Inicio
Últimas normas legales
Pago Concepto Asignación Especial Estadía Puerto RM 1863-2018 DE/MGP Defensa
12/31/2018
Pago Concepto Asignación Especial Estadía Puerto RM 1863-2018 DE/MGP Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Disponen pago por el concepto de asignación especial por estadía en puerto extranjero, a favor del Personal Naval nombrado en comisión de servicio de la dotación del B.A.P. "ANTOFAGASTA" (SS-32) RM 1863-2018 DE/MGP Lima, 20 de diciembre de 2018 Vista, la Carta G.500-3804 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 17 de julio de 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 243-2015-DE/ MGP, de fecha
Disponen pago por el concepto de asignación especial por estadía en puerto extranjero, a favor del Personal Naval nombrado en comisión de servicio de la dotación del B.A.P. "ANTOFAGASTA" (SS-32)
RM 1863-2018 DE/MGP
Lima, 20 de diciembre de 2018
Vista, la Carta G.500-3804 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 17 de julio de 2018;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 243-2015-DE/ MGP, de fecha 19 de junio de 2015, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del B.A.P . "ANTOFAGAST A" (SS-32) y del Personal Naval que conformó su dotación, para que participen en la ejecución del Ejercicio Multinacional SUBDIEX 2015, realizado en el área marítima comprendida entre los puertos de Mayport y Cabo Cañaveral, Estados Unidos de América, con zarpe del puerto del Callao, República del Perú, el 23 de junio de 2015 y escala en los puertos de Balboa y Colón, República de Panamá, puerto de Mayport y Cabo Cañaveral, Estados Unidos de América; así como, el zarpe de retorno del puerto de Mayport, Estados Unidos de América, con escala en los puertos de Colón y Balboa, República de Panamá, arribando al puerto del Callao, República del Perú, el 4 de noviembre de 2015, con permanencia de un total de CUARENTA Y CINCO (45) días en puertos extranjeros; habiéndose considerado el pago por concepto de Asignación Especial por Estadía en Puertos Extranjeros;
TAMBIEN PUEDES VER: Escala Remunerativa Trabajadores Ministerio DS 322-2018-EF Economia y Finanzas
Que, es preciso mencionar que el Oficial de Mar 3º Sen.
Anthony William SIPIRÁN Condori y el Oficial de Mar 3º Ele.
Fernando Roger YARANGA Figueroa, no participaron en el citado ejercicio multinacional por razones de salud, siendo la dotación del B.A.P. "ANTOFAGASTA" (SS-32) conformada por CUARENTA Y OCHO (48) tripulantes, constituidos por NUEVE (9) Oficiales y TREINT A Y NUEVE (39) Supervisores, Técnicos y Oficiales de Mar, respectivamente;
Que, con Oficio Nº 3210 Ser N5/0760, de fecha 22 de noviembre de 2016, el Comandante de la Fuerza de Submarinos del Atlántico de la Marina de los Estados Unidos de América hizo de conocimiento al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, la corrección al cronograma del despliegue operacional del Ejercicio Multinacional SUBDIEX 2015, en donde debido a cambios imprevistos en la programación de la fl ota, el B.A.P . "ANTOFAGASTA" (SS-32), permaneció desplegado en las costas del Atlántico de los Estados Unidos de América durante TRES (3) días más de lo previsto en puerto extranjero, que incluyeron los días 15, 24 y 30 de setiembre de 2015;
MAS NORMAS LEGALES: Ley 30898 Prorroga Vigencia Exoneraciones Artículo 19 Texto Congreso
Que, como consecuencia de esta situación, el B.A.P. "ANTOFAGASTA" (SS-32) y el Personal Naval que conformó su dotación, permaneció en el puerto de Mayport, Estados Unidos de América en adición a los días establecidos en el cronograma inicial de actividades, los días 15, 24 y 30 de setiembre de 2015, cumpliendo actividades operacionales durante la ejecución del referido Ejercicio Multinacional;
Que, resulta necesario disponer el pago por TRES (3)
días adicionales por el concepto de Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero, a favor del Personal Naval nombrado en Comisión de Servicio, de la dotación del B.A.P .
"ANTOFAGASTA" (SS-32), que participó en la ejecución del Ejercicio Multinacional SUBDIEX 2015, al haber permanecido los días 15, 24 y 30 de setiembre de 2015, en el puerto de Mayport, Estados Unidos de América;
Que, si bien la autorización de viaje se realizó mediante Resolución Suprema, el segundo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que durante el año 2018, la autorización para viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, el artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dispone que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, de acuerdo con el documento Nº 123-2018 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, el pago por el concepto de Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa;
el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer el pago por TRES (3) días adicionales por el concepto de Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero, a favor del Personal Naval nombrado en Comisión de Servicio de la dotación del B.A.P. "ANTOFAGASTA" (SS-32), que se detalla en la relación del Anexo y que forma parte integrante de la presente Resolución, que participó en la ejecución del Ejercicio Multinacional SUBDIEX 2015, al haber permanecido los días 15, 24 y 30 de setiembre de 2015, en el puerto de Mayport, Estados Unidos de América, en los términos siguientes:
Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (3 días):
US$. 89.83 x 3 días x 2 Oficiales Superiores-
Mayport (EE.UU.) US$. 538.98
US$. 74.86 x 3 días x 7 Oficiales Subalternos-
Mayport (EE.UU.) US$. 1,572.06
US$. 71.28 x 3 días x 39 Técnicos y Oficiales de Mar-Mayport (EE.UU.) US$. 8,339.76
---------------------TOTAL A PAGAR: US$. 10,450.80
Artículo 2.- Disponer que el Ministerio de Defensa-
Marina de Guerra del Perú, efectúe los pagos de los conceptos señalados en el artículo 1, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ HUERTA TORRES
Ministro de Defensa
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 1863-2018 DE/MGP Disponen pago por el concepto de asignación especial por estadía en puerto extranjero, a favor del Personal Naval nombrado en comisión de servicio de la dotación del B.A.P. "ANTOFAGASTA" (SS-32)
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 1863-2018 DE/MGP
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-12-31
- Fecha de aplicacion : 2019-01-01
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)