12/11/2019

Modelos Definitivos Cédulas Sufragio Votación RJ 000263-2019-JN/ONPE Oficina Nacional de Procesos

Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales Aprueban modelos definitivos de cédulas de sufragio para votación manual y para votación electrónica, correspondientes a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 RJ 000263-2019-JN/ONPE Lima, 10 de diciembre del 2019 VISTOS: el Oficio Nº 06139-2019-SG/JNE, de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 000053-2019-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe
Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales
Aprueban modelos definitivos de cédulas de sufragio para votación manual y para votación electrónica, correspondientes a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020
RJ 000263-2019-JN/ONPE
Lima, 10 de diciembre del 2019
VISTOS: el Oficio Nº 06139-2019-SG/JNE, de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones;
el Informe Nº 000053-2019-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 001314-2019-SGOE-GGE/ONPE, de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral; el Memorando Nº 003162-2019-GITE/ONPE, de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, el Informe Nº 000837-2019-SGPEL-GITE/ONPE, de la Sub Gerencia de Proyectos Electorales de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral; el Informe Nº 000213-2019-GG/ ONPE, de la Gerencia General; así como, el Informe Nº 000465-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Mediante Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, el Presidente de la República disolvió el Congreso de la República y convocó, para el domingo 26 de enero de 2020, a elecciones para un nuevo Congreso que complete el periodo constitucional 2016-2021;

Según el artículo 37 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares. Ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución Política, la presente Ley y su Ley Orgánica, Ley Nº 26487 (LOONPE);


El artículo 159 de la LOE, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de la cédula de sufragio, su impresión y distribución, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector;

En cumplimiento de la normativa antes citada, mediante la Resolución Jefatural Nº 000239-2019-JN/ONPE, se aprobó el diseño de la Cédula de Sufragio para votación manual y votación electrónica con sus especificaciones técnicas, correspondientes a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; presentado en Acto Público de fecha 20 de noviembre de 2019, conforme con lo dispuesto por el artículo 165 de la LOE;


Los diseños presentados fueron objeto de recomendación por la representante de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones, conforme se advierte del contenido del Acta Notarial que ha sido remitida por la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas a través del Memorando Múltiple Nº 000021-2019-GCRC/ONPE; así como del Oficio Nº 566-2019-DCGI/ JNE de la Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, que adjunta el Informe Nº 031-2019- ATP/DNFPE/JNE, recomendando realizar precisiones a los diseños de las cédulas de sufragio antes señalados;

Por su parte, los artículos 167 y 168 de la LOE
establecen que los personeros acreditados pueden
REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB
en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@
editoraperu.com.pe.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula ante el Jurado Nacional de Elecciones. Estas deben ser presentadas por escrito dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a que se refiere el artículo 165 antes mencionado. Resueltas las impugnaciones o reclamaciones formuladas, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y el procedimiento que debe seguirse;

Al respecto, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones por Oficio Nº 06139-2019-SG/JNE, de fecha 02 de diciembre de 2019, hace de conocimiento de la ONPE que —luego de conocer los informes de los 26 Jurados Electorales Especiales instalados a la fecha, de las oficinas desconcentradas del JNE y de la mesa de partes de Servicios al Ciudadano—,no se ha presentado ninguna impugnación contra el diseño de la cédula de sufragio para votación manual y votación electrónica aprobado mediante Resolución Nº 000239-2019-JN/
ONPE;

Dicho esto, a través del Informe Nº 000053-2019-GGE/ONPE, la Gerencia de Gestión Electoral hace de conocimiento de la Gerencia General los modelos definitivos y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio —para la votación manual y electrónica—, de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, incorporando en lo pertinente lo recomendado por la representante del Jurado Nacional de Elecciones;

Asimismo, por Informe Nº 000213-2019-GG/ONPE, la Gerencia General presentó a la Jefatura Nacional la propuesta del modelo definitivo y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio —para la votación manual y electrónica— respecto del presente proceso electoral, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; por lo que, resulta necesario emitir la Resolución Jefatural que las apruebe;

De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g)
y h) del artículo 5 de la LOONPE; así como en los literales o) y s) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000246-2019-JN/
ONPE;

Con los visados de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Gestión Electoral y, de Informática y Tecnología Electoral;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula de sufragio para votación manual, correspondiente a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, cuyo formato aparece en los Anexos Nº 2 (Anverso y Reverso) y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula para votación electrónica, correspondiente a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, cuyo formato aparece en los Anexos Nº 4, 5 y 6, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 3, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de los personeros de las Organizaciones Políticas participantes, el contenido de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL FRANCISCO COX GANOZA
Jefe (i)
ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
DEL MODELO DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE
VOTACIÓN MANUAL PARA LAS ELECCIONES
CONGRESALES EXTRAORDINARIAS 2020
1. MEDIDAS:

1.1 El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 15.00 cm. de ancho x 21.00 cm. de largo y de acuerdo al número de organizaciones políticas participantes; el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 32.00 cm.

2. ANVERSO:

2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo centrado el texto: "ELECCIONES CONGRESALES
EXTRAORDINARIAS 2020", en letras de color negro dividido en dos líneas. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va impreso en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 Instrucciones para el Elector: se muestran dos recuadros en fondo gris, el primero lleva el texto:
"ORGANIZACION POLITICA", y debajo: "MARQUE
CON UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL
RECUADRO DEL SIMBOLO DE SU PREFERENCIA". El segundo recuadro lleva el texto: "VOTO PREFERENCIAL"
y debajo: "SI DESEA COLOQUE DENTRO DE LOS
RECUADROS UNO O DOS NUMEROS DE LOS
CANDIDATOS DE SU PREFERENCIA", en letras negras.

2.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 22
filas con la participación de 22 organizaciones políticas.

Cada fila presenta un fondo con trama de color plomo con las siglas: "JNE ONPE RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:

2.3.1 Nombre de la organización política, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.3.2 Símbolo de la organización política impreso a full color, seguido de dos recuadros para el voto preferencial, al lado derecho, cada uno de estos tres recuadros de borde negro en fondo de color blanco.

3. PIE DE PÁGINA:

3.1 En la esquina inferior izquierda se muestra un código de barras impreso en color negro; en el extremo opuesto, el nombre del departamento, también en color negro.

4. REVERSO:

4.1 Fondo de color gris, con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC" caladas en blanco, de forma diagonal y repetida de manera uniforme sobre el área del fondo.

4.2 El encabezado muestra el siguiente texto:
"ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS
2020", dividido en dos líneas en letras de color negro. En un segundo bloque: "ORGANISMOS ELECTORALES", "JNE - ONPE - RENIEC", uno debajo del otro en letras de color negro. Inmediatamente después el Escudo Nacional, impreso en color negro.

4.3 Se ha consignado el Título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisan en dos líneas las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL
PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS
PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES
EN EL ACTO DE INSTALACION", en letras de color negro.

4.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo se ubica el área asignada para las firmas de los personeros de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

El diseño de cédula publicado mide 15.00 cm. de ancho x 32.00 cm. de largo, es de formato vertical a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.

ANEXO Nº 3
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE VOTACIÓN
ELECTRÓNICA PARA LAS ELECCIONES
CONGRESALES EXTRAORDINARIAS 2020
1. MEDIDAS:

1.1 La cédula de votación electrónica será visualizada en la superficie de un dispositivo electrónico con una dimensión mínima de 10 pulgadas en diagonal.

2. DESCRIPCIÓN:

2.1 CONGRESISTAS
El cuerpo de la cédula se encuentra subdividido en tres secciones, de acuerdo al siguiente detalle:

2.1.1 Encabezado: Conformado por el texto "ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS
2020" en letras de color negro y fondo blanco. El Escudo Nacional va en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.1.2 Instrucciones para el elector: Lleva el texto:
"PRESIONE SOBRE EL SIMBOLO U OPCION DE SU
PREFERENCIA", en letras de color blanco y fondo de color negro.

2.1.3 Cuerpo de la cédula: Cada una de las secciones o celdas presenta 2 partes claramente diferenciadas:

2.1.3.1 Nombres de las organizaciones políticas, voto en blanco y voto nulo en letras de color negro y en fondo de color gris.

2.1.3.2 Opción de respuesta: Símbolos de las organizaciones políticas a todo color; voto en blanco y voto nulo en letras de color negro al lado derecho, cada una dentro de un recuadro de fondo blanco.

Para efectos de la publicación, y de acuerdo a la cantidad de organizaciones políticas, se han considerado dos opciones de diseño:
a. Anexo 4, el diseño será con fondo de color gris, a una columna cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea menor a 10.
b. Anexo 5, el diseño será con fondo de color gris, a dos columnas cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea igual o mayor a 10.

2.1.4 Pie de página: Consta de una franja horizontal en fondo color gris claro, en donde se visualiza un recuadro con fondo de color verde con el texto: "SIGUIENTE" en letras de color blanco.

2.2 VOTOS PREFERENCIALES
El cuerpo de la pantalla de los votos preferenciales se encuentra subdividido en cuatro secciones, de acuerdo al siguiente detalle:

2.2.1 Parte superior: Consta de una franja horizontal en fondo de color blanco, en donde se visualiza un recuadro de color rojo con el texto: "REGRESAR" en letras de color blanco.

2.2.2 Encabezado: Conformado por el texto "VOTO
PREFERENCIAL" en letras de color negro y fondo blanco.

2.2.3 Instrucciones para el elector: Lleva el texto: "SI
DESEA PRESIONE UNO O DOS NUMEROS DE SU
PREFERENCIA O EL BOTON VERDE "SIGUIENTE""
en letras de color blanco y fondo de color negro.

2.2.4 En el cuerpo: Cada una de las secciones o celdas presenta 2 partes claramente diferenciadas (ver anexo 6):

2.2.4.1 Nombre de la organización política seleccionada en letras de color negro con fondo de color gris, el símbolo a todo color y dos recuadros con fondo blanco.

2.2.4.2 Opción de respuesta: Los números de los candidatos preferenciales en letras de color negro, cada una dentro de un recuadro de fondo gris. El número de recuadros varía de acuerdo al distrito electoral.

2.2.5 Pie de página: Consta de una franja horizontal en fondo color gris claro, en donde se visualiza un recuadro con fondo de color azul acero con el texto: "BORRAR" en letras de color blanco y un recuadro con fondo de color verde con el texto: "SIGUIENTE" en letras de color blanco.

Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:

1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.

2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.

3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.

4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 000263-2019-JN/ONPE Aprueban modelos definitivos de cédulas de sufragio para votación manual y para votación electrónica, correspondientes a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 000263-2019-JN/ONPE
  • Emitida por : Oficina Nacional de Procesos Electorales - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2019-12-11
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-12

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