7/21/2019

T Exto Único Procedimientos Administrativos RCCO 093-2019-CCO-UNAJ Instituciones Educativas

Poder Judicial, Instituciones Educativas Aprueban el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional de Juliaca UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA RCCO 093-2019-CCO-UNAJ Juliaca, 21 de marzo de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 009-2019-OPEP/UNAJ de fecha 20 de marzo de y el Acuerdo Nº 173-2019-SE-CCO-UNAJ de Sesión Extraordinaria de Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ, de fecha 21 de marzo de y; CONSIDERANDO: Que,
Poder Judicial, Instituciones Educativas
Aprueban el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional de Juliaca UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA
RCCO 093-2019-CCO-UNAJ
Juliaca, 21 de marzo de 2019
VISTOS:

El Oficio Nº 009-2019-OPEP/UNAJ de fecha 20 de marzo de y el Acuerdo Nº 173-2019-SE-CCO-UNAJ de Sesión Extraordinaria de Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ, de fecha 21 de marzo de y;

CONSIDERANDO:



Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 18, 4to párrafo de la Constitución Política del Estado, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y las leyes.

Que, la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, en su Art.

8, establece que el Estado reconoce la autonomía Universitaria, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable, esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico, concordante con el Art. 10 del Estatuto Universitario de la UNAJ.

Que, el artículo 59º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece: El Consejo Universitario en el presente caso el Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ tiene las siguientes funciones, Numeral 59.3

Aprobar el presupuesto general de la universidad, el plan anual de adquisiciones de bienes y servicios, autorizar los actos y contratos que atañen a la universidad y resolver todo lo pertinente a su economía, concordante con el Art.22.3 del Estatuto Universitario.

Que, la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución", aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece las funciones del Presidente; señalando son funciones del Presidente, literal a) Ejercer la representación legal de la Universidad y de la Comisión Organizadora, literal i) emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; literal j) Otras que, en el ámbito de su competencia, le asigne el MINEDU o aquellas que correspondan al Titular del Pliego en el marco de la normatividad vigente.


Que, en fecha 26 de agosto de 2018, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano", la Resolución del Consejo Directivo Nº 097-2018-SUNEDU/CD, que resuelve en su Artículo Primero: OTORGAR LA LICENCIA
INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional de Juliaca, para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en el Jr. Manco Inca S/n, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno.

Que, mediante Oficio Nº 009-2019-OPEP/UNAJ de fecha 20 de marzo de 2019, suscrito por el Jefe de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto de la UNAJ, Ing. Héctor Percy Pajsi Bautista y el Jefe de la Unidad de Contabilidad de la UNAJ, CPC. Roberto Mullisaca Condori, miembros de la Comisión de Evaluación y Actualización del TUPA de la UNAJ, designados mediante Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 058-2019-CCO-UNAJ, remiten la propuesta del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad Nacional de Juliaca correspondiente al año 2019; por lo que solicitan revisión y aprobación del mismo.

Que, el T exto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA es un documento de gestión que contiene toda la información relacionada a la tramitación de procedimientos que los administrados realizan ante sus distintas dependencias. La Universidad Nacional de Juliaca, elabora el TUPA a fin de contar con un instrumento que permita unificar, reducir y simplificar de preferencia todos los procedimientos (trámites) que permita proporcionar óptimos servicios al usuario.

Que, mediante Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 052-2016-CO-UNAJ, de fecha 08 de abril de 2016, se aprobó el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA), de la Universidad Nacional de Juliaca.

Que, conforme al TUO de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Art. 32.- Calificación de procedimientos administrativos, establece que "Todos los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante las entidades para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, se clasifican conforme a las disposiciones del presente capítulo, en: procedimientos de aprobación automática o de evaluación previa por la entidad, y este último a su vez sujeto, en caso de falta de pronunciamiento oportuno, a silencio positivo o silencio negativo. Cada entidad señala estos procedimientos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, siguiendo los criterios establecidos en el presente ordenamiento".

Que, asimismo el Art. 40 de la misma norma en su numeral 40.3 establece que Los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente.

Que, así también el Art. 44. establece respecto a la Aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos, numeral 44.1 "El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo" y según el numeral 44.2 La norma que aprueba el TUPA se publica en el diario oficial El Peruano.

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), conforme al cual corresponde la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional de Juliaca, mediante Resolución del Titular, establecido en el Art. 18.

Que, asimismo se tiene en los actuados el Informe Técnico Nº 001-2019-CEA/TUPA-UNAJ de fecha 21 de marzo de 2019, emitido por la Comisión de Evaluación y Actualización del TUPA de la UNAJ, que concluye lo siguiente:

1. Actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobado por Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 052-2016-CCO-UNAJ, aprobado el 08 de abril de 2016.

2. Actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos en cumplimiento al Decreto Legislativo Nº 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación Administrativa, conforme al Anexo Nº 01 y al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

3. Exhortar a Secretaría General que realice las coordinaciones necesarias ante RENIEC, SUNARP, PODER JUDICIAL y otras entidades de la Administración Pública para el cumplimiento de lo señalado en el Art. 2
interoperabilidad entre entidades de la Administración Pública.

4. Por lo que expuesto es de opinión, que se derive a la Oficina de Asesoría Jurídica y prosiga con el trámite para su aprobación correspondiente.

Que, asimismo según el Informe Legal Nº047-2019-OAJ-CO-UNAJ de fecha 21 de marzo de 2019, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la UNAJ, Abog. Neil Quiroz Villavicencio, establece que ES PROCEDENTE la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, de la Universidad Nacional de Juliaca.

Que, el Pleno del Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ, en su Sesión Extraordinaria de fecha 21 de marzo de 2019, mediante Acuerdo Nº173-2019-SE-CCO-UNAJ, acordó POR UNANIMIDAD, APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, de la Universidad Nacional de Juliaca, a folios treinta (30).

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, la nueva Ley Universitaria Nº 30220, la Norma Técnica "Disposiciones para la Constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada bajo Resolución Vice Ministerial Nº 088-2017-MINEDU y el Estatuto de la UNAJ;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 052-2016-CO-UNAJ de fecha 08 de abril de 2016, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2016, de la Universidad Nacional de Juliaca.

Artículo Segundo.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2019, de la Universidad Nacional de Juliaca, que a folios treinta (30)
forma parte de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Encargar a Secretaría General de la UNAJ, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" así como en la página web de la Universidad.

Artículo Cuarto.- Disponer el cumplimiento y acatamiento de la presente Resolución a todas las dependencias de la Universidad Nacional de Juliaca.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

FREDDY MARTÍN MARRERO SAUCEDO
Presidente Comisión Organizadora
MADELEINE NANNY TICONA CONDORI
Secretaria General

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCCO 093-2019-CCO-UNAJ Aprueban el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional de Juliaca UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA
  • Numero : 093-2019-CCO-UNAJ
  • Emitida por : Instituciones Educativas - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2019-07-21
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-22

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