12/08/2018

Directiva 008 2018 midis disposiciones Regulan RM 339-2018-MIDIS Desarrollo e Inclusion Social

Poder Ejecutivo, Desarrollo e Inclusion Social Aprueban la Directiva Nº 008-2018-MIDIS, "Disposiciones que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales" RM 339-2018-MIDIS Lima, 6 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 203-2018-MIDIS/SG/OGRH, emitido por la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 358-2018-MIDIS/SG/OGPPM y el Memorando Nº 1554-2018-MIDIS/SG/OGPPM, emitidos por
Poder Ejecutivo, Desarrollo e Inclusion Social
Aprueban la Directiva Nº 008-2018-MIDIS, "Disposiciones que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales"
RM 339-2018-MIDIS
Lima, 6 de diciembre de 2018
VISTOS:

El Informe Nº 203-2018-MIDIS/SG/OGRH, emitido por la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 358-2018-MIDIS/SG/OGPPM y el Memorando Nº 1554-2018-MIDIS/SG/OGPPM, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
el Informe Nº 404-2018-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Informe Nº 117-2018-MIDIS/VMPS/DGCGPS, emitido por la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; el Informe Nº 147-2018-MIDIS/SG/ OGPPM/OM, emitido por la Oficina de Modernización; el Informe Nº 469-2018-MIDIS/VMPES/DGPE/DDAP , emitido por la Dirección de Diseño y Articulación de Políticas; y, el Informe Nº 011-2018-MIDIS/VMPS/DGCGPS/DIMGPS, emitido por la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, definiéndolo como un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal;


Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal a) del artículo 6 de la citada Ley Nº 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los
riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;


Que, mediante la Ley Nº 28238, Ley General del Voluntariado, se reconocen, facilitan y promueven las acciones de las personas naturales o jurídicas en servicios voluntarios; asimismo, se señalan las condiciones jurídicas bajo las cuales tales actividades se realizan dentro del territorio nacional;

Que, conforme al artículo 2 de la Ley Nº 28238, el voluntariado es la labor o actividad realizada sin fines de lucro, en forma gratuita y sin vínculos ni responsabilidades contractuales; el cual comprende actividades de interés general para la población, como aquellas referidas a actividades asistenciales, sanitarias, de servicios sociales, cívicas, de capacitación, culturales, científicas, deportivas, de cooperación al desarrollo, de defensa del medio ambiente, de saneamiento, vivienda, urbanismo, de defensa de la economía o de la investigación, de desarrollo de la vida asociativa, de promoción del voluntariado entre otras de naturaleza análoga, tendientes al bien común;

Que, conforme a lo señalado en el artículo 3-A de la Ley Nº 28238, el Estado cumple un rol de promoción, reconocimiento y facilitación de la labor voluntaria y de las organizaciones que la desarrollan;

Que, en ese contexto, mediante Informe Nº 469-2018-MIDIS/VMPES/DGPE/DDAP, la Dirección de Diseño y Articulación de Políticas, sobre la base de la propuesta elaborada por la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales a través del Informe Nº 011-2018-MIDIS/VMPS/DGCGPS/ DIMGPS, formula la propuesta de directiva denominada "Disposiciones y Procedimientos que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales";

Que, a su vez, mediante Informes Nº 203-2018-MIDIS/ SG/OGRH y Nº 117-2018-MIDIS/VMPS/DGCGPS, la Oficina General de Recursos Humanos y la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales, respectivamente, consideran viable la propuesta de directiva denominada "Disposiciones y Procedimientos que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales";

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el marco de su competencia y funciones, a través del Informe Nº 358-2018-MIDIS/SG/ OGPPM estimó viable la aprobación de la directiva antes mencionada; precisando y sustentando, con Memorando Nº 1554-2018-MIDIS/SG/OGPPM, la denominación de tal Directiva como "Disposiciones que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales", estableciendo que su objetivo es establecer las disposiciones que regulan la organización y gestión del voluntariado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales adscritos;

Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, es función del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social aprobar las disposiciones normativas y documentos de gestión que le correspondan;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, y modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 008-2018-MIDIS, denominada "Disposiciones que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales", cuyo texto, en anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e inclusión Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la referida Resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución y su anexo a los Programas Sociales adscritos, así como a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 339-2018-MIDIS Aprueban la Directiva Nº 008-2018-MIDIS, "Disposiciones que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 339-2018-MIDIS
  • Emitida por : Desarrollo e Inclusion Social - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-12-08
  • Fecha de aplicacion : 2018-12-09

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