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Publicación Proyecto Rvmn° 268 2005 mtc/03 RV 463-2019-MTC/03 Transportes y Comunicaciones
7/06/2019
Publicación Proyecto Rvmn° 268 2005 mtc/03 RV 463-2019-MTC/03 Transportes y Comunicaciones
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones Disponen la publicación del proyecto de la Resolución Viceministerial que modifica la R.VM.Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª parte), a fin de incorporar la nueva canalización de las bandas 1 710 - 1 780 MHz y 2 110 - 2 180 MHz a nivel nacional, y de la banda 3 300 - 3 800 MHz a nivel nacional RV 463-2019-MTC/03 Lima, 3 de julio de 2019 VISTOS: El
Disponen la publicación del proyecto de la Resolución Viceministerial que modifica la R.VM.Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª parte), a fin de incorporar la nueva canalización de las bandas 1 710 - 1 780 MHz y 2 110 - 2 180 MHz a nivel nacional, y de la banda 3 300 - 3 800 MHz a nivel nacional
RV 463-2019-MTC/03
Lima, 3 de julio de 2019
VISTOS:
El Informe Nº 0330-2019-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones y el Informe Nº 002-2019-COMISION_MULTISECTORIAL_
PNAF de la Comisión Multisectorial Permanente del PNAF; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en sus artículos 57 y 58
que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya administración, asignación y control corresponden al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en las condiciones señaladas por la Ley y su Reglamento;
Que, el artículo 199 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, en adelante el Reglamento General, establece que le corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; asimismo el artículo 200 dispone que toda asignación de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalización, el cual es aprobado por resolución viceministerial;
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Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF), documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias, la clasificación de usos del espectro radioeléctrico y las normas técnicas generales para la utilización del espectro radioeléctrico;
Que, por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la planificación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del PNAF, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
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Que mediante la Resolución Viceministerial Nº 456-2011-MTC/03 se aprueba la canalización de las bandas 1
710 - 1 770 MHz y 2 110 - 2 170 MHz;
Que, la Comisión Multisectorial Permanente del PNAF, mediante Informe Nº 002-2019-COMISIÓN
MULTISECTORIAL_PNAF, recomienda modificar las canalizaciones de las bandas de frecuencias 1 710 - 1
780/2 110 - 2 180 MHz e incorporar nuevas canalizaciones en la banda 3 300 - 3 800 MHz, a fin de adecuarlas con las recomendaciones internacionales de la UIT-R de la Unión Internacional de Telecomunicaciones - UIT, para promover la expansión de la tecnología 4G, y establecer las condiciones adecuadas en materia de espectro radioeléctrico para la introducción de la tecnología 5G en el país;
Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante Informe Nº 0330-2019-MTC/26, recomienda la publicación del proyecto de la Resolución Viceministerial que modifica la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª parte), a fin de incorporar la nueva canalización de las bandas 1 710 - 1
780 MHz y 2 110 - 2 180 MHz a nivel nacional, y de la banda 3 300 - 3 800 MHz a nivel nacional; a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;
Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, el literal b) del numeral 5.1 del acápite V de la Directiva Nº 010-2018-MTC/01 "Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos", aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018 MTC/01, establece que mediante Resolución Ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10) días hábiles, salvo que por mandato legal expreso se establezca un plazo diferente; asimismo la citada Directiva, señala en su numeral 6.2.3 que tratándose de proyectos normativos de rango igual a una Resolución Viceministerial, la publicación se aprueba a través de una Resolución Viceministerial;
Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendario, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren
relevantes, siendo aplicable en el presente caso el citado plazo por tratarse de un proyecto normativo relacionado principalmente a equipos para servicios públicos de telecomunicaciones;
Que, en consecuencia, resulta necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución Viceministerial que modifica la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de T elecomunicaciones (1ª parte), a fin de incorporar la nueva canalización de las bandas 1 710 - 1 780 MHz y 2 110 - 2 180 MHz a nivel nacional, y de la banda 3 300 - 3 800 MHz a nivel nacional, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 145-2019-MTC/01; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, y la Directiva Nº 010-2018-MTC/01
"Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos", aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018 MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación Dispóngase la publicación del proyecto de la Resolución Viceministerial que modifica la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª parte), a fin de incorporar la nueva canalización de las bandas 1 710 - 1 780 MHz y 2 110 - 2 180
MHz a nivel nacional, y de la banda 3 300 - 3 800 MHz a nivel nacional, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), a efectos de recibir los comentarios de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del siguiente día hábil de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Viceministerial a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos Nº 1203, Cercado de Lima o vía correo electrónico, en formato Word, a la dirección gblanco@mtc.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES
Viceministra de Comunicaciones
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 463-2019-MTC/03 Disponen la publicación del proyecto de la que modifica la R.VM.Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª parte), a fin de incorporar la nueva canalización de las bandas 1 710 - 1 780 MHz y 2 110 - 2 180 MHz a nivel nacional, y de la banda 3 300 - 3 800 MHz a nivel nacional
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 463-2019-MTC/03
- Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-07-06
- Fecha de aplicacion : 2019-07-07
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