Inicio
Últimas normas legales
Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 385-2019-EF Economia y Finanzas
12/27/2019
Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 385-2019-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Pliegos Gobiernos Regionales DS 385-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Pliegos Gobiernos Regionales
DS 385-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 1 654 483 336,00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES
CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS
TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar, entre otros, lo dispuesto en los literales a) y b) del citado numeral, referidos al pago de la remuneración íntegra mensual de los profesores, así como las asignaciones temporales y demás derechos, beneficios y conceptos remunerativos correspondientes a los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, y al pago de la diferencia de jornada de los profesores que acceden a los cargos de las Áreas de Gestión Pedagógica, de Gestión Institucional y de Formación Docente establecidos en la Ley Nº 29944; así como el pago de encargaturas en el marco de la Ley Nº 29944 para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las Áreas de Desempeño Laboral establecidas en el artículo 12 de la referida Ley, respectivamente, disponiéndose adicionalmente en el numeral 31.3 del citado artículo 31, que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación, a solicitud de esta última;
TAMBIEN PUEDES VER: Resolución Dispuso Exclusión Candidato Distrito RE 0494-2019-JNE Organismos Autonomos
Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe Nº 01196-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, existen recursos para financiar el pago de la diferencia de jornada laboral y asignación por cargo de los profesores designados en los cargos de director y subdirector de Instituciones Educativas y de los especialistas en educación de las Unidades de Gestión Educativa Local y de las Direcciones Regionales de Educación, así como el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo para los profesores encargados en cargos de mayor responsabilidad; en virtud de lo cual, con Oficio Nº 283-2019-MINEDU/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a una transferencia de partidas;
MAS NORMAS LEGALES: Resolución Resolvió Excluir Candidato Congreso RE 0515-2019-JNE Organismos Autonomos
Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos mediante Memorando Nº 1791-2019-EF/53.04 e Informe Nº 1089-2019-EF/53.04, ha determinado que el monto a transferir a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, asciende a la suma de
S/ 14 225 494,00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS
VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar el pago de la diferencia de jornada laboral y asignación por cargo de los profesores designados en los cargos de director y subdirector de Instituciones Educativas y de los especialistas en educación de las Unidades de Gestión Educativa Local y de las Direcciones Regionales de Educación, así como el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo para los profesores encargados en cargos de mayor responsabilidad;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010:
Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 14
225 494,00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS
VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en los literales a)
y b) del numeral 31.1 y el numeral 31.3 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 14 225 494,00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO
MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100
SOLES), del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de la diferencia de jornada laboral y asignación por cargo de los profesores designados en los cargos de director y subdirector de Instituciones Educativas y de los especialistas en educación de las Unidades de Gestión Educativa Local y de las Direcciones Regionales de Educación, así como el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo para los profesores encargados en cargos de mayor responsabilidad, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 128 754,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la educación laboral y técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 10 096 740,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 14 225 494,00
============
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 12 429 808,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva PRODUCTO 3000790 : Personal contratado oportunamente ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en instituciones educativas inclusivas, centros de educación básica especial y centros de recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 169 731,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 130 713,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la educación laboral y técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 249 459,00
ACTIVIDAD 5000681 : Desarrollo del ciclo avanzado de la educación básica alternativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 203 049,00
ACTIVIDAD 5000683 : Desarrollo del ciclo intermedio de la educación básica alternativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 42 734,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 14 225 494,00
===========
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por pliego se detallan en el Anexo 1 "Transferencia para financiar el pago de la diferencia de jornada laboral y asignación por cargo de los profesores designados en los cargos de director y subdirector de Instituciones Educativas y de los especialistas en educación de las Unidades de Gestión Educativa Local y de las Direcciones Regionales de Educación" y el Anexo 2 "Transferencia para financiar el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo para los profesores encargados en cargos de mayor responsabilidad", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA
Ministra de Educación
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 385-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Pliegos Gobiernos Regionales
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 385-2019-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-12-27
- Fecha de aplicacion : 2019-12-28
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- noviembre 2024 (20)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)