Inicio
Últimas normas legales
Décima Modificación Contrato Concesión RM 337-2019-MINEM/DM Energia y Minas
11/10/2019
Décima Modificación Contrato Concesión RM 337-2019-MINEM/DM Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban Décima Modificación al Contrato de Concesión para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión cuyo titular es CONELSUR L T S.A.C. RM 337-2019-MINEM/DM Lima, 4 de noviembre de 2019 VISTOS: El Expediente Nº 14002193 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión de 220 kV C.H. Huinco - S.E. Santa Rosa; la solicitud
Aprueban Décima Modificación al Contrato de Concesión para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión cuyo titular es CONELSUR L T S.A.C.
RM 337-2019-MINEM/DM
Lima, 4 de noviembre de 2019
VISTOS: El Expediente Nº 14002193 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión de 220 kV
C.H. Huinco - S.E. Santa Rosa; la solicitud de modificación de la mencionada concesión definitiva, presentada por CONELSUR LT S.A.C. (en adelante, CONELSUR);
y, los Informes Nº 454-2019-MINEM/DGE-DCE y Nº 474-2019-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad y el Informe Nº 1044-2019-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 031-95-EM, publicada el 7 de mayo de 1995, se otorga a la Empresa de Generación Eléctrica de Lima S.A. - EDEGEL S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para diversas líneas de transmisión que figuran en el Expediente Nº 14002193, entre las cuales se encuentra la Línea de Transmisión de 220 kV C.H. Huinco - S.E. Santa Rosa, aprobándose
el Contrato de Concesión Nº 055-95 (en adelante, la
TAMBIEN PUEDES VER: Rm 020 2018 mincetur Aprobó Operaciones Hoteleras 394-2019-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
CONCESIÓN);
Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2005-EM, publicada el 9 de enero de 2005, se aprueba la primera modificación a la CONCESIÓN, modificándose el recorrido de algunos tramos de las Líneas de Transmisión localizadas en zonas urbanas, por cuanto debajo de ellas existen construcciones;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 070-2006-EM, publicada el 15 de noviembre de 2006, se aprueba la segunda modificación a la CONCESIÓN, a fin de variar el recorrido de algunos tramos de las Líneas de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa - S.E. Santa Rosa, C.H.
Callahuanca - S.E. Huachipa y C.H. Callahuanca - S.E. Huampani, C.H. Moyopampa - S.E. Salamanca y C.H. Moyopampa - S.E. Balnearios, localizadas en zonas urbanas, por cuanto debajo de ellas existen construcciones;
MAS NORMAS LEGALES: Montos Cartas Fianzas Pólizas Caución Deben RAD 0117-2019-APN-DIR Autoridad Portuaria Nacional
Que, mediante Resolución Suprema Nº 020-2008-EM, publicada el 11 de abril de 2008, se aprueba la tercera modificación a la CONCESIÓN, a fin de variar el recorrido de un tramo de la Línea de Transmisión de 60 kV C.H.
Moyopampa - S.E. Santa Rosa, localizada en zona urbana, por cuanto debajo de ella existen construcciones;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 035-2010-EM, publicada el 24 de marzo de 2010, se aprueba la cuarta modificación a la CONCESIÓN, a fin de variar el recorrido de un tramo de la Línea de Transmisión de 60 kV C.H.
Moyopampa - S.E. Salamanca y C.H. Moyopampa - S.E.
Balnearios, localizada en zona urbana, por cuanto debajo de ella existen construcciones;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 043-2010-EM, publicada el 22 de junio de 2010, se aprueba la quinta modificación a la CONCESIÓN de EDEGEL S.A.A. (antes, EDEGEL S.A.), a fin de transferir la concesión de la Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Callahuanca - S.E.
Huanza a favor de la Empresa de Generación Huanza S.A., creándose un nuevo Contrato de Concesión Nº 055-95-A y un nuevo Expediente con Nº 14002193-A;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 023-2012-EM, publicada el 9 de febrero de 2012, se aprueba la sexta modificación a la CONCESIÓN, a fin de modificar el plazo de ejecución de las obras, así como su correspondiente Cronograma de Ejecución de Obras;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 003-2014-EM, publicada el 18 de enero de 2014, se aprueba la séptima modificación a la CONCESIÓN, a fin de regularizar las obras del proyecto "Desplazamiento de Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa - S.E. Salamanca y C.H. Moyopampa - S.E. Balnearios";
Que, mediante Resolución Suprema Nº 016-2014-EM, publicada el 8 de abril de 2014, se aprueba la octava modificación a la CONCESIÓN, a fin de modificar el trazo del recorrido de las líneas entre la torre 40 de la Línea de Transmisión de doble terna L-2008 y L-2009, y la S.E.
Cajamarquilla y la torre 42 de la línea de doble terna L-2014 y L-2015;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 474-2016-MEM/DM, publicada el 16 de noviembre de 2016, se aprueba la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en diversas líneas de transmisión, entre las cuales se encuentra la Línea de Transmisión de 220
kV C.H. Huinco - S.E. Santa Rosa, así como de las respectivas servidumbres, que efectúa EDEGEL S.A.A.
a favor de CONELSUR, quien asume los derechos y obligaciones del CONTRATO respecto de dichas líneas de transmisión;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 406-2016-MEM/DM, publicada el 24 de noviembre de 2016, se aprueba la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en las Líneas de Transmisión de 220 kV S.E. Callahuanca - S.E. Cajamarquilla y S.E. Cajamarquilla - S.E. Chavarría, así como de las respectivas servidumbres, que efectúa EDEGEL S.A.A. (ahora, Enel Generación Perú S.A.A.)
a favor de CONELSUR, quien asume los derechos y obligaciones del CONTRATO respecto de dichas líneas de transmisión;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 518-2017-MEM/DM, publicada el 14 de diciembre de 2017, se aprueba la novena modificación a la CONCESIÓN, a fin de variar el trazo del recorrido Línea de Transmisión de 60 kV S.E. Moyopampa - S.E. Balnearios (L-6060) en el tramo comprendido entre sus estructuras P85b - Torre 87, para efectuar una derivación a la S.E. Salamanca y tener como resultado dos (2) tramos: S.E. Moyopampa - S.E.
Salamanca (L-6060) y S.E. Salamanca - S.E. Balnearios (L-6068);
Que, mediante carta GG-061-2019, Registro Nº 2969618, de fecha 19 de agosto de 2019, CONELSUR
solicita la modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV C.H. Huinco - S.E.
Santa Rosa, a fin de variar el tramo comprendido entre sus estructuras T87 (T87N_E) - T91(T91N), para efectuar una derivación a la S.E. Carapongo y tener como resultado dos (2) tramos: C.H. Huinco - T87N_E (L-2001/2002) y T91N
- S.E. Santa Rosa (L-2701/2702). Esta modificación está ubicada en el distrito de Lurigancho-Chosica, provincia y departamento de Lima;
Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la solicitud de la décima modificación de la CONCESIÓN, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en esta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modificaciones, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modificatorias, la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Décima Modificación al Contrato de Concesión Nº 055-95, para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV C.H. Huinco - S.E. Santa Rosa, cuyo titular es CONELSUR LT S.A.C., modificándose el Anexo Nº 2, los literales d) y f) del Anexo Nº 4 y el Anexo Nº 5, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Décima Modificación al Contrato de Concesión Nº 055-95 y la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Décima Modificación al Contrato de Concesión Nº 055-95
en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de CONELSUR LT S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 337-2019-MINEM/DM Aprueban Décima Modificación al Contrato de Concesión para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión cuyo titular es CONELSUR L T S.A.C.
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 337-2019-MINEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-11-10
- Fecha de aplicacion : 2019-11-11
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- febrero 2025 (63)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)