11/19/2018

Consorcio Transmantaro Sa Como Empresa Calificada RM 464-2018-MEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban a Consorcio Transmantaro S.A. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto "Enlace 500 kv Mantaro - Nueva Yanango - Carapongo y Subestaciones Asociadas" RM 464-2018-MEM/DM Lima, 16 de noviembre de 2018 VISTOS: El Contrato de Inversión correspondiente al proyecto "Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango - Carapongo y Subestaciones Asociadas" celebrado entre
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Aprueban a Consorcio Transmantaro S.A. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto "Enlace 500 kv Mantaro - Nueva Yanango - Carapongo y Subestaciones Asociadas"
RM 464-2018-MEM/DM
Lima, 16 de noviembre de 2018
VISTOS: El Contrato de Inversión correspondiente al proyecto "Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango - Carapongo y Subestaciones Asociadas" celebrado entre CONSORCIO TRANSMANTARO S.A. con el Estado, y los Informes Nº 106-2018-MEM/DGE-DCE y Nº 1115-2018-MEM/OGJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:



Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, las personas naturales o jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genera renta de tercera categoría pueden acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV (en adelante, Régimen Especial);

Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, concordante con los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, establece que mediante Resolución Ministerial se precisa, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen Especial;


Que, con fecha 31 de enero de 2018, CONSORCIO
TRANSMANTARO S.A. solicita ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la suscripción de un Contrato de Inversión con la finalidad de acogerse al beneficio previsto en el Decreto Legislativo
Nº 973;

Que, con fecha 05 de octubre de CONSORCIO
TRANSMANTARO S.A. celebra, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango - Carapongo y Subestaciones Asociadas" para efecto de acogerse al Régimen Especial;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973 el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 1923-2018-EF/13.01, ingresado al Ministerio de Energía y Minas bajo el Registro Nº 2822171, remite el Informe Nº 181-2018-6 NORMAS LEGALES

Lunes 19 de noviembre de / El Peruano EF/61.01 en el cual opina que procede la aprobación de la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción presentada por CONSORCIO TRANSMANTARO S.A.
para el acogimiento al Régimen Especial, y adjuntan los Anexos que contienen los detalles de los bienes, servicios y contratos de construcción;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, a efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, a CONSORCIO TRANSMANTARO S.A. para el desarrollo del proyecto denominado "Enlace 500 kV
Mantaro - Nueva Yanango - Carapongo y Subestaciones Asociadas", de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado Peruano el 05 de octubre de 2018.

Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efecto del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversión a cargo de CONSORCIO
TRANSMANTARO S.A. asciende a la suma de US$ 197
562 203,00 (Ciento Noventa y Siete Millones Quinientos Sesenta y Dos Mil Doscientos Tres y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a ser ejecutado en un plazo total de tres (03) años, nueve (09) meses y veintiocho (28)
días, contado a partir del 31 de enero de 2018.

Artículo 3.- Objetivo principal del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en sus Cláusulas Primera y Segunda y el inicio de las operaciones productivas está constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto Legislativo.

Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señala en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución, y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto a que se refiere el Contrato de Inversión. Para determinar el beneficio antes indicado se consideran las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 31 de enero de y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el artículo anterior.

4.2 La Lista de bienes, servicios y contratos de construcción se incluye como Anexo al Contrato de Inversión y puede ser modificada a solicitud de CONSORCIO TRANSMANTARO S.A. de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
ANEXO I
Nº CUODE
Subpartida Arancelaria Descripción 533 PRODUCTOS MINEROS ELABORADOS
1 533 7312.10.90.00 - - Los demás 2 533 7326.90.90.00 - - Las demás 3 533 7413.00.00.00 Cables, trenzas y artículos similares, de cobre, sin aislar para electricidad.

4 533 7614.90.00.00 - Los demás 5 533 8532.29.00.00 - - Los demás 6 533 8544.42.10.00 - - - De telecomunicación 7 533 8544.49.10.90 - - - - Los demás 8 533 8544.60.90.00 - - Los demás 9 533 8544.70.00.00 - Cables de fibras ópticas 10 533 8546.10.00.00 - De vidrio 11 533 8546.20.00.00 - De cerámica 12 533 8546.90.10.00 - - De silicona 13 533 8546.90.90.00 - - Los demás 613 MATERIALES DE CONSTRUCCION ELABORADOS
14 613 7308.20.00.00 - Torres y castilletes 15 613 7308.90.90.00 - - Los demás 810 MÁQUINAS Y APARATOS DE OFICINA, SERVICIO Y
CIENTÍFICOS
16 810 9030.39.00.00 - - Los demás, con dispositivo registrador 17 810 9030.40.00.00- Los demás instrumentos y aparatos, especialmente concebidos para técnicas de telecomunicación (por ejemplo: hipsómetros, kerdómetros, distorsiómetros, sofómetros).

840 MAQUINARIA INDUSTRIAL
18 840 8502.13.90.00 - - - Los demás 19 840 8504.23.00.00 - - De potencia superior a 10.000 kVA
20 840 8504.34.30.00 - - - De potencia superior a 10.000 kVA
21 840 8504.50.90.00 - - Las demás 850 OTRO EQUIPO FIJO
22 850 8517.62.20.00 - - - Aparatos de telecomunicación por corriente portadora o telecomunicación digital 23 850 8535.30.00.00 - Seccionadores e interruptores 24 850 8535.40.10.00 - - Pararrayos y limitadores de tensión 25 850 8535.90.90.00 - - Los demás 26 850 8537.20.00.00 - Para una tensión superior a 1.000 V
ANEXO II
I. SERVICIOS
1 Servicio de gerenciamiento y ejecución de obra 2 Servicio de estudios ambientales 3 Servicio de estudios arqueológicos 4 Servicios de ingeniería de líneas y subestaciones 5 Servicio de montaje de equipos principales y secundarios 6 Servicio de operador logístico 7 Servicio de control de obra para líneas y subestaciones nuevas 8 Servicio de seguros 9 Servicio de inspección y supervisión de obra 10 Servicio de administración y coordinaciones técnicas 11 Servicio de conexiones a subestaciones de terceros
II. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION VINCULADAS A:

1
Contrato de ejecución de obra para la construcción de "Enlace 500 kV
Mantaro - Nueva Yanango - Carapongo y Subestaciones asociadas".

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 464-2018-MEM/DM Aprueban a Consorcio Transmantaro S.A. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto "Enlace 500 kv Mantaro - Nueva Yanango - Carapongo y Subestaciones Asociadas"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 464-2018-MEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-19
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-20

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