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Como Empresa Calificada Efecto Artículo 3 Decreto RM Comercio Exterior y Turismo
8/04/2019
Como Empresa Calificada Efecto Artículo 3 Decreto RM Comercio Exterior y Turismo
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban como empresa calificada, para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa INVERSIONES MIRAFLORES 1 S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "HOTEL IBIS BUDGET MIRAFLORES" RM 275-2019-MINCETUR Lima, 2 de agosto de 2019 Visto, el Oficio Nº 693-2019/PROINVERSIÓN/DSI
Aprueban como empresa calificada, para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa INVERSIONES MIRAFLORES 1 S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "HOTEL IBIS BUDGET MIRAFLORES"
RM 275-2019-MINCETUR
Lima, 2 de agosto de 2019
Visto, el Oficio Nº 693-2019/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el Oficio Nº 4199-2018-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas y el Memorándum Nº 944-2019-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato;
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Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, concordado con el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 973, establece que mediante Resolución Ministerial se precisará, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV;
Que, con fecha 26 de julio de 2019, la empresa INVERSIONES MIRAFLORES 1 S.A.C., celebró, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "HOTEL IBIS
BUDGET MIRAFLORES", en adelante el Proyecto, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, tal y como lo dispone el artículo 3 de la referida norma legal;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Reglamento, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio Nº 4199-2018-EF/13.01, adjunta el Informe Nº 429-2018-EF/61.01 de la Dirección General de Políticas de Ingresos Públicos, el cual opina que procede la aprobación de la lista de servicios y contratos de construcción presentada por la empresa INVERSIONES MIRAFLORES 1 S.A.C., para el acogimiento al Régimen de Recuperación Anticipada del IGV de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 973
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por el Proyecto "HOTEL IBIS BUDGET MIRAFLORES", acompañando el Anexo que contiene el detalle de los servicios y actividades de construcción;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa INVERSIONES MIRAFLORES
1 S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "HOTEL IBIS BUDGET MIRAFLORES", de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado el 26 de julio de 2019.
Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, que el monto de la inversión a cargo de la empresa INVERSIONES
MIRAFLORES 1 S.A.C., asciende a la suma de US$ 8
701,670.00 (Ocho Millones Setecientos Un Mil Seiscientos Setenta con 00/100 Dólares Americanos), a ser ejecutado en un plazo de un (01) año, once (11) meses y cuatro (04)
días, contado desde el 28 de agosto de 2018, fecha de presentación de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Objetivo principal del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en las Cláusulas Primera y Segunda del mismo, y el inicio de las operaciones productivas estará constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto Legislativo.
Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas.
4.1. El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave los servicios y contratos de construcción que se señala en el Anexo de la presente Resolución, y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del Proyecto a que se refiere el Contrato de Inversión. Para determinar el beneficio antes indicado se considerarán los servicios y contratos de construcción que se hubiesen efectuado a partir del 28 de agosto de 2018 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el artículo anterior.
4.2. La Lista de servicios y contratos de construcción se incluirán como anexo al Contrato de Inversión y podrá ser modificada a solicitud de la empresa INVERSIONES
MIRAFLORES 1 S.A.C., de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF.
Artículo 5.- Aprobación de la lista de servicios y contratos de construcción.
Aprobar la lista de servicios y contratos de construcción a favor de la empresa INVERSIONES
MIRAFLORES 1 S.A.C., aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para el acogimiento al Régimen Especial de Recuperación
Anticipada del IGV del Proyecto "HOTEL IBIS BUDGET
MIRAFLORES".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
ANEXO
I. SERVICIOS
1 Servicio de supervisión técnica y auditoría del avance de la obra 2 Servicio de seguridad y vigilancia del terreno 3 Servicio de gerenciamiento del proyecto 4 Servicio contable y de administración 5
Servicios técnicos y afiliación necesarios para la utilización de los sistemas de operación, administración y de reservas de la cadena hotelera operadora 6
Servicio de desarrollo de proyecto arquitectónico, especialidades y diseño interior 7
Servicio de consultoría y asesoría legal para aprobación de permisos y servicios notariales 8 Servicio de equipamiento e instalación de equipo y mobiliario 9 Servicio de capacitación del personal, marketing y lanzamiento del hotel 10 Servicio de desarrollo de habitación modelo 11 Servicio de estudios de mercado 12 Servicio de financiamiento 13 Servicios de suministro de electricidad, agua y telefonía
II. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION VINCULADAS A:
1 Demolición 2 Construcción de edificios
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 275-2019-MINCETUR Aprueban como empresa calificada, para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa INVERSIONES MIRAFLORES 1 S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "HOTEL IBIS BUDGET MIRAFLORES"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 275-2019-MINCETUR
- Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-08-04
- Fecha de aplicacion : 2019-08-05
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