11/26/2018
Reorganización Dirección General Patrimonio RM 490-2018-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Declaran en reorganización a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y crean comisión reorganizadora RM 490-2018-MC Lima, 25 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización
Declaran en reorganización a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y crean comisión reorganizadora
RM 490-2018-MC
Lima, 25 de noviembre de 2018
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público;
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, modificada con el Decreto Legislativo Nº 1446, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establecen los principios y las normas básicas de organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo como parte del Gobierno Nacional;
Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, resalta la necesidad de aumentar la integridad pública garantizando un servicio civil moderno e íntegro, sistemas de adquisiciones y contrataciones blindadas contra la corrupción y un control efectivo y disuasivo;
TAMBIEN PUEDES VER: Resolución Declaró Improcedente Solicitud RE 1904-2018-JNE JNE
Que, a través del Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, se establecen medidas en materia de integridad pública con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades señaladas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno;
Que, de acuerdo con el literal f) del artículo 2 del precitado Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, uno de los principios que rigen la actuación de los servidores públicos y de las entidades señaladas en el artículo 1 en materia de integridad pública para prevenir y luchar contra la corrupción, es la Prevención; entendido como las de adoptar medidas preventivas para detectar y gestionar los riesgos de corrupción, evitar los confl ictos de interés, y asegurar la calidad de la actuación de la administración pública y la prestación de los servicios fundamentales;
MAS NORMAS LEGALES: Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 268-2018-EF Economia y Finanzas
Que, de conformidad con el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble es la unidad orgánica que tiene a su cargo la ejecución de los aspectos técnicos y normativos de la gestión, conservación y protección del Patrimonio Arqueológico en el país y de la formulación y propuesta de políticas, planes, programas, proyectos, estrategias y normas, así como la ejecución y promoción de acciones de registro, investigación, conservación, presentación, puesta en valor y uso social, así como difusión del patrimonio arqueológico inmueble; precisando en su artículo 60, que para el cumplimiento de sus funciones, la misma cuenta con las Direcciones de Gestión de Monumentos, de Catastro y Saneamiento Físico Legal, de Calificación de Intervenciones Arqueológicas, y de Certificaciones;
Que, se han identificado serios problemas e irregularidades en la gestión de los procesos de contratación pública a cargo de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble dependiente del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, en el marco de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; por lo que, se considera necesario evaluar y adoptar medidas correctivas urgentes a fin de garantizar la adecuada gestión funcional y administrativa de la citada Dirección General;
De conformidad con la Ley Nº 2915, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reorganización de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble Declárese en reorganización la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, incluyendo a sus unidades orgánicas dependientes, por el plazo de cuarenta y cinco (45)
días calendario contados a partir de la publicación de la presente resolución; con el objeto de evaluar y adoptar medidas correctivas urgentes a fin de asegurar la adecuada gestión funcional y administrativa de la citada Dirección General, así como, asegurar la transparencia de los procesos y procedimientos de contratación, bajo cualquier modalidad, a su cargo.
Artículo 2.- Comisión Reorganizadora Créase la Comisión Reorganizadora, la misma que está conformada por los siguientes integrantes:
- Un representante del Despacho Ministerial, quien lo presidirá.
- El/la Director/a General de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, quien actuará en calidad de Secretaría Técnica.
- El/la Director/a General de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
- El/la Director/a General de la Oficina General de Recursos Humanos.
- Un/a veedor/a acreditado/a por el Órgano de Control Institucional.
Los miembros de la Comisión Reorganizadora ejercen el cargo ad honorem.
Artículo 3.- Funciones de la Comisión Reorganizadora Constituyen funciones de la Comisión Reorganizadora, las siguientes:
a) Evaluar las contrataciones, bajo cualquier modalidad, a cargo de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, con énfasis en la adecuada gestión de los recursos públicos utilizados.
b) Identificar la problemática o distorsiones presentadas en las contrataciones efectuadas por la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, así como, encausar las acciones para el deslinde de responsabilidades ante los órganos competentes.
c) Adoptar e impulsar, respectivamente, de manera inmediata las acciones administrativas y legales que resulten necesarias a fin de implementar las medidas correctivas correspondientes.
d) Presentar al Despacho Ministerial, un Informe Final con las conclusiones de la evaluación realizada, así como, recomendando las acciones a adoptar en el mediano y largo plazo para asegurar la transparencia de los procesos y procedimientos de contratación de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble.
e) Otras que sean necesarias para el objeto de esta resolución.
Artículo 4.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala dentro de los dos (02)
días siguientes de publicada la presente resolución.
Artículo 5.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo Para el cumplimiento de sus fines, la Comisión puede invitar a especialistas, representantes de entidades públicas e instituciones privadas, sociedad civil, así como de organismos internacionales.
Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica es la responsable de llevar el registro de los acuerdos de la Comisión Reorganizadora y custodiar sus actas y toda documentación que se genere durante su vigencia.
Artículo 7.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 8.- Publicación La presente resolución se difunde en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob. pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA BALBUENA PALACIOS
Ministra de Cultura
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 490-2018-MC Declaran en reorganización a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y crean comisión reorganizadora
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 490-2018-MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-11-26
- Fecha de aplicacion : 2018-11-27
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