9/27/2019

Unidad Inteligencia Análisis Datos (uiad) RPE 655-PE-ESSALUD-2019 Trabajo y Promocion del Empleo

Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Crean la Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos (UIAD), dependiente de la Gerencia General, a cargo de coadyuvar el análisis, integración, difusión y uso de la información resguardada por las unidades de organización de ESSALUD RPE 655-PE-ESSALUD-2019 Lima, 24 de setiembre de 2019 VISTOS: La Carta Nº 5596-GCGP-ESSALUD-de la Gerencia Central de Gestión de las Personas; la Carta Nº 6380-GCPP-ESSALUD-e Informe
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo
Crean la Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos (UIAD), dependiente de la Gerencia General, a cargo de coadyuvar el análisis, integración, difusión y uso de la información resguardada por las unidades de organización de ESSALUD
RPE 655-PE-ESSALUD-2019
Lima, 24 de setiembre de 2019
VISTOS:

La Carta Nº 5596-GCGP-ESSALUD-de la Gerencia Central de Gestión de las Personas; la Carta Nº 6380-GCPP-ESSALUD-e Informe Técnico Nº 243-GOP-GCPP-ESSALUD-de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; la Carta Nº 2176-GCTIC-ESSALUD-de la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones y la Carta Nº 3515-GCAJ-ESSALUD-y el Informe Nº 533-GNAA-GCAJ-ESSALUD-de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), y el artículo 39º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSAELUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, cuya finalidad principal es dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;


Que, en el punto ii) del numeral 3 de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se señala que para lograr una gestión pública moderna orientada a resultados, las entidades deben, entre otros: "Desarrollar y emplear intensivamente tecnologías de información y comunicación (TIC) que permitan acercar los servicios del Estado a los ciudadanos y empresas, y optimizar los procesos de todos y cada uno de los organismos que conforman la Administración Pública";

Que, en el numeral 3.1 de la referida Política se indica como componente de la Gestión Pública orientada a Resultados, entre otros, al Seguimiento, Evaluación y Gestión del conocimiento, en el cual se señala: "Un elemento imprescindible de la gestión por resultados es el proceso continuo de recolección y análisis de datos que tienen como objetivo el seguimiento y monitoreo de los indicadores de insumo, proceso y producto, así como la evaluación de los resultados e impactos de las actividades, programas y proyectos desarrollados por una entidad, con el propósito de mejorar o garantizar la provisión de productos o servicios a los ciudadanos";


Que, el Plan Estratégico Institucional 2017-2021 del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Acuerdo Nº 19-15-ESSALUD-2017 del Consejo Directivo establece como Objetivo Estratégico 2: "Desarrollar una gestión con excelencia operativa";

Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM
modificado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, cuyo objeto es regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado;

Que, en la Décima Disposición Complementaria Final de los citados Lineamientos se establece lo siguiente:
"Décima.- Unidades funcionales.- Excepcionalmente, además de las unidades funcionales que integran la estructura funcional de un programa o proyecto especial, una entidad pública puede conformar una unidad funcional al interior de alguno de sus órganos o unidades orgánicas, siempre que el volumen de operaciones o recursos que gestione así lo justifique, de modo tal de diferenciar las líneas jerárquicas, y alcances de responsabilidad. Su conformación se aprueba mediante resolución de la máxima autoridad administrativa, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, salvo disposición expresa establecida en norma con rango de ley o decreto supremo. Las unidades funcionales no aparecen en el organigrama ni su conformación supone la creación de cargos ni asignación de nuevos recursos. Las líneas jerárquicas, responsabilidades y coordinador a cargo de la unidad funcional se establecen en la citada resolución";

Que, conforme a lo establecido en el artículo artículo 36º del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y modificatorias, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento encargado del planeamiento,
el presupuesto, costos, la organización corporativa y modernización, el planeamiento y evaluación de inversiones, el sistema estadístico institucional y la generación de información gerencial, coordinando en el ámbito de su competencia con los órganos centrales y desconcentrados, entidades y organismos públicos;

Que, asimismo, de acuerdo al literal h) del artículo 45º del precitado Texto Actualizado la Gerencia de Organización y Procesos de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, tiene la función de:
"Proponer los cambios organizacionales y normativos que permitan una optimización y fl exibilización de la estructura orgánica de la Institución, así como los documentos de gestión institucional, que correspondan al ámbito de su competencia";

Que, en el marco de sus competencias la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto propone la creación de la Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos (UIAD), adjuntando como sustento el Informe Técnico Nº 243-GOP-GCPP-ESSALUD-en donde concluye que: "4.1 La Gerencia de Gestión de la Información es competente para presentar la propuesta de la conformación de la "Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos", que permitirá consolidar y presentar información a la Alta Dirección para apoyar la toma de decisiones, realizar evaluaciones de resultados y acciones de seguimiento; 4.2 La gran cantidad de información existente y el expertise requerido para el análisis, integración, difusión y uso de la información resguardada por las unidades de organización de ESSALUD es alta y compleja, motivo por el cual es conveniente la creación de la ´Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos´ sea una unidad funcional, en tanto cumple con las disposiciones establecidas en los ´Lineamientos de Organización del Estado´ y la Carta Circular Nº 0019-GCPP-ESSALUD-2019. De esa manera, se han propuesto responsabilidades, el órgano del que dependen y otras disposiciones para facilitar su implementación; 4.3 Se ha creado el fondo financiero Nº 003709 ´Sistema de Inteligencia y Análisis de Datos´ en el sistema SAP (...) y brindará el financiamiento requerido para el funcionamiento de la UIAD; 4.4 La Gerencia Central de Gestión de las Personas, remitirá a la Gerencia General el proyecto de resolución de cambio de denominación de cargo de la plaza y activación presupuestal, para su suscripción, de acuerdo al documento de la referencia b); y 4.5 De acuerdo a los incisos c) y d) del artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia de la Presidencia Ejecutiva emitir el acto resolutivo que conforma la ´Unidad de Inteligencia de Datos´";

Que, con Carta Nº 5596-GCGP-ESSALUD-de fecha 10 de setiembre de 2019, la Gerencia Central de Gestión de las Personas señala que se cuenta con una plaza del cargo Jefe de Unidad (nivel E6) perteneciente a la Red Prestacional Rebagliati;

Que, Carta Nº 2176-GCTIC-ESSALUD-de fecha 12 de setiembre de 2019, la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones brinda opinión favorable a la creación de la Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos;

Que, con Carta e Informe de Vistos la Gerencia Central de Asesoría Jurídica considera viable la propuesta de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto sobre la creación de la Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos (UIAD), sustentada por el citado órgano mediante Informe Técnico Nº 243-GOP-GCPP-ESSALUD-2019, con opinión favorable de la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones mediante Carta Nº 2176-GCTIC-ESSALUD-y la precisión de la plaza por parte de la Gerencia Central de Gestión de Personas con Carta Nº 5596-GCGP-ESSALUD-2019, en el marco de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, y en concordancia con los alcances del Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y el Plan Estratégico Institucional 2017-2021 del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Acuerdo Nº 19-15-ESSALUD-2017 del Consejo Directivo; debiendo formalizarse por Resolución de Presidencia Ejecutiva;

Que, de conformidad a lo establecido en los literales b) y c) del artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Presidente Ejecutivo es competente para organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Institución; así como aprobar la estructura orgánica y funcional de ESSALUD;

Con los vistos de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia Central de Gestión de las Personas, de la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones, de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica y la Gerencia General;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas;

SE RESUELVE:



1. CREAR la Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos (UIAD), dependiente de la Gerencia General, a cargo de coadyuvar el análisis, integración, difusión y uso de la información resguardada por las unidades de organización de ESSALUD, de manera que se mejore la toma de decisiones de los órganos de Alta Dirección de la Institución; la cual es responsable de:
a. Recoger y analizar los datos e información producida por las unidades de organización de ESSALUD, en el marco de la normatividad que regula la materia.
b. Desarrollar acciones que permitan centralizar, estructurar e integrar la información producida por la institución, haciendo uso de tecnologías de información y comunicaciones provenientes de la inteligencia de datos, inteligencia de negocios, y otras afines.
c. Proponer y monitorear la ejecución de las estrategias y actividades necesarias para el análisis, integración y uso de la información que resguardan las unidades de organización de ESSALUD.
d. Elaborar y proponer normas, protocolos y documentos que permitan normalizar la inteligencia y análisis de datos en ESSALUD.
e. Realizar otras responsabilidades que le asigne la Gerencia General.

2. DISPONER que las Gerencias Centrales de Planeamiento y Presupuesto, Prestaciones de Salud, Operaciones, Tecnologías de Información y Comunicaciones, Seguros y Prestaciones Económicas, Gestión Financiera, Atención al Asegurado y la Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización asignen al personal que brindará soporte al ejercicio de las responsabilidades atribuidas a la Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos (UIAD), en un plazo máximo de quince (15) días útiles.

3. ENCARGAR a la Gerencia Central de Gestión de las Personas, Gerencia Central de Logística y otros Órganos Centrales la adopción de las acciones necesarias para la operatividad de la Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos (UIAD), con sujeción a la disponibilidad presupuestal y en concordancia con la normatividad vigente.

4. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial el Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud - ESSALUD (www.essalud.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial el Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FIORELLA G. MOLINELLI ARISTONDO
Presidenta Ejecutiva
ESSALUD

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPE 655-PE-ESSALUD-2019 Crean la Unidad de Inteligencia y Análisis de Datos (UIAD), dependiente de la Gerencia General, a cargo de coadyuvar el análisis, integración, difusión y uso de la información resguardada por las unidades de organización de ESSALUD
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
  • Numero : 655-PE-ESSALUD-2019
  • Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-27
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-28

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