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Transferencia Financiera Programa Generación RM 283-2019-TR Trabajo y Promocion del Empleo
11/21/2019
Transferencia Financiera Programa Generación RM 283-2019-TR Trabajo y Promocion del Empleo
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público RM 283-2019-TR Lima, 20 de noviembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 499-2019-MTPE/3, del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Informe Nº 299-2019-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Informe Nº 1325-2019-TP/DE/UGPPME-CFPP,
Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público
RM 283-2019-TR
Lima, 20 de noviembre de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 499-2019-MTPE/3, del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Informe Nº 299-2019-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Informe Nº 1325-2019-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe Nº 259-2019-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio Nº 946-2019-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; el Memorando Nº 1373-2019-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 2727-2019-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR y modificatorias, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema y/o afectada parcial o íntegramente por una emergencia o desastre natural, de acuerdo a la información que proporcione el organismo rector competente;
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Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR y modificatorias, establece que, el objetivo del referido Programa se cumple con el financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica intensivos en mano de obra no calificada (MONC)
presentados, entre otros, por los gobiernos regionales y gobiernos locales; así como, con el financiamiento de actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC) ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia;
MAS NORMAS LEGALES: Rj 132 2018 fondepes/j Mediante Cual Creó Comité 155-2019-FONDEPES/J Produce
Que, el literal b) del artículo 7 del acotado Manual, establece como una de las modalidades de acceso al Programa a los proyectos "No Concursables", la cual contempla la selección de proyectos a través de un Comité Especial, de acuerdo a los Lineamientos que para este fin apruebe el Programa, en los cuales, entre otros aspectos, se establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos correspondientes.
Esta modalidad considera la ejecución de proyectos, en casos excepcionales, de infraestructura básica, social y económica, para la generación de empleo en situaciones de desastres naturales, emergencias, entre otras;
Que, el artículo 29 del referido Manual, dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores;
Que, el numeral iii) del literal a) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa, a favor de gobiernos regionales y locales, estableciendo el inciso 16.2 del citado artículo que dichas transferencias deben ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego, publicada en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 004-se establecen medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público, en cuyo numeral 2.2 del artículo 2 se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1 008 927 132,00 (Mil Ocho Millones Novecientos Veintisiete Mil Ciento Treinta y Dos y 00/100 Soles), a favor de diversos pliegos incluidos en el Anexo 2 "Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia a favor de las entidades del Gobierno Nacional", el cual forma parte integrante de dicha norma;
Que, el citado Anexo 2 del referido Decreto de Urgencia señala los pliegos habilitados y los montos de transferencia por pliego, correspondiendo al Pliego 012:
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la suma de S/ 10 395 055,00 (Diez Millones Trescientos Noventa y Cinco Mil Cincuenta y Cinco y 00/100 Soles), de la cual corresponde a la Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", la suma de S/ 10 346 635,00 (Diez Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 00/100
Soles), para realizar la "Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión";
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 257-2019-TR
se aprueba la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2019, que autoriza una transferencia de partidas por un monto de S/ 10 395
055,00 (Diez Millones Trescientos Noventa y Cinco Mil Cincuenta y Cinco y 00/100 Soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales S/ 10 346 635,00 (Diez Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles)
corresponden a la Actividad 5001253: "Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión";
Que, mediante Resolución Directoral Nº 114-2019-TP/DE se aprueba el "Cronograma de Actividades para Proyectos No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-04, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 004-2019", conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 01 que forma parte de dicha Resolución Directoral, y a la "Relación de los proyectos financiados en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-04, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 004-2019" (Anexo Nº 02);
Que, a través del Informe Nº 299-2019-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP, la Unidad Gerencial de Proyectos solicita a la Dirección Ejecutiva el inicio del trámite de emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia financiera para el pago del Aporte Total del Programa que asciende a S/ 10 346 635,00 (Diez Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles) a favor de organismos ejecutores del sector público que han suscrito once (11)
convenios de ejecución de proyectos, en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-04, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 004-2019, con los cuales se estima generar 778 empleos temporales;
Que, mediante Informe Nº 1325-2019-TP/DE/ UGPPME-CFPP, la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación remite la Certificación del Crédito Presupuestario Nº 1119-2019, por el monto de S/ 10 346 635,00 (Diez Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles), con cargo a los recursos autorizados mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2019; y, considera procedente que se efectúe la transferencia financiera para el pago del aporte total del Programa de los once (11) convenios de ejecución de proyectos suscritos con los organismos ejecutores en el marco de la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-04, cuyo importe total asciende al monto señalado anteriormente, para lo cual se requiere la emisión de la resolución ministerial conforme a lo dispuesto en el numeral iii) del literal a) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
Que, mediante Informe Nº 259-2019-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera que corresponde solicitar la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia financiera antes descrita;
Que, con Memorando Nº 1373-2019-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego adjunta el Informe Nº 580-2019-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe Nº 302-2019-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, a través de los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada;
Que, en mérito a lo expuesto y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 2727-2019-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;
Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, de la Unidad Gerencial de Promoción, y de la Unidad Gerencial de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR
y modificatoria; y el numeral iii) del literal a) del inciso 16.1
y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de once (11) convenios de ejecución de proyectos, en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-04, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 004-2019, por el importe total de S/ 10 346 635,00 (Diez Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob. pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 283-2019-TR Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 283-2019-TR
- Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-11-21
- Fecha de aplicacion : 2019-11-22
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