4/12/2019

Oficializan Acuerdos Otorgan Acreditación RPCD 044 Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e

Organismos Tecnicos Especializados, Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica Oficializan acuerdos que otorgan acreditación a diversos programas de estudios del Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC RPCD 044 -2019-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 9 de abril de 2019 VISTOS: Los Informes Nº 000022-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, Nº000023-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, Nº 000024-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, Nº 000025-2019-SINEACE/P-DEA-IEES,
Organismos Tecnicos Especializados, Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica
Oficializan acuerdos que otorgan acreditación a diversos programas de estudios del Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC
RPCD 044 -2019-SINEACE/CDAH-P
San Isidro, 9 de abril de 2019
VISTOS:

Los Informes Nº 000022-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, Nº000023-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, Nº 000024-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, Nº 000025-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, Nº 000026-2019- SINEACE/P-DEA-IEES, Nº 000027-2019-SINEACE/P-DEA-IEES y Nº 000028-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del Sineace;
y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 5 de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, el artículo 11 de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa;


Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace;

Que, los numerales 5.4.5, 5.4.6 y 5.4.7 de la "Directiva que regula el proceso de acreditación de Instituciones Educativas y Programas", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 172-2018-SINEACE/CDAH-P, establecen los aspectos a ser tomados en cuenta por las instituciones educativas con programas de estudio acreditados, tales como las visitas de seguimiento que efectuará el Sineace;

así como la presentación de informes anuales por parte de la entidad educativa dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua y los cambios que afecten las condiciones con las que se obtuvo la acreditación;

Que, la Directiva Nº005-2017-SINEACE/P, "Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 507-2017-SINEACE/CDAH-P del 29 de diciembre 2017 regula, entre otros, el uso del imagotipo institucional, menciones del Sineace en material de difusión; así como, referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa, disposiciones a ser tomadas en cuenta por las instituciones educativas con programas acreditados;

Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que un acto administrativo "puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (...)";

Que, con los Expedientes Nº 0004365-2018, Nº 0004366-2018, Nº 0004367-2018, Nº 0004368-2018, Nº0004369-2018, 0004370-2018, Nº 0004371-2018, el Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC, solicita el inicio de proceso de evaluación externa con la finalidad de alcanzar la acreditación de los Programas de Estudios de, "Administración de Negocios Internacionales", "Administración de Redes y Comunicaciones", "Administración de Empresas", "Computación e Informática" y "Diseño Gráfico" del local Mirafl ores y, "Traducción e Interpretación", "Diseño de Interiores" del local Independencia, respectivamente;

Que, mediante Informes de vistos, la Directora de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas Educación Superior, eleva a la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc, los Informes Técnicos de la Comisión de Consistencia de los Programas de Estudio de "Administración de Negocios Internacionales", "Administración de Redes y Comunicaciones", "Administración de Empresas", "Computación e Informática" y "Diseño Gráfico" del local Mirafl ores y, "Traducción e Interpretación", "Diseño de Interiores" del local Independencia del Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC, a través de los cuales la Comisión de Consistencia, luego de su evaluación recomienda "la ACREDITACIÓN de los citados programas de estudio
considerando el logro pleno de los treinta y cuatro (34)
estándares evaluados";

Que, con los Informes Nº 000052-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, Nº 000053-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, Nº 000054-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, Nº 000055-2019-SINEACE/
P-ST-OAJ, 000058-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, Nº 000060-2018-SINEACE/P-ST-OAJ, Nº000061-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que tomando como sustento lo expresado los informes de la respectivas Comisiones de Consistencia y en aplicación de lo establecido en la Directiva, corresponde otorgar la acreditación solicitada por un periodo de seis (06) años, dado que todos los Programas cuentan con la calificación de logro pleno en los 34 estándares de calidad establecidos para el modelo de acreditación para Programas de Estudios de Institutos y Escuelas de Educación Superior;

Que, los miembros del Consejo Directivo Ad Hoc en ejercicio de sus facultades, en sesión del 27 de marzo 2019, arribaron a los siguientes acuerdos: Acuerdo Nº030-2019-CDAH, Acuerdo Nº031-2019-CDAH, Acuerdo Nº032-2019-CDAH, Acuerdo Nº033-2019-CDAH, Acuerdo Nº 034-2019-CDAH, Acuerdo Nº 035-2019-CDAH, Acuerdo Nº 036-2019-CDAH, mediante los cuales se otorga la acreditación a los Programas de Estudios de "Computación e Informática", "Administración de Empresas", "Administración de Negocios Internacionales", "Diseño Gráfico", "Administración de Redes y Comunicaciones" del local Mirafl ores y "Traducción e Interpretación", "Diseño de Interiores" del local Independencia, respectivamente, del Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC, con una vigencia de seis (06) años;

Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Oficializar los acuerdos de la sesión de fecha 27 de marzo del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante los cuales se otorga la acreditación con vigencia de seis (06) años contados a partir de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano", a los programas de estudios del Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC, cuyos nombres se indican a continuación:

Nº Acuerdo Programa de Estudios acreditado Sede/Local 1
Acuerdo Nº030-2019-CDAH
Computación e Informática Local Mirafl ores 2
Acuerdo Nº031-2019-CDAH
Administración de Empresas Local Mirafl ores 3
Acuerdo Nº032-2019-CDAH
Administración de Nego-cios Internacionales Local Mirafl ores 4
Acuerdo Nº033-2019-CDAH
Diseño Gráfico Local Mirafl ores 5
Acuerdo Nº036-2019-CDAH
Administración de Redes y Comunicaciones Local Mirafl ores 6
Acuerdo Nº034-2019-CDAH
Traducción e Interpretación Local Independencia 7
Acuerdo Nº035-2019-CDAH
Diseño de Interiores Local Independencia Artículo 2.- Precisar que durante el periodo de vigencia de la acreditación de los programas de estudios, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, realizará al menos una visita anual de seguimiento a las acciones implementadas, relacionadas con la institucionalización de la mejora continua. Asimismo, los programas de estudios acreditados, deberán remitir un informe anual al Sineace, dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua.

Artículo 3.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con las acreditaciones reconocidas, deberán realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva Nº005-2017-SINEACE/P
"Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 507-2017-SINEACE/
CDAH-P.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web de la Institución (www.sineace.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPCD 044 -2019-SINEACE/CDAH-P Oficializan acuerdos que otorgan acreditación a diversos programas de estudios del Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC
  • Numero : 044 -2019-SINEACE/CDAH-P
  • Emitida por : Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-04-12
  • Fecha de aplicacion : 2019-04-13

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