12/20/2019

Res 184 2019 concytec p RP 242-2019-CONCYTEC-P Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion

Organismos Tecnicos Especializados, Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica Modifican la Res. Nº 184-2019-CONCYTEC-P RP 242-2019-CONCYTEC-P Lima, 18 de diciembre de 2019 VISTOS: La Resolución de Presidencia Nº 184-2019-CONCYTEC-P de fecha 23 de octubre de 2019, el Informe Nº 281-2019-FONDECYT-USM de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, y el Informe Nº 173-2019-CONCYTEC-ETAJ-UEFONDECYT-DAHB de la Oficina General de
Organismos Tecnicos Especializados, Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica
Modifican la Res. Nº 184-2019-CONCYTEC-P
RP 242-2019-CONCYTEC-P
Lima, 18 de diciembre de 2019
VISTOS: La Resolución de Presidencia Nº 184-2019-CONCYTEC-P de fecha 23 de octubre de 2019, el Informe Nº 281-2019-FONDECYT-USM de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, y el Informe Nº 173-2019-CONCYTEC-ETAJ-UEFONDECYT-DAHB de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, y;

CONSIDERANDO:



Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1)
autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país.

Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;


Que, mediante el Proveído Nº 052-2019-FONDECYT-DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el
otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, a favor de los ganadores del concurso del Esquema Financiero EF-023 denominado "Programas de Maestría en Universidades Peruanas", para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 049-2019-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar los desembolsos solicitados;


Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 148-2019-CONCYTEC-P publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de octubre de 2019, se aprobó el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas y la transferencia financiera a favor de una entidad pública, por la suma total de S/ 772,982.74 (Setecientos Setenta y Dos Mil Novecientos Ochenta y Dos y 74/100 Soles), siendo que en su artículo 1 se precisa un desembolso a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, por el importe de S/ 112,500.00 (Ciento Doce Mil Quinientos y 00/100 Soles), en el marco del Convenio de Gestión
Nº 229-2015-FONDECYT;

Que, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, mediante Informe Nº 281-2019-FONDECYT-USM de fecha 20 de noviembre de 2019, el cual cuenta con el visto de la Dirección Ejecutiva de dicha Unidad Ejecutora, señala que la Resolución de Presidencia Nº 184-2019-CONCYTEC-P
incluye el monto correspondiente a la segunda promoción de la Maestría en Informática Biomédica en Salud Global, ejecutada por la Universidad Peruana Cayetano Heredia, en virtud del Convenio de Gestión Nº 229-2015-FONDECYT, precisando que al haberse reducido la cantidad de becarios de dicho programa, dicha entidad no necesitaría mayores fondos, por lo que solicita que se modifique la anotada Resolución a efectos de excluir el citado desembolso;

Que, por su parte, mediante Informe Nº 173-2019-CONCYTEC-ETAJ-UEFONDECYT-DAHB de fecha 17 de diciembre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, señala que, en función a lo informado por la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, resulta viable la aprobación de la modificación propuesta, agregando que se debe emitir la Resolución de Presidencia respectiva;

Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley Nº 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva Nº 003-2018-CONCYTEC-OGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", y su modificatoria efectuada mediante Resolución de Presidencia Nº 092-2019-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia
Nº 116-2018-CONCYTEC-P;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución de Presidencia Nº 184-2019-CONCYTEC-P de fecha 23 de octubre de 2019, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa, el cual queda redactado en los siguientes términos:
"Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera a favor de una entidad pública y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 660,482.74 (Seiscientos Sesenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos y 74/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente:

Nº Tipo Proyecto o Programa Denominación Institución Nº de Convenio o Contrato Monto Total del desembolso en Soles
S/ 1
Transferencias financieras Programa Maestría en Biotecnología Molecular Universidad Nacional de Tumbes 190-2015 92,063.00
2
Subvenciones a personas jurídicas Programa Maestría en Informática Biomédica en Salud Global Universidad Peruana Cayetano Heredia 229-2015 225,340.00
3 Programa Maestría en Sanidad Acuícola Universidad Peruana Cayetano Heredia 230-2015 103,874.94
4 Programa Maestría en Sanidad Acuícola Universidad Peruana Cayetano Heredia 230-2015 239,204.80
TOTAL 660,482.74 (...)"
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO
Presidenta

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RP 242-2019-CONCYTEC-P Modifican la Res. Nº 184-2019-CONCYTEC-P
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
  • Numero : 242-2019-CONCYTEC-P
  • Emitida por : Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-12-20
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-21

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