Inicio
Últimas normas legales
Otorgan Plazo Extraordinario Proyecto Especial RM 0406-2019-MINAGRI Agricultura y Riego
11/23/2019
Otorgan Plazo Extraordinario Proyecto Especial RM 0406-2019-MINAGRI Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Otorgan plazo extraordinario al Proyecto Especial Chinecas para ejecutar inspecciones oculares a que se refiere el Reglamento para la Venta de Terrenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación RM 0406-2019-MINAGRI Lima, 20 de noviembre de 2019 VISTO: El Oficio Nº 476-2019-GRA-P.E.CHINECAS/G.G, del Gerente General (e) del Proyecto Especial CHINECAS, sobre ampliación de plazo para la realización
Otorgan plazo extraordinario al Proyecto Especial Chinecas para ejecutar inspecciones oculares a que se refiere el Reglamento para la Venta de Terrenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación
RM 0406-2019-MINAGRI
Lima, 20 de noviembre de 2019
VISTO:
El Oficio Nº 476-2019-GRA-P.E.CHINECAS/G.G, del Gerente General (e) del Proyecto Especial CHINECAS, sobre ampliación de plazo para la realización de las diligencias de inspección ocular en los procedimientos derivados de la aplicación de la Ley Nº 28042, ampliada por la Ley Nº 28841 y el Informe Legal Nº 1166-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28042, Ley que Amplía los Alcances de la Ley Nº 27887, modificada por la Ley Nº 28841, facultó a los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y de Irrigación para que procedan a adjudicar de manera directa en lotes no mayores a cinco hectáreas, las tierras eriazas y habilitadas de su propiedad, que al 28 de julio de 2001, hayan estado en posesión continua, pacífica y pública por un plazo mínimo de un año, de agricultores con fines agropecuarios, en las que se haya realizado de manera permanente actividades agropecuarias;
Que, el artículo 30 del Reglamento para la Venta de Terrenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación - Leyes 27887 y 28042, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-VIVIENDA,
TAMBIEN PUEDES VER: Convocan Fiscal Asuma Cargo Segundo Miembro RE 0203-2019-JNE JNE
establece que presentada la solicitud, la Comisión de Adjudicación señalada en el artículo 8 de ese Reglamento realiza una inspección ocular en el terreno, en el día y hora que determina, con el objeto de constatarse la actividad agropecuaria a la que está dedicado el terreno, así como la posesión pacífica y pública del solicitante, disponiéndose en el artículo 32 que la inspección ocular se realiza dentro del plazo de sesenta (60) días calendario, contados desde el vencimiento del plazo de presentación de las solicitudes de adjudicación;
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 009-2014-MINAGRI, se estableció el plazo extraordinario máximo de ciento ochenta (180) días hábiles, contados desde la vigencia de dicho Decreto Supremo, para que las Comisiones de Adjudicación de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación, constituidos en virtud del artículo 8 del Reglamento para la Venta de T errenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación - Leyes 27887 y 28042, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-VIVIENDA, puedan efectuar las inspecciones oculares a que se refiere el artículo 30 del mencionado Reglamento, prosiguiéndose con el trámite hasta la emisión del pronunciamiento respectivo;
MAS NORMAS LEGALES: Transferencia Financiera Favor Fondo RJ 241- 2019-INDECI Instituto Nacional de Defensa Civil
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 009-2014-MINAGRI, facultó al Ministerio de Agricultura y Riego, en su calidad de ente rector del saneamiento físico legal de la propiedad agraria, para ampliar el plazo de las inspecciones oculares, de ser estrictamente necesario;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0292-2017-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de julio de 2017, y Resolución Ministerial Nº 0124-2018-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de marzo de 2018, se otorgó al Proyecto Especial CHINECAS, el plazo extraordinario de 180 días calendario, y de 90 días hábiles, respectivamente, para que a través de la Comisión de Adjudicación constituida al amparo del artículo 8 del Reglamento para la Venta de Terrenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación - Leyes 27887 y 28042, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-VIVIENDA, puedan ejecutar las inspecciones oculares a que se refiere el artículo 30 del citado Reglamento;
Que, mediante el documento del Visto, el Gerente General (e) del Proyecto Especial CHINECAS, solicita una tercera ampliación de plazo de hasta ciento ochenta (180) días hábiles para la realización de las inspecciones oculares pendientes, sustentado en que debido a los procesos de reorganización interna de las asociaciones (elecciones, reuniones, juntas de asociados, etc), las coordinaciones con los directivos para la obtención de los datos actualizados de sus asociados generaron un marcado retraso, perjudicando las inspecciones oculares; además de los contratiempos generados por sectores inmersos en tráfico de tierras que se oponían a la formalización, lo cual ha sido revertido a través de una labor de acercamiento con los posesionarios, quienes requieren de la inspección ocular para avanzar en sus procesos de adjudicación; sin embargo el tiempo no alcanzó para su realización y concluir así con el proceso de adjudicación de tierras dispuesto por la Ley Nº 27887, modificada por la Ley Nº 28841;
Que, la situación de fuerza mayor invocada por el funcionario solicitante, justifica el otorgamiento, al Proyecto Especial CHINECAS, de un nuevo plazo para la realización de las inspecciones oculares en los procedimientos derivados de las solicitudes de adjudicación al amparo de la Ley Nº 28042, modificada por la Ley Nº 28841, estimándose que el nuevo plazo debe ser de ciento ochenta (180) días hábiles, a fin que la Comisión de Adjudicación pueda disponer del plazo necesario para culminar las citadas diligencias de inspección ocular;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley Nº 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgamiento de plazo extraordinario al Proyecto Especial CHINECAS
Otorgar al Proyecto Especial CHINECAS el plazo extraordinario de ciento ochenta (180) días hábiles, a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, para que, a través de la Comisión de Adjudicación constituida al amparo del artículo 8 del Reglamento para la Venta de Terrenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación - Leyes 27887 y 28042, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-VIVIENDA, ejecute las inspecciones oculares a que se refiere el artículo 30 del citado Reglamento.
Artículo 2.- Notificación La Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria notificará con la presente Resolución al Gobierno Regional de Ancash, al Proyecto Especial CHINECAS y al representante del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisión de Adjudicación del referido Proyecto Especial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Ministro de Agricultura y Riego
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0406-2019-MINAGRI Otorgan plazo extraordinario al Proyecto Especial Chinecas para ejecutar inspecciones oculares a que se refiere el Reglamento para la Venta de Terrenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0406-2019-MINAGRI
- Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-11-23
- Fecha de aplicacion : 2019-11-24
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)