4/12/2019
Ley 30930 29073 Artesano Desarrollo Actividad Congreso
Poder Legislativo, Congreso de la Republica Ley 30930 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY 29073, LEY DEL ARTESANO Y DEL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD ARTESANAL, CON LA FINALIDAD DE RECONOCER A LOS ARTESANOS DERECHOS MORALES Y PATRIMONIALES Artículo único. Modificación de los artículos 24 y 32 de la Ley 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo
Ley 30930
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 29073,
LEY DEL ARTESANO Y DEL DESARROLLO DE LA
ACTIVIDAD ARTESANAL, CON LA FINALIDAD DE
RECONOCER A LOS ARTESANOS DERECHOS
MORALES Y PATRIMONIALES
Artículo único. Modificación de los artículos 24 y 32 de la Ley 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal Modifícanse los artículos 24 y 32 de la Ley 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, en los términos siguientes:
"Artículo 24. Integración entre turismo y artesanía El Estado reconoce a la artesanía como un recurso incorporable en todos los productos turísticos del Perú. Para tal efecto, las distintas entidades públicas en los ámbitos nacional, regional y local incorporan el componente artesanía en la normativa del sector turismo, en los programas, proyectos de desarrollo y de promoción de productos turísticos, atendiendo a la clasificación prevista en el artículo 6.
Artículo 32. Alcance de la protección Reconócese a los artesanos los derechos morales y los derechos patrimoniales contenidos en el Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor, de conformidad con los requisitos que este señale. De la misma manera, las obras de artesanía gozan de la protección que otorga la legislación de propiedad industrial vigente".
TAMBIEN PUEDES VER: Ampliación Permanencia Exterior Personal Policía RM 525-2019-IN Interior
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiún días del mes de marzo de dos mil diecinueve.
DANIEL SALAVERRY VILLA
Presidente del Congreso de la República
LEYLA CHIHUÁN RAMOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de abril del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Presidente del Consejo de Ministros
MAS NORMAS LEGALES: Suprimen Aplicación Derechos Antidumping RE 046-2019/CDB-INDECOPI Instituto Nacional de Defensa de
NORMA LEGAL:
- Titulo: Ley 30930 QUE MODIFICA LA LEY 29073, LEY DEL ARTESANO Y DEL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD ARTESANAL, CON LA FINALIDAD DE RECONOCER A LOS ARTESANOS DERECHOS MORALES Y PATRIMONIALES
- Tipo de norma : LEY
- Numero : 30930
- Emitida por : Congreso de la Republica - Poder Legislativo
- Fecha de emision : 2019-04-12
- Fecha de aplicacion : 2019-04-13
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