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Transferencia Financiera Financiamiento RJ 056 -2019/SIS Seguro Integral de Salud
3/30/2019
Transferencia Financiera Financiamiento RJ 056 -2019/SIS Seguro Integral de Salud
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Aprueban Transferencia Financiera para el financiamiento de prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en el marco de convenios suscritos con Gobiernos Regionales y Gobierno Nacional RJ 056 -2019/SIS Lima, 29 de marzo de 2019 VISTOS: El Informe Nº 005-2019-SIS/GNF-SGF/ PFCL con Proveído Nº 121-2019-SIS/GNF, el Informe Nº 026-2019-SIS/GNF-SGF/PMRA con Proveído Nº 153-2019-SIS/GNF, el Memorando
Aprueban Transferencia Financiera para el financiamiento de prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en el marco de convenios suscritos con Gobiernos Regionales y Gobierno Nacional
RJ 056 -2019/SIS
Lima, 29 de marzo de 2019
VISTOS: El Informe Nº 005-2019-SIS/GNF-SGF/ PFCL con Proveído Nº 121-2019-SIS/GNF, el Informe Nº 026-2019-SIS/GNF-SGF/PMRA con Proveído Nº 153-2019-SIS/GNF, el Memorando Nº 218-2019-SIS/ GNF, Memorando Nº 219-2019-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe Nº 019-2019-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído Nº 056-2019-SIS/ OGPPDO, el Memorando Nº 585-2019-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 156-2019-SIS/ OGAJ/DE con Proveído Nº 156-2019-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;
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Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS
requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3)
años renovables. Asimismo, a través de los convenios y contratos suscritos con las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) públicas y privadas, respectivamente, podrán establecerse diferentes modalidades y mecanismos de pago;
Que, en concordancia con ello, mediante el artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2014-SA y modificado por Decretos Supremos Nº 012-2017-SA y Nº 025-2018-SA, se establece que "El Seguro Integral de Salud (SIS) suscribe convenios con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS) públicas, Gobiernos Regionales, Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas, para la transferencia de fondos o pago por las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a sus asegurados";
MAS NORMAS LEGALES: Formatos Aplicación Procedimiento Control Calidad RGGOSIEMO OSINERGMIN
Que, a través de los numerales 16.1, 16.2 y 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal se establece, respectivamente: i) Autorizar al SIS, de manera excepcional, a efectuar transferencias para el financiamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados;
ii) que, las referidas transferencias deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la misma que debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano; y, iii) que, la entidad pública que transfiere recursos públicos, salvo aquellos señalados en el acápite f.5 del inciso f del numeral 16.1 precitado, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfirieron dichos recursos;
Que, mediante Informe Nº 005-2019-SIS/GNF-SGF/PFCL con Proveído Nº 121-2019-SIS/GNF, con fecha 11 de marzo de 2019, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF concluyó en su numeral 3.2 que el SIS "al cierre de producción noviembre 2018, en el caso de Tarifado RDR (prestaciones de salud a los asegurados semicontributivos realizados por las IPRESS del II y III
nivel de atención) las IPRESS cuentan con saldos a su favor por el importe de S/ 13 184 446.15 en términos absolutos (teniendo en cuenta saldos a favor del SIS y a favor de las IPRESS)";
Que, a través del Memorando Nº 218-2019-SIS/ GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento solicitó a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional el registro y aprobación de la nota modificatoria para la Trasferencia Financiera de recursos en el marco de los Convenios entre el Seguro Integral de Salud - SIS, las Direcciones de Redes Integradas de Salud, INEN y los Gobiernos Regionales del Sector Salud para el financiamiento de las prestaciones brindadas a sus asegurados, el mismo que es aprobado mediante el Informe Nº 019-2019-SIS/OGPPDO-DADZ emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional;
Que, mediante Memorando Nº 585-2019-SIS/ OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional otorga la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 393 por la suma de S/ 13 220,263.00 (Trece millones doscientos veinte mil doscientos sesenta y tres con 00/100 soles)
en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR), la misma que había sido solicitada mediante el Memorando Nº 219-2019-SIS/GNF;
Que, según Informe Nº 026-2019-SIS/GNF-SGF/ PMRA con Proveído Nº 153-2019-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento según lo analizado con el Informe Nº 005-2019-SIS/GNF-SGF/PFCL, se realiza la propuesta de transferencia financiera con el objetivo de cumplir con los términos establecidos en los convenios suscritos, por lo que es necesario realizar la programación de transferencia financiera por un importe total de S/ 13
220,263.00, correspondiente por pago Tarifado por la fuente Recursos Directamente Recaudados (RDR), a fin de garantizar el financiamiento de las prestaciones del Régimen Semicontributivo que brindan las IPRESS a favor de los asegurados del SIS;
Que, a fin de garantizar el uso adecuado de los fondos transferidos por el Seguro Integral de Salud, mediante el numeral 7.1 del Acápite 7 de la Directiva Administrativa Nº 001-2017-SIS-GNF-V.01 «Directiva Administrativa para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento de las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud», aprobada con Resolución Jefatural Nº 275-2017/SIS
modificada con la Resolución Jefatural Nº 210-2018/SIS, se dispone que la Gerencia de Negocios y Financiamiento "es responsable de la Gestión del Proceso de monitoreo, seguimiento y supervisión, del cumplimiento de los fines de las transferencias financieras que se efectúan a las UE/UGIPRESS e IPRESS Públicas en el marco de los Convenios de Gestión y normatividad vigente";
Que, mediante Informe Nº 156-2019-SIS/OGAJ/DE
con Proveído Nº 156-2019-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable emitir la Resolución Jefatural de Transferencia Financiera propuesta por la GNF que se detalla en el anexo de la misma, para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS;
Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo
Nº 002-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 13 220,263.00 (TRECE MILLONES
DOSCIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS SESENTA
Y TRES CON 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados en los términos y a favor de las Unidades Ejecutoras descritos en el Anexo - Transferencia Financiera - Recursos Directamente Recaudados Marzo 2019, que forma parte integrante de la presente Resolución, para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados SIS en el marco de los Convenios suscritos entre el SIS, los Gobiernos Regionales y Gobierno Nacional.
Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad de la entidad que recibe la transferencia, para fines distintos para los cuales han sido autorizados.
Artículo 3.- La Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la transferencia que se aprueba a través de la presente Resolución Jefatural, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.
Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE
Jefa del Seguro Integral de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 056 -2019/SIS Aprueban Transferencia Financiera para el financiamiento de prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en el marco de convenios suscritos con Gobiernos Regionales y Gobierno Nacional
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 056 -2019/SIS
- Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2019-03-30
- Fecha de aplicacion : 2019-03-31
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