4/26/2019

Ejecución encuesta Estadística Agroindustrial RJ 096-2019-INEI Instituto Nacional de Estadistica e

Organismos Tecnicos Especializados, Instituto Nacional de Estadistica e Informatica Autorizan ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional RJ 096-2019-INEI Lima, 26 de marzo de 2019 Vistos el Oficio Nº 0155-2019-MINAGRI-DVDGESEP/068-DEA, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, el Oficio Nº 368-2019/INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el
Organismos Tecnicos Especializados, Instituto Nacional de Estadistica e Informatica
Autorizan ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional
RJ 096-2019-INEI
Lima, 26 de marzo de 2019
Vistos el Oficio Nº 0155-2019-MINAGRI-DVDGESEP/068-DEA, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, el Oficio Nº 368-2019/INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el Informe Nº 014-2019-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

CONSIDERANDO:



Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia, es la realización de tareas técnicas y científicas con fines de cuantificar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas oficiales del país;

Que, mediante documento del visto del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, se solicita autorización para ejecutar la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual" correspondiente al año 2019, con la finalidad de obtener información sobre el ingreso y la transformación primaria de la materias primas de origen agropecuario para la generación de productos finales destinados al consumo humano e industrial, así como para evaluar la actividad económica agroindustrial del país, de las actividades productivas siguientes: Elaboración de alimentos balanceados para animales, se incluye además en esta clasificación a aquellas granjas avícolas, de porcinos y establos lecheros que elaboran su propio alimento para el abastecimiento de su planta; molinos o piladoras de arroz; desmotadoras de algodón, plantas procesadoras de café pergamino y plantas tostadoras de café, procesadoras de embutidos y carnes preparadas;

molinos de trigo; plantas de fideos, plantas procesadoras de avena y derivados de cereales, plantas procesadoras de quinua, derivados del cacao, derivados lácteos, leche evaporada, aceites y grasas comestibles, plantas procesadoras de palma, aceite de oliva, aceite esencial de limón, malterías, plantas procesadoras de tabaco, plantas agroindustriales de azúcar, plantas procesadoras de néctares y jugo de frutas, plantas procesadoras de espárragos, procesadoras de alcachofa, procesadoras de páprika, plantas procesadoras de palmito, plantas procesadoras y conserveras de frutas, legumbres y hortalizas (incluye fundos que procesan o empacan);


Que, mediante Oficio Nº 368-2019-INEI/DNCE la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática adjunta el Informe Nº 014-2019-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos, en el que informa que se ha analizado la cobertura geográfica, temática, actividad a investigar, periodicidad, unidad de observación, tamaño de la muestra y modalidad del levantamiento de los datos, y ha validado que se ha evaluado los Lineamientos Metodológicos y el formulario de la mencionada Encuesta, remitida por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo que resulta necesario autorizar la ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019", concluyendo que la información presentada cuenta con la validación de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos;

Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional, la cual estará dirigida a todas las empresas agroindustriales, siendo sus instrumentos la ficha técnica, el manual y la cédula respectiva; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, la visación de la Sub - Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional, que será ejecutada por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, dirigida a las empresas agroindustriales a nivel nacional que desarrollan las actividades productivas siguientes:

Elaboración de alimentos balanceados para animales, además se incluye en esta clasificación a aquellas granjas avícolas, de porcinos y establos lecheros que elaboran su propio alimento para el abastecimiento de su planta; molinos o piladoras de arroz; desmotadoras de algodón, plantas procesadoras de café pergamino y plantas tostadoras de café, procesadoras de embutidos y carnes preparadas; molinos
de trigo; plantas de fideos; plantas procesadoras de avena y derivados de cereales; plantas procesadoras de quinua, derivados del cacao, derivados lácteos, leche evaporada, aceites y grasas comestibles, plantas procesadoras de palma, aceite de oliva, aceite esencial de limón, malterías, plantas procesadoras de tabaco, plantas agroindustriales de azúcar, plantas procesadoras de néctares y jugos de frutas, plantas procesadoras de espárragos, de alcachofa, procesadoras de páprika, plantas procesadoras de palmito, plantas procesadoras y conserveras de frutas, legumbres y hortalizas, (incluye fundos que procesan o empacan).

Artículo 2.- Aprobar el formulario correspondiente, que forma parte de la presente Resolución. Establecer como plazo de entrega del formulario debidamente diligenciado, dentro de los ocho (08) días hábiles posteriores a la culminación del mes de referencia, debiendo remitirlos a la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del MINAGRI o enviarlos al correo electrónico: mcasimiro@
minagri.gob.pe. En el ámbito de las regiones, deberán ser remitidos a las Oficinas de las Direcciones Regionales de Información Agraria del Ministerio de Agricultura y Riego.

Artículo 3.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información requerida, solicitarán los formularios de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" en la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del MINAGRI - Dirección de Estadística Agraria ubicada en el Jr. Yauyos Nº 258, Oficina 907, piso 9 - Cercado de Lima, teléfono 209
8800- anexo 4271 y en las regiones y agencias agrarias.

Asimismo, podrán tener acceso al formulario a través de la página Web del Ministerio (http://www.minagri.gob.pe)
Artículo 4.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Art. 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación de los formularios en el plazo y términos indicados, serán pasibles de ser sancionadas con multa, conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 90º del D. S. Nº 043-2001-PCM. El pago de la multa, no exime a las empresas omisas de la obligación de presentar la información solicitada.

Regístrese y comuníquese.

JOSE GARCÍA ZANABRIA
Jefe (e)

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 096-2019-INEI Autorizan ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 096-2019-INEI
  • Emitida por : Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-04-26
  • Fecha de aplicacion : 2019-04-27

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