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Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 397-2019-EF Economia y Finanzas
12/29/2019
Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 397-2019-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Autoridad para la Reconstrucción con Cambios DS 397-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Autoridad para la Reconstrucción con Cambios
DS 397-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM
se aprueba el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, al que se refiere la Ley Nº 30556;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, autoriza, excepcionalmente, a las entidades del Gobierno Nacional, de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los saldos de libre disponibilidad según proyección al cierre del año fiscal de su presupuesto institucional asignados a las intervenciones del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios en consistencia con los cronogramas de ejecución, a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, previo informe favorable de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (RCC), para el financiamiento de intervenciones de dicho plan; precisándose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Economía y Finanzas, a propuesta de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (RCC);
TAMBIEN PUEDES VER: Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 391-2019-EF Economia y Finanzas
MAS NORMAS LEGALES: Nombran Servidores Contratados Bajo Régimen RM 453-2019-PCM PCM
Que, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante los Oficios Nºs 783, 1315, 1495 y 1624-2019-RCC/DE, solicita una Transferencia de Partidas a favor del pliego Presidencia de Consejo de Ministros - Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los saldos de libre disponibilidad del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud de doscientos cincuenta y un (251) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de
S/ 189 308 882,00 (CIENTO OCHENTA Y NUEVE
MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC con cargo a los saldos de libre disponibilidad de doscientos cincuenta y un (251) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas y en la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 189 308 882,00 (CIENTO
OCHENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHO
MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC con cargo a los saldos de libre disponibilidad de doscientos cincuenta y un (251) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE 1 : Recursos Ordinarios
FINANCIAMIENTO
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 32 406 283,00
FUENTE DE 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de FINANCIAMIENTO Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 156 902 599,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 189 308 882,00
============
A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia de Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC
CATEGORÍA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no PRESUPUESTAL resultan en Productos ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales FUENTE DE 1 : Recursos Ordinarios
FINANCIAMIENTO
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 32 406 283,00
FUENTE DE 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de FINANCIAMIENTO Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 156 902 599,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 189 308 882,00
============
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el numeral 1.1, se encuentra en el Anexo: "Transferencia de Partidas a favor del Pliego Presidencia de Consejo de Ministros - Autoridad para la Reconstrucción con Cambios", que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitadores y habilitado en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 397-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Autoridad para la Reconstrucción con Cambios
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 397-2019-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-12-29
- Fecha de aplicacion : 2019-12-30
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