4/30/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 136-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca DS 136-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional,
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca
DS 136-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 330 000 000,00 (TRESCIENTOS
TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2018, disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última;

Que, mediante el Informe Nº 158-2019-OGPPM-OP/ MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud informa que cuenta con los recursos, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del pliego 445: Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, para financiar la operación y mantenimiento del Hospital Nuestra Señora del Rosario de Cajabamba;

en virtud de lo cual, con el Oficio Nº 888-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, como parte del financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital Nuestra Señora del Rosario de Cajabamba, mediante Memorando Nº 459-2019-EF/53.04, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, determina el costo para financiar la contratación de servidores bajo el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativo de servicios, sobre la base de la información remitida por el Ministerio de Salud;


Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 6
007 397,00 (SEIS MILLONES SIETE MIL TRESCIENTOS
NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), del pliego 011:

Ministerio de Salud, a favor del pliego 445: Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, en el marco de lo dispuesto en el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley
Nº 30879;

De conformidad con lo establecido en el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 6 007 397,00 (SEIS MILLONES
SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100
SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 445: Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, para financiar la operación y mantenimiento del Hospital Nuestra Señora del Rosario de Cajabamba, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
CATEGORIA
PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 6 007 397,00
----------------- TOTAL EGRESOS 6 007 397,00
==========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 445 : Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca UNIDAD EJECUTORA 400 : Salud Cajamarca FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 6 007 397,00
------------------ TOTAL EGRESOS 6 007 397,00
==========
1.2 El pliego habilitado en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia se detallan en el Anexo "Hospital Nuestra Señora del Rosario de Cajabamba - Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca", que forma parte integrante de este Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe) en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 136-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 136-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-04-30
  • Fecha de aplicacion : 2019-05-01

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