11/28/2019
Artículo 1 Rj 226 2019 ana 262-2019-ANA Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Modifican el artículo 1 de la R.J. Nº 226-2019-ANA RJ 262-2019-ANA Lima, 27 de noviembre de 2019 VISTO: El Oficio Nº 1796-2019-MINAGRI-SG de la Secretaria General del Ministerio de Agricultura y Riego; el Memorando Nº 3851-2019-ANA-OPP-UDP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 1021-2019-ANA-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante
Modifican el artículo 1 de la R.J. Nº 226-2019-ANA
RJ 262-2019-ANA
Lima, 27 de noviembre de 2019
VISTO:
El Oficio Nº 1796-2019-MINAGRI-SG de la Secretaria General del Ministerio de Agricultura y Riego; el Memorando Nº 3851-2019-ANA-OPP-UDP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 1021-2019-ANA-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 372-2018-ANA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal del Pliego 164:
Autoridad Nacional del Agua;
Que, la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019", autoriza a las entidades del sector agricultura a realizar transferencias financieras con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para financiar el desarrollo de intervenciones en materia agraria;
innovación agraria, gestión de agua, gestión forestal y de fauna silvestre, sanidad e inocuidad agroalimentaria, acceso al mercado; saneamiento físico legal para la formalización de la propiedad agraria y otras acciones prioritarias de la Política Nacional Agraria; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular de la entidad, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o la que hagas sus veces en la entidad y se publica en el diario oficial El Peruano;
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Que, mediante Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA
publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de octubre del 2019, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua, hasta por la suma total de S/ 1 977,394.00 (Un millón novecientos setenta y siete mil trescientos noventa y cuatro y 00/100 soles) con cargo a la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados, a favor de la Unidad Ejecutora 006: Programa Subsectorial de Irrigación - PSI, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, para el financiamiento de la ejecución de seis actividades de limpieza y mantenimiento de cauce de las provincias de Tumbes, Piura y Zarumilla, de los departamentos de Tumbes y Piura;
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Que, con documento del Visto, la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, remite el Informe Nº 505-2019-MINAGRI-SG-OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto, que recomienda modificar la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, en cuanto al ámbito de intervención de las actividades de limpieza y mantenimiento de cauce a favor del departamento de Lambayeque, indicando que el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 014:MINAG - Binacional Puyango - Tumbes del Pliego 013:MINAGRI, hizo de conocimiento que actualmente se vienen ejecutando actividades de encauzamiento y limpieza de ríos en las provincias de Zarumilla y Tumbes, del departamento de Tumbes, las cuales fueron comprendidas en la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, por lo que la Unidad Ejecutora 006:PSI ya no entraría a intervenir en dichos ámbitos;
Que, asimismo el citado informe refiere que el PSI
a través del Informe Nº 033-2019-MINAGRI-PSI-OPPS-RJM propone la reasignación de recursos aprobado con Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, a fin de habilitar recursos a favor del departamento de Lambayeque, el cual se encuentra dentro de su ámbito de intervención con la finalidad de reducir los potenciales estragos de los eventos ordinarios y extraordinarios a causa de precipitaciones fl uviales y estacionales;
Que, con documento del Visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto otorga conformidad a la modificación solicitada por el MINAGRI, por lo que solicita realizar el trámite respectivo de aprobación, remitiendo para tal efecto, el proyecto de resolución jefatural correspondiente;
Que, mediante el Informe Legal de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal en cuanto a la procedencia de la propuesta de modificación de la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, a través de la emisión de la Resolución Jefatural respectiva, concluyendo que la misma resulta legalmente viable;
Que, en consecuencia, resulta necesario modificar el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, a fin de precisar que el ámbito de ejecución de las actividades de limpieza y mantenimiento de cauce serán ejecutadas en el departamento de Lambayeque, en sustitución de las provincias de Tumbes y Zarumilla, del departamento de Tumbes;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01; la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, Con los vistos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las facultades previstas en el inciso h) del Artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, el cual quedará redactado en los siguientes términos:
"Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA, hasta por la suma total de S/ 1 977 394,00 (Un millón novecientos setenta y siete mil trescientos noventa y cuatro y 00/100
soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Unidad Ejecutora 006: Programa Subsectorial de Irrigación - PSI, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, para el financiamiento de la ejecución de las actividades de limpieza y mantenimiento de cauce en los departamentos de Piura y Lambayeque, que se enmarca en la Política Nacional Agraria, en el marco de la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019", según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución."
Artículo 2.- Mantener vigente la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Jefatural al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, para conocimiento y fines.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua - ANA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMARILDO FERNANDEZ ESTELA
Jefe Autoridad Nacional del Agua
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 262-2019-ANA Modifican el artículo 1 de la R.J. Nº 226-2019-ANA
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 262-2019-ANA
- Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-11-28
- Fecha de aplicacion : 2019-11-29
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