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Rectifican Errores Materiales Incurridos Artículo RM 1329-2018/MINSA Salud
12/21/2018
Rectifican Errores Materiales Incurridos Artículo RM 1329-2018/MINSA Salud
Poder Ejecutivo, Salud Rectifican errores materiales incurridos en artículo y en anexo de la R.M. Nº 1196-2018/ MINSA RM 1329-2018/MINSA Lima, 20 de diciembre del 2018 Visto, los Expedientes Nºs 18-116676-003 y 18-132328-001, que contienen el Informe Nº 795-2018-OP-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como el Memorando Nº 1228-2018-CENARES/MINSA y la Nota Informativa Nº 062-2018 EPP-CENARES/MINSA del
Rectifican errores materiales incurridos en artículo y en anexo de la R.M. Nº 1196-2018/ MINSA
RM 1329-2018/MINSA
Lima, 20 de diciembre del 2018
Visto, los Expedientes Nºs 18-116676-003 y 18-132328-001, que contienen el Informe Nº 795-2018-OP-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como el Memorando Nº 1228-2018-CENARES/MINSA y la Nota Informativa Nº 062-2018 EPP-CENARES/MINSA del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud -
CENARES; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1196-2018/ MINSA de fecha 26 de noviembre de 2018, se autorizó una Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 33 547 533,00 (TREINTA
Y TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE
MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), para financiar la adquisición de complementos de cadena de frio, dispositivos médicos, jeringas auto retractiles, entre otros productos;
Que, la precitada Resolución Ministerial establece en el artículo 3, que el egreso que demande su cumplimiento se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud, con cargo a la Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Actividad 5000001 Planeamiento y Presupuesto, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, y Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias;
TAMBIEN PUEDES VER: Rectifican Anexo 26 norma T Écnica Salud RM 1316-2018/MINSA Salud
Que, a través del Informe del visto, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sostiene que resulta pertinente modificar el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 1196-2018/MINSA, debiendo consignarse sólo la Fuente de Financiamiento y la Genérica de Gasto;
Que, mediante la Nota Informativa del visto, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES solicita la modificación del mencionado artículo 3, precisando que las transferencias financieras a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/ OMS), del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA) OPS, UNICEF y UNFPA, se realizan en las categorías: Programas Presupuestales y Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, por lo que no corresponde especificar Categoría Presupuestal ni Actividad;
MAS NORMAS LEGALES: Plan Operativo Institucional Poi 2019 RM 352-2018-MIDIS Desarrollo e Inclusion Social
Que, asimismo, conforme al sustento contenido en el Informe del visto, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES solicita la rectificación del Anexo de la acotada Resolución Ministerial Nº 1196-2018/MINSA, al haberse consignado erróneamente la denominación de un medicamento (dice: Pyriproxifren 9.5 % granulado 1 Kg., debiendo decir Pyriproxifen 0.5 % granulado 1 Kg.), así como las cantidades de Jeringas descartables retráctiles automáticas 1 ml x 25g x 1'' (dice: 3'800,000, debiendo decir: 22,000,000) y de Preservativos masculinos sin nonoxinol (dice: 33,000,096, debiendo decir: 30,000,096);
Que, el numeral 210.1 del artículo 210 del Texto Único de Ordenado de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;
Que, el numeral 210.2 del precitado artículo, dispone que la rectificación debe adoptar las formas y modalidades de comunicación o publicación que correspondan al acto original;
Con el visado del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en el Texto Único de Ordenado de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Rectificar el error material incurrido en el Artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 1196-2018/ MINSA, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, de acuerdo al detalle siguiente:
Dice:
Artículo 3.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud, con cargo a la Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Actividad 5000001 Planeamiento y Presupuesto, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, y Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias.
Debe decir:
Artículo 3.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud, con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, y Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias.
Artículo 2.- Rectificar los errores materiales incurridos en el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 1196-2018/ MINSA, conforme al detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 1196-2018/MINSA.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SILVIA ESTER PESSAH ELJAY
Ministra de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 1329-2018/MINSA Rectifican errores materiales incurridos en artículo y en anexo de la R.M. Nº 1196-2018/ MINSA
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 1329-2018/MINSA
- Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-12-21
- Fecha de aplicacion : 2018-12-22
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