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Rm 190 2017 mincetur Dictan Diversas Disposiciones 496-2018-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
12/20/2018
Rm 190 2017 mincetur Dictan Diversas Disposiciones 496-2018-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Modifican la R.M. Nº 190-2017-MINCETUR y dictan diversas disposiciones RM 496-2018-MINCETUR Lima, 18 de diciembre de 2018 Visto, el Expediente Nº 1210603, presentado por la empresa MMG HOTELES S.A.C., el Oficio Nº 1299-2018/ PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el Oficio Nº 3727-2018-EF/13.01 de la Secretaría General
Modifican la R.M. Nº 190-2017-MINCETUR y dictan diversas disposiciones
RM 496-2018-MINCETUR
Lima, 18 de diciembre de 2018
Visto, el Expediente Nº 1210603, presentado por la empresa MMG HOTELES S.A.C., el Oficio Nº 1299-2018/ PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el Oficio Nº 3727-2018-EF/13.01 de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas, el Informe Nº 26-2018-MINCETUR/VMT/DGET/ DPDT-CSZ y el Informe Legal Nº 055-2018-MINCETUR/ VMT/DGET-DPDT-JGS de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección General de Estrategia Turística, y el Memorándum Nº 1172-2018-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato;
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Que, con fecha 26 de abril de 2017, la empresa MMG
HOTELES S.A.C. celebró en calidad de Inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "HOTEL MMG MIRAFLORES", para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la referida norma legal;
Que, por Resolución Ministerial Nº 190-2017-MINCETUR, de fecha 29 de mayo de 2017, se aprobó a la empresa MMG
HOTELES S.A.C. como empresa calificada para la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas establecido en el Decreto Legislativo citado y se aprobó la "Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción";
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Que, la empresa MMG HOTELES S.A.C. presentó una solicitud de suscripción de una Adenda de Modificación del Contrato de Inversión antes señalado, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2017-EF, a efectos de cambiar la denominación del proyecto, incrementar el monto del compromiso de inversión,
ampliar el plazo de su ejecución e incluir el ítem "Contrato de Construcción EPC necesario para la ejecución del proyecto" en el rubro de contratos de construcción de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción;
aspectos que han sido materia de evaluación a través de los informes de Vistos, y que sustentan la modificación al citado contrato de inversión;
Que, asimismo, mediante Oficio Nº 3727-2018-EF/13.01, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe Nº 351-2018-EF/61.01 de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, a través del cual se considera procedente la aprobación de la incorporación del ítem "Contrato de Construcción EPC
necesario para la ejecución del proyecto" en el rubro de contratos de construcción de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción, aprobada por Resolución Ministerial Nº 190-2017-MINCETUR;
Que, el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973 que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, señala que una vez suscrita la Adenda del Contrato de Inversión por el Sector correspondiente y PROINVERSIÓN, el Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente;
Que, se ha modificado la denominación del proyecto de "HOTEL MMG MIRAFLORES" a "HOTEL IBIS
STYLE BENAVIDES"; se ha incrementado el monto del compromiso de inversión de US$ 5 780 876,00 (Cinco Millones Setecientos Ochenta Mil Ochocientos Setenta y Seis con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) a US$ 6 768 023,00 (Seis Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Veintitrés con 00/100
Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica); se ha ampliado el plazo de ejecución del compromiso de inversión de dos (02) años, dos (02) meses y veintiocho (28) días a tres (03) años y veintisiete (27) días, contados desde el 03 de noviembre de 2016, fecha de presentación de la solicitud de suscripción del referido contrato de inversión, hasta el 30 de noviembre de 2019; y, se ha incluido el ítem "Contrato de Construcción EPC necesario para la ejecución del proyecto" en el rubro de contratos de construcción de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción;
Que, con fecha 07 de diciembre de 2018, se suscribió la Adenda de Modificación del Contrato de Inversión celebrado entre la empresa MMG HOTELES S.A.C. y el Estado; por lo que, corresponde emitir la Resolución Ministerial respectiva;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su modificatoria, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modificatorias, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modifíquense los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 190-2017-MINCETUR, los cuales quedarán redactados de acuerdo al siguiente texto:
"Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del artículo tercero del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa MMG HOTELES S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "HOTEL IBIS STYLE
BENAVIDES", de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado el 26 de abril de 2017.
Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo quinto del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversión a cargo de la empresa MMG HOTELES S.A.C., asciende a la suma de US$ 6
768 023,00 (Seis Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Veintitrés con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica), a ser ejecutado en un plazo total de tres (03) años y veintisiete (27) días, contados a partir del 03 de noviembre de 2016, fecha de presentación de la solicitud del Contrato de Inversión antes señalado."
Artículo 2.- Aprobar la inclusión del ítem "Contrato de Construcción EPC necesario para la ejecución del proyecto"
en el rubro de contratos de construcción de la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción, aprobada a favor de la empresa MMG HOTELES S.A.C. mediante el artículo 5 de la Resolución Ministerial Nº 190-2017-MINCETUR.
Artículo 3.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 190-2017-MINCETUR.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROGERS VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 496-2018-MINCETUR Modifican la R.M. Nº 190-2017-MINCETUR y dictan diversas disposiciones
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 496-2018-MINCETUR
- Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-12-20
- Fecha de aplicacion : 2018-12-21
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