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Reconocimiento Reintegro Pago Personal Naval RM 1843-2018 DE/MGP Defensa
12/20/2018
Reconocimiento Reintegro Pago Personal Naval RM 1843-2018 DE/MGP Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Autorizan reconocimiento de reintegro de pago al personal naval que participó en la travesía de retorno de Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" a territorio peruano RM 1843-2018 DE/MGP Lima, 17 de diciembre de 2018 Vista, la Carta G.500-3114 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 12 de junio de 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 265-2015-DE/MGP, de fecha 30 de marzo de 2015,
Autorizan reconocimiento de reintegro de pago al personal naval que participó en la travesía de retorno de Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" a territorio peruano
RM 1843-2018 DE/MGP
Lima, 17 de diciembre de 2018
Vista, la Carta G.500-3114 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 12 de junio de 2018;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 265-2015-DE/MGP, de fecha 30 de marzo de 2015, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval (primer grupo), para que participen en la Comisión de Supervisión para verificar directamente desde el inicio del proceso de construcción en el astillero, el desarrollo del diseño, construcción, instalación, integración y operatividad de los equipos y sistemas abordo, la ejecución económica; así como, las Pruebas en Fábrica y Pruebas en la Mar a la que será sometido el Buque Oceanográfico, a realizarse en la ciudad de Vigo, Reino de España, del 1 de abril de 2015 al 31 de julio de 2016; la misma que fue ampliada con Resolución Ministerial Nº 761-2016-DE/MGP, de fecha 25 de julio de 2016 y Resolución Ministerial Nº 1494-2016-DE/MGP, de fecha 16 de diciembre de 2016, hasta el 13 de febrero de 2017;
habiéndose considerado que los gastos de transporte, hospedaje y alimentación, serían sufragados por la empresa Construcciones Navales P. Freire S.A.;
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Que, por otro lado mediante Resolución Suprema Nº 395-2016-DE/MGP, de fecha 21 de octubre de 2016, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval (segundo grupo), para que participen en las Comisiones de Recepción del Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171), en la ciudad de Vigo, Reino de España; habiéndose autorizado la variación de fecha de término hasta el 13 de febrero de 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 1366-2016-DE/ MGP, de fecha 8 de noviembre de 2016. Asimismo, se dispuso que el gasto que se origine sería cubierto con cargo a las partidas presupuestarias del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú;
Que, además con Resolución Ministerial Nº 134-2017-DE/MGP, de fecha 8 de febrero de 2017, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal
MAS NORMAS LEGALES: Rectifican Anexo 26 norma T Écnica Salud RM 1316-2018/MINSA Salud
Naval (tercer grupo), quienes han sido designados para que participen en la Comisión de Recepción del Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171), en la ciudad de Vigo, Reino de España, del 14 de febrero al 15 de marzo de 2017; así como, se autorizó su salida del país el 12 de febrero de 2017. Asimismo, se dispuso que el gasto que se origine sería cubierto con cargo a las partidas presupuestarias del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú;
Que, mediante Memorándum Nº 162 de fecha 9 de diciembre de 2016, el Jefe de la Comisión de Supervisión y Recepción del Buque Oceanográfico Polar B.A.P
"CARRASCO" (BOP-171), recomendó la necesidad de permanencia de la referida Unidad en el Puerto de Vigo, Reino de España, por una estancia de CINCO (5) días, con la finalidad de completar exitosamente el reabastecimiento logístico, trámites administrativos necesarios y de esta manera efectuar una navegación segura hacia el puerto del Callao;
Que, mediante comunicación de fecha 15 de febrero de 2017, el Director General de la empresa Construcciones Navales P.Freire S.A., hizo de conocimiento al Jefe del Departamento de Contratos de la Dirección de Contratos de Material, que por motivos de fuerza mayor por fenómenos meteorológicos adversos de nivel alerta roja suscitados en la ciudad de Vigo, Reino de España, la fecha de entrega del Buque Oceanográfico Polar B.A.P.
"CARRASCO" (BOP-171), se realizaría el 22 de marzo de 2017;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1180-2017-DE/MGP, de fecha 24 de agosto de 2017, se autorizó con eficacia anticipada al 22 de marzo de 2017 hasta el 3 de mayo de 2017, el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval que participó en la travesía de retorno del Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171) a territorio peruano, de acuerdo al siguiente itinerario: del 22 hasta el 27 de marzo de 2017, la permanencia del mencionado personal a bordo de la referida Unidad, en la ciudad de Vigo, Reino de España, para el reabastecimiento logístico; y, del 28 de marzo de 2017 hasta el 3 de mayo de 2017, el zarpe con escala en los puertos de Cartagena de Indias, República de Colombia, tránsito en el Canal de Panamá, República de Panamá y escala en el puerto de Guayaquil, República del Ecuador, arribando al puerto del Callao, República del Perú, con permanencia en puertos extranjeros por un total de NUEVE (9) días;
Que, mediante Oficio L.1000-103 de fecha 29 de setiembre de 2017, el Comandante del B.A.P
"CARRASCO" informó al Director de Proyectos Navales que durante la permanencia de la referida Unidad en el Puerto de Vigo, Reino de España, del 22 al 26 de marzo de 2017, el Personal Naval no permaneció abordo, debido a que la Empresa Construcciones Navales P.FREIRE
S.A, realizaba trabajos finales en los compartimientos de habitabilidad; asimismo, se realizaba el reabastecimiento logístico; por lo que el Personal Naval abordó la citada Unidad a partir del 27 de marzo de 2017, iniciando la travesía a territorio peruano;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, establece que la "Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero" es aplicable a las Comisiones del Servicio a bordo de Unidades Navales, mas no a las que se desarrollan en tierra, siendo para estos casos aplicables el pago por concepto de viáticos y la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, de acuerdo a la duración de la comisión;
Que, en ese contexto, al haber permanecido en tierra el mencionado Personal Naval por un período de CINCO (5) días en el extranjero, posterior a la fecha de recepción de la citada Unidad Naval, corresponde el pago por concepto de Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, al encontrarse comprendido dentro de los alcances del Reglamento citado en el considerando precedente; en ese sentido, es procedente el pago del reintegro del diferencial existente entre la Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero que se les efectuó y la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero que debieron percibir por los días que permanecieron en tierra;
Que, de acuerdo con el documento Nº 077-2018 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrió los costos del viaje; por lo que el gasto por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el inciso c) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante documento de fecha 6 de junio de 2018, el Jefe del Estado Mayor General de la Marina emite opinión favorable a la autorización de reconocimiento de reintegro de pago al Personal Naval que participó en la travesía de retorno del Buque Oceanográfico Polar B.A.P .
"CARRASCO" (BOP-171) a territorio peruano; asimismo, indica que el financiamiento estaría a cargo del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento de los servicios de investigación oceanográfica de la Marina de Guerra del Perú en su ámbito de jurisdicción y la Antártida", fuente de financiamiento de recursos por operaciones oficiales de crédito;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el reconocimiento de reintegro de pago al Personal Naval que participó en la travesía de retorno del Buque Oceanográfico Polar B.A.P.
"CARRASCO" (BOP-171) a territorio peruano, el equivalente al diferencial existente entre la Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero que se les efectuó y la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero que debieron percibir por los CINCO (5) días que permanecieron en tierra, del 22 al 26 de marzo de 2017.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
€ 415.23 x 6 Oficiales Superiores € 2,491.38
€ 346.00 x 11 Oficiales Subalternos € 3,806.00
€ 329.46 x 36 Técnicos y Oficiales de Mar € 11,860.56
------------------
TOTAL A PAGAR: € 18,157.94
Artículo 3.- El mencionado pago se efectuará con cargo a las Partidas Presupuestales del Sector Defensa (Marina de Guerra del Perú) correspondiente al Año Fiscal 2018.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ HUERTA TORRES
Ministro de Defensa
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 1843-2018 DE/MGP Autorizan reconocimiento de reintegro de pago al personal naval que participó en la travesía de retorno de Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" a territorio peruano
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 1843-2018 DE/MGP
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-12-20
- Fecha de aplicacion : 2018-12-21
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