11/15/2019
Rm 465 2019 in Delegó Facultades Atribuciones 1727-2019-IN Interior
Poder Ejecutivo, Interior Modifican la R.M. Nº 465-2019-IN, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio RM 1727-2019-IN Lima, 14 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se define las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios
Modifican la R.M. Nº 465-2019-IN, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio
RM 1727-2019-IN
Lima, 14 de noviembre de 2019
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se define las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, concordado con el artículo 7 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, establece que el Ministro del Interior es la más alta autoridad política del Sector y es el Titular del Pliego Presupuestario, siendo responsable de su conducción;
Que, asimismo conforme a lo establecido en el inciso aa) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Ministro ejerce las funciones que le asigna la Constitución Política del Perú y las leyes, pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado;
TAMBIEN PUEDES VER: Desaprueban Plan Adecuación Presentado RCD 145-2019-SUNEDU/CD OEFA
Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que las entidades pueden delegar su competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 465-2019-IN, se delega, en diversas materias, facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio del Interior;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2019-IN
publicado el 30 de agosto de en el Diario Oficial El Peruano, se declaró de interés nacional el objeto de la contratación de adquisición de un avión y dos helicópteros de gran envergadura para recuperar la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú y se autorizó la contratación de Estado a Estado para la adquisición de los citados bienes;
MAS NORMAS LEGALES: Transferencia Financiera Favor Corporación RM 1046-MTC/01 Transportes y Comunicaciones
Que, el artículo 2 del referido cuerpo normativo autoriza al Ministerio del Interior a emitir los actos necesarios para la formalización de la contratación de Estado a Estado;
Que, con fecha 23 de octubre de 2019, se suscribió el Contrato EE Nº 001-2019/MININTER-STE-3-178-K/ KE-19, suscrito entre EECE "Spetstechnoexport" y el Ministerio del Interior, para la adquisición de un avión modelo An-178, para la Policía Nacional del Perú;
Que, de acuerdo al marco normativo expuesto precedentemente, atendiendo a la estructura orgánica del Ministerio del Interior y con el propósito de viabilizar la contratación de Estado a Estado, resulta conveniente modificar la Resolución Ministerial Nº 465-2019-IN, a fin de delegar la facultad de suscribir las Cartas de Crédito Documentario, así como sus adendas en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior;
Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración y Finanzas y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN y el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 465-2019-IN, a fin de incorporar en el numeral 3.2 del artículo 3, el literal e) conforme al siguiente detalle:
"Artículo 3º- Delegar en el/la directora/a General de la Oficina General de Administración y Finanzas, las siguientes facultades y atribuciones en el ámbito de su competencia:
3.2 En materia administrativa (...)
e) Suscribir Cartas de Crédito Documentario, así como sus adendas."
Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 465-2019-IN de fecha 26 de marzo de 2019.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental la notificación de la presente Resolución a la Oficina General de
Administración y Finanzas del Ministerio del Interior, para los fines pertinentes.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 1727-2019-IN Modifican la R.M. Nº 465-2019-IN, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 1727-2019-IN
- Emitida por : Interior - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-11-15
- Fecha de aplicacion : 2019-11-16
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- enero 2025 (63)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)