2/21/2019

Indicadores Brecha Sector Mujer Poblaciones RM 046-2019-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables

Gobiernos Regionales, Mujer y Poblaciones Vulnerables Aprueban indicadores de brecha del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables RM 046-2019-MIMP Lima, 18 de febrero de 2019 Vistos, el Informe Nº 007-2019-MIMP/OGPP-OIN de la Oficina de Inversiones y el Memorando Nº 098-2019-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo
Gobiernos Regionales, Mujer y Poblaciones Vulnerables
Aprueban indicadores de brecha del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables
RM 046-2019-MIMP
Lima, 18 de febrero de 2019
Vistos, el Informe Nº 007-2019-MIMP/OGPP-OIN de la Oficina de Inversiones y el Memorando Nº 098-2019-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, establece que el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones tiene como finalidad orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, señala que el Órgano Resolutivo del Sector aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales y precisa que los citados indicadores y criterios son aprobados anualmente y se publican en el portal institucional de la entidad;


Que, el numeral 11.2 del artículo 11 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, establece que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector es responsable de conceptualizar, definir y actualizar los indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a servicios que se enmarquen en el ámbito de la responsabilidad funcional del Sector, de acuerdo a los instrumentos metodológicos establecidos por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF;


Que, mediante Resolución Ministerial Nº 133-2017-MIMP se designó a la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP como el órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y modificatorias;

Que, a través del Informe Nº 007-2019-MIMP/OGPP-OIN del 13 de febrero de 2019, la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto
ha señalado que los indicadores de brecha del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables han sido elaborados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 y cuenta con la validación de la Dirección de Política y Estrategias de la Inversión Pública de la DGPMI del MEF, a través del Informe Nº 006-2019-EF/63.03, por lo que solicita la aprobación de los citados indicadores;

Que, con Memorando Nº 098-2019-MIMP/OGPP del 14 de febrero de 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 007-2019-MIMP/OGPP-OIN de la Oficina de Inversiones y solicita continuar con el trámite para la expedición de la resolución ministerial que aprueba los indicadores de brecha del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Inversiones;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; y, la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar los indicadores de brecha del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, los que como Anexo forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar -
INABIF, al Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS y al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables -
MIMP y a la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF.

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. gob.pe/mimp).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 046-2019-MIMP Aprueban indicadores de brecha del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 046-2019-MIMP
  • Emitida por : Mujer y Poblaciones Vulnerables - Gobiernos Regionales
  • Fecha de emision : 2019-02-21
  • Fecha de aplicacion : 2019-02-22

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