11/29/2018

Rectifican Errores Materiales Bases RDE 465-2018-MIDIS/PNAEQW Desarrollo e Inclusion Social

Poder Ejecutivo, Desarrollo e Inclusion Social Rectifican errores materiales en las Bases Estandarizadas del Proceso de Compra de Raciones y Productos, Anexos y Formatos para la Prestación del Servicio Alimentario 2019 del Programa Qali Warma RDE 465-2018-MIDIS/PNAEQW Lima, 28 de noviembre de 2018 VISTOS: La Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 454-2018-MIDIS/PNAEQW emitida por la Dirección Ejecutiva, el Informe Nº 305-2018-MIDIS/PNAEQW-UGCTR de la Unidad
Poder Ejecutivo, Desarrollo e Inclusion Social
Rectifican errores materiales en las Bases Estandarizadas del Proceso de Compra de Raciones y Productos, Anexos y Formatos para la Prestación del Servicio Alimentario 2019 del Programa Qali Warma
RDE 465-2018-MIDIS/PNAEQW
Lima, 28 de noviembre de 2018
VISTOS:

La Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 454-2018-MIDIS/PNAEQW emitida por la Dirección Ejecutiva, el Informe Nº 305-2018-MIDIS/PNAEQW-UGCTR de la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos y, el Informe Nº 1005-2018-MIDIS/PNAEQW-UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 210.1 del artículo 210 del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece: "Los errores materiales o aritméticos en los casos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión"; asimismo, el numeral 210.2 del artículo 210 establece: "La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original";

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 454-2018-MIDIS/PNAEQW, se aprueban las Bases Estandarizadas del Proceso de Compra de Raciones y Productos, Anexos y Formatos para la Prestación del Servicio Alimentario 2019, del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante las Bases Estandarizadas);


Que, mediante Informe Nº 305-2018-MIDIS/PNAEQW-UGCTR, la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos da cuenta de errores materiales contenidos en las Bases Estandarizadas, solicitando su rectificación mediante la emisión de una nueva Resolución de Dirección Ejecutiva; del mismo modo, recomienda que la rectificación solicitada tenga eficacia anticipada al 28 de noviembre de 2018;

Que, de otro lado, el numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que: "La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión (...)";


Que, la Unidad de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la rectificación por error material de los errores incurridos en las Bases Estandarizadas; recomendando que se realice la respectiva rectificación y que conforme a lo solicitado por la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos, se disponga la eficacia anticipada de dicha rectificación con fecha 27 de noviembre de 2018;

Que, asimismo las Bases Estandarizadas deben ser nuevamente publicadas en su totalidad en la página web del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, en cumplimiento a los numerales 210.1 y 210.2 del artículo 210 del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444
- Ley del Procedimiento Administrativo General;

Con el visado de la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos y, de la Unidad de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, Decreto Supremo Nº
006-2014-MIDIS, Decreto Supremo Nº 004-2015-MIDIS, Decreto Supremo Nº 012-2017-MIDIS, Decreto Supremo Nº 005-2018-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial Nº 232-2018-MIDIS;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Rectificación de errores materiales en las Bases Estandarizadas del Proceso de Compra de Raciones y Productos, Anexos y Formatos para la Prestación del Servicio Alimentario 2019, del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma Rectificar los errores materiales en las Bases Estandarizadas del Proceso de Compra de Raciones y Productos, Anexos y Formatos para la Prestación del Servicio Alimentario 2019, del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, conforme al siguiente detalle:

Bases Estandarizadas de Raciones:

DICE (página 7):
"1.6 Valor Referencial: (...)
1.6.3 La propuesta económica debe superar el valor referencial de cada nivel educativo (...)."
DEBE DECIR:

1.6 Valor Referencial: (...)
"1.6.3 La propuesta económica no debe superar el valor referencial de cada nivel educativo (...)."
DICE (página 16):
"Garantía de Seriedad de Oferta equivalente al 1% del valor referencial por cada ítem (...)."
DEBE DECIR:
"2.2.3.3 Garantía de Seriedad de Oferta equivalente al 1% del valor referencial por cada ítem (...)."
DICE (página 19):
"2.2.4 Evaluación y Selección de Propuestas Técnicas y Económicas (...)
El COMITÉ DE COMPRA mediante la comprobación de la información contenida en el váucher original o Carta Fianza debe verificar que la Garantía De Seriedad De Oferta Equivalente al 1% del Valor Referencial por cada ítem al que se presente el POSTOR, cumpla lo establecido en el numeral 2.2.3 de las Bases. También debe verificar que la Carta Fianza no debe tener borrones, tachaduras, enmendaduras y/o impresión ilegible. En caso la información no sea correcta o la propuesta técnica no incluya la Garantía de Seriedad de Oferta, el POSTOR debe ser descalificado.

La descalificación por este motivo es por ítem."
DEBE DECIR:
"2.2.4 Evaluación y Selección de Propuestas Técnicas y Económicas (...)
El COMITÉ DE COMPRA mediante la comprobación de la información contenida en el váucher original o Carta Fianza debe verificar que la Garantía De Seriedad De Oferta Equivalente al 1% del Valor Referencial por cada ítem al que se presente el POSTOR, cumpla lo establecido en el numeral 2.2.3 de las Bases. También debe verificar que la Carta Fianza no debe tener borrones, tachaduras, enmendaduras y/o impresión ilegible. En caso la información no sea correcta o la propuesta técnica no incluya la Garantía de Seriedad de Oferta, el POSTOR
debe ser descalificado."
BASES ESTANDARIZADAS DE PRODUCTOS:

DICE (página 27):

2.2.4.2 Evaluación, calificación y selección de las Propuestas Técnicas (...)
d) Promesa de entrega de alimentos fortificados por cada entrega de acuerdo con el requerimiento de productos (Anexo Nº 04) para todas las Instituciones Educativas; (Formato Nº 17):

Factor Criterio Puntaje 1 Postor que se comprometa a entregar arroz fortificado de acuerdo a las Especificaciones Técnicas de Alimentos aprobadas por el PNAEQW, para todas las entregas de acuerdo al requerimiento de Productos (Anexo Nº 04), en todas las Instituciones Educativas.

8
2 Postor que se comprometa a entregar dos (2) alimentos fortificados adicionales (utilizando harinas extruidas o la combinación de harinas a excepción de la harina de trigo) de acuerdo a las Especificaciones Técnicas de Alimentos aprobadas por el PNAEQW, para todas las entregas programadas de acuerdo al requerimiento de Productos (Anexo Nº 04), en todas las Instituciones Educativas. (*)
2
DEBE DECIR:

2.2.4.2 Evaluación, calificación y selección de las Propuestas Técnicas (...)
d) Promesa de entrega de alimentos fortificados por cada entrega de acuerdo con el requerimiento de productos (Anexo Nº 04) para todas las Instituciones Educativas; (Formato Nº 17):

Factor Criterio Puntaje 1 Postor que se comprometa a entregar arroz fortificado de acuerdo a las Especificaciones Técnicas de Alimentos aprobadas por el PNAEQW, para todas las entregas de acuerdo al requerimiento de Productos (Anexo Nº 04), en todas las Instituciones Educativas.

8
2 Postor que se comprometa a entregar dos (2) alimentos fortificados adicionales (utilizando harinas extruidas o la combinación de harinas a excepción de la harina de trigo) de acuerdo a las Especificaciones Técnicas de Alimentos aprobadas por el PNAEQW, para todas las entregas programadas de acuerdo al requerimiento de Productos (Anexo Nº 04), en todas las Instituciones Educativas. (*)
5
Artículo 2.- Comunicación a las Unidades del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, hacer de conocimiento la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo, y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos.

Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución entra en vigencia a partir de la fecha de publicación de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 454-2018-MIDIS/PNAEQW.

Artículo 4.- Publicación en el diario oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo, se dispone publicar la presente Resolución de Dirección Ejecutiva, las Bases Estandarizadas del Proceso de Compra de Raciones y Productos, sus Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2019, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SANDRA NORMA CÁRDENAS RODRÍGUEZ
Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RDE 465-2018-MIDIS/PNAEQW Rectifican errores materiales en las Bases Estandarizadas del Proceso de Compra de Raciones y Productos, Anexos y Formatos para la Prestación del Servicio Alimentario 2019 del Programa Qali Warma
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : 465-2018-MIDIS/PNAEQW
  • Emitida por : Desarrollo e Inclusion Social - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-29
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-30

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