñar el anteproyecto de edificación; así como la modificación del artículo 11 de la Norma Técnica G.030 "Derechos y Responsabilidades", disponiendo la responsabilidad del especialista correspondiente en el proyecto de instalación de gas;
Que, resulta necesario aprobar la modificación de las Normas Técnicas, a que se refiere el considerado que antecede, conforme a lo opinado por la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edificaciones y la Dirección de Construcción de la Dirección General de Política y Regulación en Construcción y Saneamiento;
De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, que aprueba el Índice del Reglamento Nacional de Edificaciones; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA.
SE RESUELVE:
Articulo 1.- Modificación de la Norma Técnica EM.
040 Instalaciones de Gas del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE.
Modifícase la Norma Técnica EM. 040 "Instalaciones de Gas", del Numeral III.4 Instalaciones Eléctricas y Mecánicas, del Título III Edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2009-VIVIENDA que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Articulo 2.- Modificación del artículo 11 de la Norma Técnica G. 030 "Derechos y Responsabilidades" del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE.
Modificase el artículo 11 de la Norma Técnica G. 030
"Derechos y Responsabilidades" del Título I Generalidades del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2009-VIVIENDA, en los siguientes términos:
"Articulo 11.- Los Profesionales Responsables del Proyecto son aquellos que están legalmente autorizados a ejercer su Profesión e inscritos en el correspondiente Colegio Profesional. Para ello incluyen en el expediente técnico el documento con el que acreditan que se encuentran habilitados para ejercer la Profesión, el cual debe haber sido emitido por el Colegio Profesional al que pertenecen. Según su especialidad son: el Arquitecto, para el Proyecto de Arquitectura; el Ingeniero Civil, para el Proyecto de Estructuras; el Ingeniero Sanitario, para el Proyecto de Instalaciones Sanitarias; el Ingeniero Electricista o electromecánico para el Proyecto de Instalaciones Eléctricas y Electromecánicas.
Para el Proyecto de Instalaciones de Gas Natural o Gas Licuado de Petróleo, el Profesional responsable puede ser un Ingeniero Mecánico, Ingeniero Industrial, Ingeniero Civil, Ingeniero Mecánico - Eléctrico, Ingeniero Mecánico de Fluidos, Ingeniero Petrolero o Ingeniero Petroquímico, que además, cumple con la normativa vigente de la autoridad competente en Gas Natural o en Gas Licuado de Petróleo, según sea el caso.
En caso se requieran proyectos especializados como seguridad integral, redes de información y otros, se requerirá la participación del profesional especialista."
Artículo 3.- Publicación y difusión.
Encárguese a la Oficina General de Estadística e Informática la publicación de la presente Resolución y su Anexo que contiene la Norma Técnica EM. 040
actualizada, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER PIQUÉ DEL POZO
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 341-2018-VIVIENDA Modifican el Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 341-2018-VIVIENDA
- Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-10-07
- Fecha de aplicacion : 2018-10-08
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