Inicio
Últimas normas legales
Ejecución encuesta Estadística Agroindustrial RJ 096-2019-INEI Instituto Nacional de Estadistica e
4/26/2019
Ejecución encuesta Estadística Agroindustrial RJ 096-2019-INEI Instituto Nacional de Estadistica e
Organismos Tecnicos Especializados, Instituto Nacional de Estadistica e Informatica Autorizan ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional RJ 096-2019-INEI Lima, 26 de marzo de 2019 Vistos el Oficio Nº 0155-2019-MINAGRI-DVDGESEP/068-DEA, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, el Oficio Nº 368-2019/INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el
Autorizan ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional
RJ 096-2019-INEI
Lima, 26 de marzo de 2019
Vistos el Oficio Nº 0155-2019-MINAGRI-DVDGESEP/068-DEA, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, el Oficio Nº 368-2019/INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el Informe Nº 014-2019-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia, es la realización de tareas técnicas y científicas con fines de cuantificar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas oficiales del país;
Que, mediante documento del visto del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, se solicita autorización para ejecutar la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual" correspondiente al año 2019, con la finalidad de obtener información sobre el ingreso y la transformación primaria de la materias primas de origen agropecuario para la generación de productos finales destinados al consumo humano e industrial, así como para evaluar la actividad económica agroindustrial del país, de las actividades productivas siguientes: Elaboración de alimentos balanceados para animales, se incluye además en esta clasificación a aquellas granjas avícolas, de porcinos y establos lecheros que elaboran su propio alimento para el abastecimiento de su planta; molinos o piladoras de arroz; desmotadoras de algodón, plantas procesadoras de café pergamino y plantas tostadoras de café, procesadoras de embutidos y carnes preparadas;
TAMBIEN PUEDES VER: Oficializan Acuerdo Autoriza Trasegur Perú Sac RPCD OSIPTEL
molinos de trigo; plantas de fideos, plantas procesadoras de avena y derivados de cereales, plantas procesadoras de quinua, derivados del cacao, derivados lácteos, leche evaporada, aceites y grasas comestibles, plantas procesadoras de palma, aceite de oliva, aceite esencial de limón, malterías, plantas procesadoras de tabaco, plantas agroindustriales de azúcar, plantas procesadoras de néctares y jugo de frutas, plantas procesadoras de espárragos, procesadoras de alcachofa, procesadoras de páprika, plantas procesadoras de palmito, plantas procesadoras y conserveras de frutas, legumbres y hortalizas (incluye fundos que procesan o empacan);
MAS NORMAS LEGALES: Nombran Vocales Titulares Consejo Minería RS 003-2019-EM Energia y Minas
Que, mediante Oficio Nº 368-2019-INEI/DNCE la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática adjunta el Informe Nº 014-2019-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos, en el que informa que se ha analizado la cobertura geográfica, temática, actividad a investigar, periodicidad, unidad de observación, tamaño de la muestra y modalidad del levantamiento de los datos, y ha validado que se ha evaluado los Lineamientos Metodológicos y el formulario de la mencionada Encuesta, remitida por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo que resulta necesario autorizar la ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019", concluyendo que la información presentada cuenta con la validación de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos;
Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional, la cual estará dirigida a todas las empresas agroindustriales, siendo sus instrumentos la ficha técnica, el manual y la cédula respectiva; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, la visación de la Sub - Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional, que será ejecutada por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, dirigida a las empresas agroindustriales a nivel nacional que desarrollan las actividades productivas siguientes:
Elaboración de alimentos balanceados para animales, además se incluye en esta clasificación a aquellas granjas avícolas, de porcinos y establos lecheros que elaboran su propio alimento para el abastecimiento de su planta; molinos o piladoras de arroz; desmotadoras de algodón, plantas procesadoras de café pergamino y plantas tostadoras de café, procesadoras de embutidos y carnes preparadas; molinos
de trigo; plantas de fideos; plantas procesadoras de avena y derivados de cereales; plantas procesadoras de quinua, derivados del cacao, derivados lácteos, leche evaporada, aceites y grasas comestibles, plantas procesadoras de palma, aceite de oliva, aceite esencial de limón, malterías, plantas procesadoras de tabaco, plantas agroindustriales de azúcar, plantas procesadoras de néctares y jugos de frutas, plantas procesadoras de espárragos, de alcachofa, procesadoras de páprika, plantas procesadoras de palmito, plantas procesadoras y conserveras de frutas, legumbres y hortalizas, (incluye fundos que procesan o empacan).
Artículo 2.- Aprobar el formulario correspondiente, que forma parte de la presente Resolución. Establecer como plazo de entrega del formulario debidamente diligenciado, dentro de los ocho (08) días hábiles posteriores a la culminación del mes de referencia, debiendo remitirlos a la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del MINAGRI o enviarlos al correo electrónico: mcasimiro@
minagri.gob.pe. En el ámbito de las regiones, deberán ser remitidos a las Oficinas de las Direcciones Regionales de Información Agraria del Ministerio de Agricultura y Riego.
Artículo 3.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información requerida, solicitarán los formularios de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" en la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del MINAGRI - Dirección de Estadística Agraria ubicada en el Jr. Yauyos Nº 258, Oficina 907, piso 9 - Cercado de Lima, teléfono 209
8800- anexo 4271 y en las regiones y agencias agrarias.
Asimismo, podrán tener acceso al formulario a través de la página Web del Ministerio (http://www.minagri.gob.pe)
Artículo 4.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Art. 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación de los formularios en el plazo y términos indicados, serán pasibles de ser sancionadas con multa, conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 90º del D. S. Nº 043-2001-PCM. El pago de la multa, no exime a las empresas omisas de la obligación de presentar la información solicitada.
Regístrese y comuníquese.
JOSE GARCÍA ZANABRIA
Jefe (e)
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 096-2019-INEI Autorizan ejecución de la "Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual 2019" a nivel nacional
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 096-2019-INEI
- Emitida por : Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2019-04-26
- Fecha de aplicacion : 2019-04-27
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)