12/08/2018

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 283-2018-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DS 283-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación; Que,
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
DS 283-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 010:

Ministerio de Educación;

Que, el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de
S/ 1 600 000 000,00 (MIL SEISCIENTOS MILLONES Y
00/100 SOLES) para financiar, entre otros, lo dispuesto en el literal a) referido al pago de las asignaciones temporales y demás derechos, beneficios y conceptos remunerativos correspondientes a los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; en el literal d) referido al pago de los derechos y beneficios correspondientes de los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente, al que se refiere la Ley Nº 30328 y la normatividad complementaria; y en el literal e) referido al pago de los derechos y beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley Nº 30493, Ley que regula la política remunerativa del Auxiliar de Educación en las Instituciones Educativas Públicas, en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial;


Que, el párrafo 26.4 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a su presupuesto institucional, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Locales focalizados hasta por la suma de S/ 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar el traslado de los estudiantes a las Institucionales Educativas del nivel Secundario del ámbito rural de la jurisdicción de los Gobiernos Locales focalizados;


Que, el párrafo 26.5 del artículo 26 de la referida Ley, indica que las modificaciones en el marco del referido artículo se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último;

Que, el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, las mismas que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante los Informes Nºs 738 y 846-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP ha verificado que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026:

Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, en los Programas Presupuestales 0090: Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular y 0106:

Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva, y en las categorías presupuestales 9001: Acciones Centrales y 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, se cuenta con recursos disponibles para financiar las asignaciones por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados, la compensación por tiempo de servicios y el subsidio por luto y sepelio de los profesores, auxiliares de educación nombrados y contratados; y la provisión del servicio de traslado de estudiantes a las Instituciones Educativas del nivel Secundario del ámbito rural de la jurisdicción de los Gobiernos Locales focalizados, con Oficios Nºs 05513 y 04897-2018-MINEDU/SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en
el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos, mediante Memorando Nº 895-2018-EF/53.04, ha determinado que el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de S/ 38 355
372,00 (TREINTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y
DOS Y 00/100 SOLES) para financiar las asignaciones por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados; y la compensación por tiempo de servicios y el subsidio por luto y sepelio de los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados;

Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a la Municipalidad Distrital de Pebas y la Municipalidad Distrital de Maquía asciende a la suma de S/ 105 402,00 (CIENTO CINCO MIL CUATROCIENTOS DOS Y 00/100
SOLES), para el financiamiento de la provisión del servicio de traslado de estudiantes a las Instituciones Educativas del nivel Secundario del ámbito rural de la jurisdicción de los Gobiernos Locales focalizados;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, la Municipalidad Distrital de Pebas y la Municipalidad Distrital de Maquía, hasta por la suma de S/ 38 460 774,00 (TREINTA Y OCHO MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS
SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar las asignaciones por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados, la compensación por tiempo de servicios y el subsidio por luto y sepelio de los profesores, auxiliares de educación nombrados y contratados;
y la provisión del servicio de traslado de estudiantes a las Instituciones Educativas del nivel Secundario del ámbito rural de la jurisdicción de los Gobiernos Locales focalizados;

De conformidad con lo establecido en los párrafos 26.1, 26.4 y 26.5 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

DECRETA:



Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 38 460 774,00 (TREINTA Y
OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL
SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, la Municipalidad Distrital de Pebas y la Municipalidad Distrital de Maquía, para financiar las asignaciones por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados, la compensación por tiempo de servicios y el subsidio por luto y sepelio de los profesores, auxiliares de educación nombrados y contratados; y la provisión del servicio de traslado de estudiantes a las Instituciones Educativas del nivel Secundario del ámbito rural de la jurisdicción de los Gobiernos Locales focalizados, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 26 742 372,00
2.2 Pensiones y otras Prestaciones Sociales 11 613 000,00
2.4 Donaciones y transferencias 105 402,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 38 460 774,00
============
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 26 742 372,00
2.2 Pensiones y otras Prestaciones Sociales 11 613 000,00
--------------------Subtotal Gobiernos Regionales 38 355 372,00
============
PLIEGO : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 105 402,00
-------------------Subtotal Gobiernos Locales 105 402,00
------------------- ------------------- TOTAL EGRESOS 38 460 774,00
===========
1.2 El pliego habilitador y los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo 01 "Programas Presupuestales, Categorías Presupuestales, Productos y Actividades que habilitan la transferencia", Anexo 02 "Transferencia para financiar el pago de la Asignación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados", el Anexo 03 "Transferencia para financiar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados", el Anexo 04
"Transferencia para financiar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación contratados"; el Anexo 05 "Transferencia para financiar el pago del Subsidio por Luto y Sepelio de los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados"; y Anexo 06 "Transferencia para financiar la provisión del servicio de traslado de estudiantes a las Instituciones Educativas del nivel Secundario del ámbito rural" que forman parte integrante del Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos, habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 283-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 283-2018-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-12-08
  • Fecha de aplicacion : 2018-12-09

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