9/22/2019

Transferencias Financieras Favor Proyecto RM 393-2019-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Autorizan transferencias financieras a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín RM 393-2019-PRODUCE Lima, 20 de setiembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 505-2019-PRODUCE/ INNÓVATEPERU.CE de la Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 965-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización,
Poder Ejecutivo, Produce
Autorizan transferencias financieras a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín
RM 393-2019-PRODUCE
Lima, 20 de setiembre de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 505-2019-PRODUCE/ INNÓVATEPERU.CE de la Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 965-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 292-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, y el Informe Nº 796-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal del Pliego 038:

Ministerio de la Producción;

Que, el Decreto Supremo Nº 240-2016-EF, aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 40 000
000,00 (CUARENTA MILLONES CON 00/100 DÓLARES
AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se creó el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, y se señala, entre otros, que tiene como objetivo general impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; así como, establece la fusión por absorción a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida;


Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza durante el Año Fiscal 2019, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, entre otros, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales;
y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que este administra, con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación;

Que, asimismo, la Disposición citada en el considerando precedente, establece que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere dicha disposición se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de la Producción, la cual se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción del convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces;

Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro entre otras, en la partida del gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, por corresponder a ejecución de gastos capital;

Que, el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, mediante el Oficio Nº 505-2019-PRODUCE/INNÓVATE PERU.CE, remite el Informe Nº 084-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERU/ UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, el cual sustenta la necesidad de autorizar las transferencias financieras a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín, hasta por la suma de S/ 719 994,42 (SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y CUATRO Y 42/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinado a cofinanciar los desembolsos a un (01) Proyecto de "Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para el Fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región San Martin", en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE y de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señalando además que se cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar las mencionadas transferencias financieras, lo cual se encuentra acreditado a través de las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 001780 y 001781;

Que, mediante Memorando Nº 965-2019-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe Nº 292-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza transferencias financieras a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín, hasta por la suma de S/ 719 994,42 (SETECIENTOS
DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO
Y 42/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038:

Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal. Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida del Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, destinadas a efectuar los desembolsos referidos;

Que, en consecuencia, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que autoriza las Transferencias Financieras señaladas en el considerando precedente, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE;
y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima
Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 y modificatoria, el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo
Nº 002-2017-PRODUCE;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín señalada en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 719 994,42 (SETECIENTOS DIECINUEVE
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 42/100
SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a cofinanciar los desembolsos a un (01) Proyecto de "Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para el Fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región San Martin", en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE y de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, categoría presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, especifica de gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la referida transferencia financiera, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo Único en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROCIO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 393-2019-PRODUCE Autorizan transferencias financieras a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 393-2019-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-22
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-23

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