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Aplicación Informática (software) en Casa Yo RM 113-2020-MINAM Ambiente
6/25/2020
Aplicación Informática (software) en Casa Yo RM 113-2020-MINAM Ambiente
Poder Ejecutivo, Ambiente Aprueban la aplicación informática (software) "En casa yo reciclo" así como sus términos y condiciones de uso RM 113-2020-MINAM Lima, 22 de junio de 2020 VISTOS; el Memorando Nº 00282-2020-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00283-2020-MINAM/VMGA/DGECIA, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Informe Nº 00182-2020-MINAM/ VMGA/DGECIA/DECA, de la Dirección de Educación
Aprueban la aplicación informática (software) "En casa yo reciclo" así como sus términos y condiciones de uso
RM 113-2020-MINAM
Lima, 22 de junio de 2020
VISTOS; el Memorando Nº 00282-2020-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00283-2020-MINAM/VMGA/DGECIA, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Informe Nº 00182-2020-MINAM/ VMGA/DGECIA/DECA, de la Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental; el Memorando Nº 00957-2020-MINAM/SG/OGA, de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 00304-2020-MINAM/SG/ OGA/OTIC, de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Informe Nº 000216-2020-MINAM/ SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, con Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio del Ambiente, el cual establece dentro de las funciones de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, la de promover la implementación de acciones de educación, cultura y ciudadanía ambiental, en el ámbito de su competencia, en coordinación con las entidades competentes, según corresponda;
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Que, a través de la Resolución de Secretaría General Nº 050-2018-MINAM, se aprueba la Directiva Nº 010-2018-MINAM/SG, denominada "Desarrollo, Uso y Administración de Software en el Ministerio del Ambiente", cuya finalidad es proporcionar software de calidad y de forma oportuna a todos los órganos y unidades orgánicas
del Ministerio del Ambiente, así como a sus programas y proyectos especiales, en lo que corresponda, para el cumplimiento de las funciones encomendadas;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1412, se aprueba la Ley de Gobierno Digital, que tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;
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Que, en el artículo 34 del Decreto Legislativo 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, modificado por el Decreto Legislativo 1501, se establece que la segregación de residuos de gestión municipal y no municipal es obligatoria y debe realizarse en la fuente de generación;
Que, la Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental ha elaborado el Informe Nº 00182-2020-MINAM/VMGA/DGECIA/ DECA, mediante el cual se señala que, en el Perú se generan diariamente 20 mil toneladas de residuos sólidos municipales aproximadamente, de los cuales sólo el 1% se valoriza; es decir, sólo en dicho porcentaje son reaprovechados y sirven a una finalidad útil al sustituir a otros materiales o recursos en los procesos productivos;
Que, asimismo, en el citado informe se señala que, para incrementar el porcentaje de residuos sólidos aprovechables para su valorización, y por ende elevar la cultura del reciclaje, es necesario promover cambios en los hábitos y comportamientos de la ciudadanía a través de acciones de educación y comunicación ambiental, así como la implementación de "puntos limpios" por parte de las municipalidades y entidades públicas y privadas para la correcta disposición de los residuos sólidos aprovechables. En este contexto, resulta importante dotar a la ciudadanía de herramientas que permitan su participación informada y activa en la valorización de los residuos sólidos aprovechables, contribuyéndose de esa manera a incrementar la cultura del reciclaje;
Que, en ese sentido, la mencionada dirección propone la aprobación de la aplicación informática (software) "En casa yo reciclo", así como de sus términos y condiciones de uso. Dicha herramienta digital, de descarga gratuita y voluntaria, contempla un sistema automatizado y masivo de puntos de acopio de residuos sólidos aprovechables, que tiene como objetivo fomentar la participación informada y activa de la ciudadanía para promover la cultura del reciclaje, utilizando medios digitales desde su ubicación;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; de la Oficina General de Administración; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM; el Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM; y, el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la aplicación informática (software) "En casa yo reciclo" así como sus términos y condiciones de uso, que como anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Encargar la implementación de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Oficina General de Administración del Ministerio del Ambiente, en el marco de sus competencias.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 113-2020-MINAM Aprueban la aplicación informática (software) "En casa yo reciclo" así como sus términos y condiciones de uso
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 113-2020-MINAM
- Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-06-24
- Fecha de aplicacion : 2020-06-25
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