5/14/2019

Documento Técnico plan Reducción Vulnerabilidad RM 427-2019/MINSA Salud

Poder Ejecutivo, Salud Aprueban el Documento Técnico "Plan de Reducción de la Vulnerabilidad ante la Temporada de Bajas Temperaturas del Ministerio de Salud, - 2021" RM 427-2019/MINSA Lima, 13 de mayo del 2019 Visto, el Expediente Nº 19-037022-001 que contiene el Informe Técnico Nº 02-2019-IBT/UFGRD-DIGERD/ MINSA de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud; CONSIDERANDO: Que, el numeral IV del Título
Poder Ejecutivo, Salud
Aprueban el Documento Técnico "Plan de Reducción de la Vulnerabilidad ante la Temporada de Bajas Temperaturas del Ministerio de Salud, - 2021"
RM 427-2019/MINSA
Lima, 13 de mayo del 2019
Visto, el Expediente Nº 19-037022-001 que contiene el Informe Técnico Nº 02-2019-IBT/UFGRD-DIGERD/ MINSA de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud;

CONSIDERANDO:



Que, el numeral IV del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señala que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea. Es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;

Que, el artículo 123 de la precitada Ley, modificada por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud;


Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1161
dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, los literales a) y b) del artículo 5 del precitado Decreto Legislativo, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud:
formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

y, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia;

Que, con Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de Gestión del Riesgo de Desastres; disponiéndose en el numeral 16.2 del artículo 16 de la referida norma, que las entidades públicas constituyen Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, siendo esta función indelegable;

Que, con Resolución Ministerial Nº 188-2015-PCM
se aprueban los Lineamientos para la Formulación y Aprobación de los Planes de Contingencia, con la finalidad de fortalecer la preparación de las entidades integrantes del SINAGERD, estableciendo lineamientos que permitan formular y aprobar los Planes de Contingencia ante la inminencia u ocurrencia de un evento particular, en concordancia con la normatividad vigente;

Que, por Resolución Ministerial Nº 154-2014/ MINSA se crea el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud, como espacio interno de articulación para el cumplimiento de las funciones de gestión de riesgo de desastres, recayendo la Presidencia del referido Grupo de Trabajo en el Titular de la entidad, siendo la Secretaría Técnica ejercida por la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional del Ministerio de Salud;

Que, el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, encargado del planeamiento estratégico para desarrollar en el Sector Salud los componentes, procesos y sub procesos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

Coordina con los órganos competentes del Ministerio de Salud, la atención de las emergencias sanitarias que correspondan; así como la prevención y control de riesgo de desastres;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 253-2018/ MINSA se aprueba el "Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud ante la Temporada de Bajas Temperaturas 2018 - 2020"; y, mediante Decreto Supremo Nº 015-2019-PCM se aprueba el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje - 2021", bajo el cual diversos sectores desarrollarían intervenciones ante heladas y friaje;

Que, se ha identificado la necesidad de realizar la actualización del "Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud ante la Temporada de Bajas Temperaturas 2018 - 2020"
articulándolo con el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje - 2021";

Que, mediante el documento del visto y en el marco de sus competencias funcionales, la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, en forma coordinada con otras Oficinas y Direcciones Generales del Ministerio de Salud, así como con el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES) y el Instituto Nacional de Salud, han elaborado el "Plan de Reducción de la Vulnerabilidad ante la Temporada de Bajas Temperaturas del Ministerio de Salud, - 2021", el cual tiene por objeto reducir la vulnerabilidad de la salud de la población localizada en zonas de mayor nivel de riesgo ante la temporada de las bajas temperaturas, articulando intervenciones del nivel regional y local;

Que, mediante Acta de fecha 12 de abril de 2019, el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud valida y aprueba el "Plan de Reducción de la Vulnerabilidad ante la Temporada de Bajas T emperaturas del Ministerio de Salud, - 2021";

Que, mediante el Informe Nº 233-2019-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y Decreto Supremo Nº 032-2017-SA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: "Plan de Reducción de la Vulnerabilidad ante la Temporada de Bajas Temperaturas del Ministerio de Salud, -
2021", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, en el marco de sus funciones, la difusión, monitoreo, supervisión y evaluación de la implementación del presente Documento Técnico.

Artículo 3.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 253-2018/MINSA, que aprobó el Documento Técnico: "Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud ante la Temporada de Bajas Temperaturas 2018 - 2020".

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 427-2019/MINSA Aprueban el Documento Técnico "Plan de Reducción de la Vulnerabilidad ante la Temporada de Bajas Temperaturas del Ministerio de Salud, - 2021"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 427-2019/MINSA
  • Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-05-14
  • Fecha de aplicacion : 2019-05-15

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