10/17/2018

Transferencia Financiera Favor Unidades RJ 207-2018/SIS Seguro Integral de Salud

Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Autorizan Transferencia Financiera a favor de las Unidades Ejecutoras del pliego MINSA y los Gobiernos Regionales de Arequipa, Callao, Cusco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Metropolitana y Piura para el financiamiento de prestaciones de salud RJ 207-2018/SIS Lima, 16 de octubre de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 736-2018-SIS-FISSAL/J, el Informe Nº 096-2018-SIS-FISSAL/OAJ, el Memorando Nº 168-2018-SIS-FISSAL-DIF,
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud
Autorizan Transferencia Financiera a favor de las Unidades Ejecutoras del pliego MINSA y los Gobiernos Regionales de Arequipa, Callao, Cusco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Metropolitana y Piura para el financiamiento de prestaciones de salud
RJ 207-2018/SIS
Lima, 16 de octubre de 2018
VISTOS: El Oficio Nº 736-2018-SIS-FISSAL/J, el Informe Nº 096-2018-SIS-FISSAL/OAJ, el Memorando Nº 168-2018-SIS-FISSAL-DIF, el Informe Nº 045-2018-SIS-FISSAL/OPP, emitidos por el Fondo Intangible Solidario de Salud; así como la Nota Informativa Nº 041-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 451-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído Nº 751-2018-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; y,

CONSIDERANDO:



Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece los principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;

Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias financieras para el financiamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados; asimismo, en el numeral 15.2 del artículo 15 de la citada Ley, se señala que las referidas transferencias deberán aprobarse mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose de informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que dicha resolución debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano;


Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud establece que la transferencia de fondos o pago que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años;


Que, el artículo 31 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, establece que las enfermedades de alto costo de atención que no están incluidas en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud - PEAS, pueden ser financiadas para la población bajo el régimen subsidiado y semicontributivo con el Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL y que el listado de las enfermedades que serán aseguradas, deberán ser definidas previamente por el Ministerio de Salud;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 325-2012/ MINSA, Resolución Ministerial Nº 151-2014-MINSA
y Resolución Jefatural Nº 093-2015/SIS se aprobó el Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atención, el Listado de Enfermedades Raras o Huérfanas y el Listado de Procedimientos de Alto Costo, respectivamente;

Que, según Informe Nº 014-2018-SIS-FISSAL-DIF/ AALL-CRRM de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo, el FISSAL suscribió convenios de cooperación interinstitucional para la cobertura financiera de prestaciones de alto costo con Unidades Ejecutoras a nivel nacional;

Que, mediante Memorando Nº 168-2018-SIS-FISSAL-DIF, la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo del FISSAL precisa que ha programado una transferencia de recursos financieros a las Unidades Ejecutoras del Pliego MINSA y los Gobiernos Regionales (Arequipa, Callao, Cusco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Metropolitana y Piura) conforme lo indica el Anexo Nº 01 del mencionado memorando, por el monto ascendente a S/ 3 191,891.00 (Tres millones ciento noventa y un mil ochocientos noventa y uno y 00/100 soles) la misma que cuenta con disponibilidad presupuestal de acuerdo a lo señalado en el Memorando Nº 416-2018-SIS-FISSAL/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL en base a la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 318-2018 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios;

Que, mediante Informe Nº 045-2018-SIS-FISSAL/OPP , la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL
emite opinión técnica favorable sobre la transferencia financiera programada en el calendario octubre 2018, en el marco de los convenios suscritos entre el FISSAL y las IPRESS Públicas;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS mediante Nota Informativa Nº 041-2018-SIS/OGPPDO emite opinión favorable para la transferencia financiera por la suma de S/ 3 191,891.00 (Tres millones ciento noventa y un mil ochocientos noventa y uno y 00/100 soles) a favor de las Unidades Ejecutoras del Pliego MINSA y Gobiernos Regionales correspondiente al calendario octubre 2018, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 01 del Memorando Nº 168-2018-SIS-FISSAL-DIF del FISSAL;

Que, mediante Informe Nº 451-2018-SIS/OGAJ-DE
con Proveído Nº 751-2018-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, señala que se cumple con la formalidad normativa para la emisión de la Resolución Jefatural de Transferencias Financieras a favor de las Unidades Ejecutoras del Pliego MINSA y Gobiernos Regionales (Arequipa, Callao, Cusco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Metropolitana y Piura) conforme a lo informado por el FISSAL mediante el Memorando Nº 168-2018-SIS-FISSAL-DIF, para el financiamiento de las prestaciones de salud que se encuentran bajo la cobertura de dicho órgano desconcentrado;

Con el visto del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud -FISSAL, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General del SIS;

De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002-1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL hasta por la suma de TRES MILLONES
CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA
Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 3 191,891.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las Unidades Ejecutoras del Pliego MINSA y Gobiernos Regionales (Arequipa, Callao, Cusco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Metropolitana y Piura) descritas en el Anexo Nº 01 que forma parte de la presente resolución, correspondiente al calendario octubre 2018.

Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera aprobados por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos conforme a
lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE
Jefa del Seguro Integral de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 207-2018/SIS Autorizan Transferencia Financiera a favor de las Unidades Ejecutoras del pliego MINSA y los Gobiernos Regionales de Arequipa, Callao, Cusco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Metropolitana y Piura para el financiamiento de prestaciones de salud
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 207-2018/SIS
  • Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2018-10-17
  • Fecha de aplicacion : 2018-10-18

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