4/13/2019

Transferencia Concesión Única Prestación RV 244-2019-MTC/03 Transportes y Comunicaciones

Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones Aprueban transferencia de concesión única para la prestación de servicios de telecomunicaciones otorgada mediante R.M. Nº 1118-2017-MTC/01.03 a favor de ADN TELECOM S.A.C. RV 244-2019-MTC/03 Lima, 20 de marzo de 2019 VISTA, la solicitud presentada mediante escrito de registro Nº T-042936-por la empresa SATEL TELECOMUNICACIONES Y DATOS S.A.C., para la aprobación de la transferencia de su Concesión Única para la prestación
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones
Aprueban transferencia de concesión única para la prestación de servicios de telecomunicaciones otorgada mediante R.M. Nº 1118-2017-MTC/01.03 a favor de ADN TELECOM S.A.C.
RV 244-2019-MTC/03
Lima, 20 de marzo de 2019
VISTA, la solicitud presentada mediante escrito de registro Nº T-042936-por la empresa SATEL
TELECOMUNICACIONES Y DATOS S.A.C., para la aprobación de la transferencia de su Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones a favor de la empresa ADN TELECOM S.A.C;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1118-2017-MTC/01.03 de fecha 21 de noviembre de 2017, se otorgó a la empresa SATEL TELECOMUNICACIONES
Y DATOS S.A.C., Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio portador local en la modalidad de conmutado; habiéndose suscrito el respectivo Contrato de Concesión el 05 de enero de 2018;

Que, con Resolución Directoral Nº 001-2018-MTC/27 de fecha 05 de enero de 2018, se inscribió en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, a favor de la empresa SATEL TELECOMUNICACIONES Y DATOS

S.A.C., el servicio portador local en la modalidad de conmutado; y se aprobó la Ficha Nº 692 de la inscripción del servicio antes mencionado;

Que, mediante el expediente de Vista, la empresa
SATEL TELECOMUNICACIONES Y DATOS S.A.C., solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la aprobación previa y expresa para la transferencia de su Concesión Única otorgada con Resolución Ministerial Nº 1118-2017-MTC/01.03, a favor de la empresa ADN
TELECOM S.A.C;

Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, en adelante TUO de la Ley, establece que "Los derechos otorgados por el Estado (...) (concesiones, autorizaciones, licencias y permisos) son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio (...)", señalando, además, que "la inobservancia de esta condición produce la resolución de pleno derecho del contrato de concesión o la anulación automática en el caso de autorizaciones, permisos y licencias";


Que, el artículo 117 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, en adelante TUO del Reglamento, establece que "(...) Las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquellas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa y expresa del Ministerio, la cual será formalizada mediante resolución viceministerial";

Que, la Cláusula Décima del Contrato de Concesión Única aprobado por Resolución Ministerial Nº 1118-2017-MTC/01.03, suscrito con la empresa SATEL
TELECOMUNICACIONES Y DATOS S.A.C., referida a las limitaciones respecto de la cesión de posición contractual, transferencia de la concesión o reorganización societaria establece que "LA CONCESIONARIA no podrá ceder la posición contractual derivada del presente Contrato, ni podrá transferir o gravar, arrendar ni usufructuar, total o parcialmente, bajo ningún título, los derechos, intereses u obligaciones que de él se deriven o de EL REGISTRO, ni realizar actos de reorganización societaria, con excepción de la transformación, sin la previa aprobación expresa y
por escrito de EL MINISTERIO, quien podrá denegarlo sólo por causa justificada (...)";

Que, mediante Informe Nº 030-2019-MTC/27, la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones concluye que es procedente la solicitud formulada por la empresa SATEL
TELECOMUNICACIONES Y DATOS S.A.C., de aprobación de la transferencia de la Concesión Única otorgada con Resolución Ministerial Nº 1118-2017-MTC/01.03 a favor de la empresa ADN TELECOM S.A.C;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de T elecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modificatorias;
el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado con Resolución Ministerial Nº 145-2019-MTC/01; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, y;

Con la opinión favorable de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada a la empresa SATEL
TELECOMUNICACIONES Y DATOS S.A.C., por Resolución Ministerial Nº 1118-2017-MTC/01.03 a favor de la empresa ADN TELECOM S.A.C
Artículo 2.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesión Única, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el artículo precedente, y autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones a suscribir la Adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 3.- Reconocer a la empresa ADN TELECOM
S.A.C como nueva titular de la Concesión Única otorgada por Resolución Ministerial Nº 1118-2017-MTC/01.03, a partir de la fecha de suscripción de la Adenda a que se refiere el artículo precedente, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida.

Artículo 4.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda a la cual se refiere el artículo 2 de la presente resolución, no es suscrita por la empresa SATEL
TELECOMUNICACIONES Y DATOS S.A.C., y la empresa ADN TELECOM S.A.C en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución.

Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES
Viceministro de Comunicaciones

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 244-2019-MTC/03 Aprueban transferencia de concesión única para la prestación de servicios de telecomunicaciones otorgada mediante R.M. Nº 1118-2017-MTC/01.03 a favor de ADN TELECOM S.A.C.
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 244-2019-MTC/03
  • Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-04-13
  • Fecha de aplicacion : 2019-04-14

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