4/17/2019

Transferencia Financiera Recursos Favor Gobierno RM 118-2019-MEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional del Callao RM 118-2019-MEM/DM Lima, 16 de abril de 2019 VISTOS: El Informe Nº 057-2019-MEM-OGPP/ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas y el Informe Nº 382-2019-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional del Callao
RM 118-2019-MEM/DM
Lima, 16 de abril de 2019
VISTOS: El Informe Nº 057-2019-MEM-OGPP/ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas y el Informe Nº 382-2019-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza de manera excepcional las transferencias financieras entre entidades. Asimismo, el inciso i del literal h) de dicho artículo autoriza al Ministerio de Energía y Minas a realizar transferencias financieras a favor de las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas de los gobiernos regionales para el
fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por un monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones con 00/100
Soles);

Que, dicha norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas - Central. Así también, las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de un convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales;


Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señala que las transferencias de recursos, se realizan mediante resolución del Titular del Pliego, requiriendo el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial "El Peruano". De igual manera, el numeral 16.3 del artículo 16 de la ley citada dispone que es responsabilidad del Ministerio de Energía y Minas el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfirieron los recursos;


Que, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 30879
y a fin de que los Gobiernos Regionales continúen el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, con fecha 01 de abril de 2019, el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional del Callao suscribieron el Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidades de gestión y apoyar económica y técnicamente a la Direcciones Regional de Energía y Minas, como encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energéticas;

Que, mediante el mencionado Convenio de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional del Callao, por un monto de hasta S/ 200 000,00 (Doscientos Mil con 00/100 Soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, según el detalle establecido en el convenio. Para tal efecto el Ministerio de Energía y Minas realizará dos transferencias financieras; la primera de ellas en el primer semestre del año y la segunda transferencia, en el segundo semestre del año 2019; siendo que cada transferencia corresponde al 50% del monto antes señalado;

Que, de acuerdo a lo indicado en el Informe Nº 057-2019-MEM-OGPP/ODICR, emitido por la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Presupuesto ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2019-00398-001, con Registro SIAF 0000000404 por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;

Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, resulta necesario autorizar la primera transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional del Callao, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil con 00/100 Soles);

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorización de transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, a favor del Gobierno Regional del Callao.

Autorizar la transferencia financiera de recursos proveniente de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100
000,00 (Cien mil con 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional del Callao, para ser destinada exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas o del órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia minero energética, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes:

2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1 3.1 2 : A Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 100 000,00
Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:

A LA: (En Soles)
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
Pliego 464 :

Unidad Ejecutora :

Unidad Ejecutora SIAF :

Cuenta :

RUC :

Gobierno Regional del Callao 100 000,00
Nº 001 Sede Central
Nº 1028
Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
Nº 20505703554
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2019.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 118-2019-MEM/DM Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional del Callao
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 118-2019-MEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-04-17
  • Fecha de aplicacion : 2019-04-18

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