Inicio
Últimas normas legales
Extensión Horizonte Plan Estratégico Sectorial RM 098-2019-MEM/DM Energia y Minas
4/03/2019
Extensión Horizonte Plan Estratégico Sectorial RM 098-2019-MEM/DM Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) correspondiente al periodo 2016 - 2022 del Sector Energía y Minas RM 098-2019-MEM/DM Lima, 29 de marzo de 2019 VISTOS: El Informe Nº 054-2019-MEM/OGPP-OPPIC, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 313-2019-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que,
Aprueban la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) correspondiente al periodo 2016 - 2022 del Sector Energía y Minas
RM 098-2019-MEM/DM
Lima, 29 de marzo de 2019
VISTOS: El Informe Nº 054-2019-MEM/OGPP-OPPIC, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 313-2019-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN
como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno;
aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
TAMBIEN PUEDES VER: Manual Operaciones Programa Nacional Centros RM 0120-2019-JUS Justicia y Derechos Humanos
Que, en el numeral 7.3 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD, establece que los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales - PEI, para su implementación en los Planes Operativos Institucionales - POI, se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM y otros tipos de planes, según corresponda al tipo de entidad;
Que, con Oficio Múltiple Nº D0000012-2019-CEPLAN-DNCP, de fecha 31 de enero de 2019, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, comunica que el Plan Estratégico Institucional de las entidades de los tres niveles de gobierno (a excepción de los Organismos Constitucionalmente Autónomos) se articulan a un plan superior (PESEM, PDRC, PDLC), señalando que ha visto por conveniente y en forma excepcional, facilitar a todas las entidades el proceso de extensión del horizonte de tiempo del Plan Estratégico Institucional y de los planes a los que éstos se articulan hasta el año 2022;
MAS NORMAS LEGALES: Conversión Banco Cencosud Sa caja Rural Ahorro RE 753-2019 SBS
Que, según la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN-PCD, se precisa que todas las entidades deben cumplir con culminar al 31 de marzo del el registro del Plan Operativo Institucional Multianual 2020-2022 (como periodo mínimo)
en el aplicativo CEPLAN V.01, y que en ese sentido, las entidades deben contar con Planes Estratégicos con una temporalidad que permita dar cobertura al Plan Operativo Institucional Multianual 2020 - 2022;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 533-2016-MEM/DM, se aprobó la Actualización del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2016-2021 del Ministerio de Energía y Minas;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 046-2019-MEM/DM, de fecha 15 de febrero de 2019, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) del periodo 2020-2022 del Ministerio de Energía y Minas;
Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, mediante Informe Técnico Nº D00003-2019-CEPLAN-DNCPPESEM, de fecha 21 de marzo de 2019, verifica y valida la ampliación del horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM del período 2016-2022 del Sector Energía y Minas, conforme a las orientaciones que establece el Oficio Múltiple Nº
D000012-2019-CEPLAN-DNCP;
Que, conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modificatorias, es función de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto coordinar la formulación y evaluar la ejecución del plan estratégico, en coordinación con los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y con los organismos públicos descentralizados y/o empresas del Sector, en cuanto corresponda;
Con visto bueno de la Viceministra de Electricidad, el Viceministro de Hidrocarburos, el Viceministro de Minas y de la Secretaría General;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; en el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias; en la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/ PCD, que aprueba la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/ PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional"; y en la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD, que modifica la "Guía para el Planeamiento Institucional";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) al año 2022
Aprobar la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) correspondiente al periodo
2016-2022 del Sector Energía y Minas, que consiste en la extensión del horizonte de los indicadores de los Objetivos y Acciones Estratégicas al año 2022, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Seguimiento y evaluación Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) correspondiente al período 2016-2022 del Sector Energía y Minas, aprobado mediante la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Publicación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) correspondiente al período 2016-2022
El Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM)
correspondiente al período 2016-2022 del Sector Energía y Minas aprobado por la presente Resolución Ministerial, es publicado en el Portal de Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 098-2019-MEM/DM Aprueban la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) correspondiente al periodo 2016 - 2022 del Sector Energía y Minas
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 098-2019-MEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-04-03
- Fecha de aplicacion : 2019-04-04
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- enero 2025 (55)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)