5/30/2020
Transferencia Financiera Recursos Favor Programa RM 114-2020-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto PNUD 99416 - ID 102705 "Gestión territorial del Desarrollo" RM 114-2020-PCM Lima, 27 de mayo de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 434-2002-PCM se aprueba la suscripción del Convenio de Administración de Fondos, entre la Presidencia del Consejo
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto PNUD 99416 - ID 102705 "Gestión territorial del Desarrollo"
RM 114-2020-PCM
Lima, 27 de mayo de 2020
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 434-2002-PCM se aprueba la suscripción del Convenio de Administración de Fondos, entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, con el propósito de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia para la implementación de actividades orientadas a brindar asistencia técnica y profesional para el Proceso de Modernización y Descentralización de la Gestión del Estado;
Que, en virtud al referido Convenio se viene ejecutando el Programa de "Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado", destinado a fortalecer la capacidad técnica y administrativa para la modernización del Poder Ejecutivo, el mismo que tiene prórroga vigente hasta el 31 de diciembre del 2021; en el cual está comprendido el Proyecto PNUD 99416 - ID
102705 "Gestión territorial del Desarrollo";
Que, la Décima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros aprobar transferencias financieras a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con el objetivo de continuar con la ejecución del Programa de "Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado", precisando que las citadas transferencias se realizan mediante resolución del titular del pliego o a quien este delegue, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, resolución que se publica en el diario oficial El Peruano;
TAMBIEN PUEDES VER: Reglamento Decreto Legislativo 1280 DS 008-2020-VIVIENDA Vivienda Construccion y Saneamiento
Que, el artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 039-2019, establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria que contribuyan a la ejecución del gasto público en los años fiscales 2019 y 2020, y aprueban otras medidas, precisa que la devolución de los saldos no utilizados de los recursos transferidos por las entidades, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de los organismos internacionales, se realiza una vez culminada la ejecución objeto de los convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de T esorería;
MAS NORMAS LEGALES: Conceden Gracia Presidencial Conmutación Pena RS 129-2020-JUS Justicia y Derechos Humanos
Que, mediante Memorando Nº D000011-2020-PCM-PNUD99416, el Director Nacional PNUD del Proyecto PNUD 99416 - ID 102705 "Gestión territorial del Desarrollo"
solicita la transferencia de recursos financieros a favor del PNUD, para la ejecución del Plan de Trabajo suscrito por la Representante Residente del PNUD y el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, mediante Informe D000149-2020-PCM-OGPP, la Oficina General de Planificación y Presupuesto emite opinión favorable para el trámite de la transferencia financiera de recursos a favor del PNUD para la ejecución del Proyecto PNUD 99416 - ID 102705
"Gestión territorial del Desarrollo", el mismo que cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0626, por el importe de S/ 4'064,256.00 (Cuatro millones sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta y seis con 00/100 soles), con cargo a la Meta 0032 "Gestión normativa, técnica y operativa de la Secretaría de Descentralización", por la Fuente de Financiamiento: 1
Recursos Ordinarios y Específica de Gasto 2.4.1.2.1.99
A Otros Organismos Internacionales, para financiar las
actividades del referido Proyecto previstas para el año 2020;
Que, en ese sentido resulta necesario autorizar la transferencia financiera de recursos a favor del PNUD, conforme a lo dispuesto en la Décima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
Con la visación de las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina General de Administración;
y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto PNUD
99416 - ID 102705 "Gestión territorial del Desarrollo" por el importe de hasta S/ 4'064,256.00 (Cuatro millones sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta y seis con 00/100 soles), de acuerdo al Plan de Trabajo suscrito por la Representante Residente del PNUD y el Presidente del Consejo de Ministros.
Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará a la Unidad Ejecutora 003: Secretaría General - PCM del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo a la Meta 0032 "Gestión normativa, técnica y operativa de la Secretaría de Descentralización", por la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios - Rubro: 00
Recursos Ordinarios y Específica de Gasto 2.4.1.2.1.99 A
Otros Organismos Internacionales.
Artículo 3.- De conformidad con la Décima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 y el artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 039-2019, la devolución de los saldos no utilizados de los recursos transferidos, se realiza una vez culminada la ejecución objeto de los convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de T esorería.
Artículo 4.- Notificar la presente Resolución al Director Nacional PNUD del Proyecto PNUD 99416 - ID 102705
"Gestión territorial del Desarrollo" y a la Oficina de Asuntos Financieros de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que en mérito a sus competencias realicen el trámite y seguimiento respectivo.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en la misma fecha, en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 114-2020-PCM Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto PNUD 99416 - ID 102705 "Gestión territorial del Desarrollo"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 114-2020-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-05-29
- Fecha de aplicacion : 2020-05-30
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- septiembre 2024 (54)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)