7/14/2020

Liberación Variedad Maíz Amarillo Amiláceo RJ 0083-2020-INIA Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban la liberación de la variedad de maíz amarillo amiláceo denominada "INIA 623 - CUMBEMAINO" RJ 0083-2020-INIA Lima, 10 de julio de 2020 VISTO: El Oficio Nº 23-2020-MINAGRI-INIA-DDTA-SDPA-PNM/CN del Coordinador del Programa Nacional de Maíz; el Informe Nº 0054-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/SDPIA de la Subdirección de Promoción de la Innovación Agraria y sus antecedentes; el Oficio Nº 166-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/D de la Dirección
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Aprueban la liberación de la variedad de maíz amarillo amiláceo denominada "INIA 623 - CUMBEMAINO"
RJ 0083-2020-INIA
Lima, 10 de julio de 2020
VISTO: El Oficio Nº 23-2020-MINAGRI-INIA-DDTA-SDPA-PNM/CN del Coordinador del Programa Nacional de Maíz; el Informe Nº 0054-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/SDPIA de la Subdirección de Promoción de la Innovación Agraria y sus antecedentes; el Oficio Nº 166-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/D de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria; y el Informe Nº 0139-2020-MINAGRI-INIA-GG/ OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 0009-2020-INIA de fecha 10 de enero de 2020, se aprueba
la liberación de la nueva variedad de maíz amiláceo amarillo denominado "INIA 623 - CANCHERO PROLÍFICO";

Que, por Notificación S/N (Expediente Nº0002056-2019/ DIN) de fecha 19 de febrero de 2020, la Coordinadora de Conocimientos Colectivos y Variedades Vegetales de la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) informa al Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), lo siguiente:
"(...) se ha verificado que la denominación propuesta "INIA

623 - CANCHERO PROLÍFICO" para la variedad vegetal solicitada, podría inducir a error o prestarse a confusión al hacer uso de un nombre relacionado al nombre común de la especia Zea mays L., asimismo el término prolífico podría inducir a error o prestarse a confusión sobre las características, el valor o la identidad de la variedad, en consecuencia: Sírvase proponer una nueva denominación, la cual deberá cumplir con las disposiciones señaladas en el artículo 13 de la Decisión 345 y el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 035-2011-PCM (...)";

Que, con Oficio Nº 018-2020-MINAGRI-INIA/Rep. de fecha 26 de marzo de 2020, la Representante del INIA ante el INDECOPI informa a la Coordinadora de Conocimientos Colectivos y Variedades Vegetales de la DIN del INDECOPI
que la nueva propuesta de denominación de la variedad vegetal es "INIA 623 - CUMBEMAINO";


Que, a través de la Notificación S/N (Expediente Nº0002056-2019/DIN) de fecha 25 de junio de 2020, la DIN del INDECOPI indica que: "(...) Téngase por cumplido lo requerido a través del mandato de fecha 19 de febrero de y téngase presente "INIA 623 - CUMBEMAINO"
como denominación propuesta de la variedad vegetal materia de la presente solicitud, y continúese el trámite conforme a su estado (...)";

Que, con Oficio Nº 23-2020-MINAGRI-INIA-DDTA-SDPA-PNM/CN de fecha 03 de julio de 2020, el Coordinador del Programa Nacional de Maíz informa a la Subdirección de Productos Agrarios (SDPA) de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario (DDTA) que ante la observación del INDECOPI al nombre originario de la variedad de maíz amiláceo amarillo "INIA 623 - Canchero Prolífico", en coordinación con el Dr. Teodoro Narro León, Especialista del Programa Nacional de Maíz en la Estación Experimental Agraria Baños del Inca, se ha propuesto como alternativa la denominación de "INIA 623 - CUMBEMAINO", el mismo que ha sido aceptado por el INDECOPI, por lo que solicita realizar los trámites necesarios a fin que, en la Resolución Jefatural para su liberación, sea considerado el nuevo nombre de la variedad;

Que, mediante Informe Nº 0054-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/SDPIA de fecha 08 de julio de 2020, la Subdirección de Promoción de la Innovación Agraria (SDPIA) de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (DGIA) remite el Informe Nº 020-2020-MINAGRI-INIA/DGIA-SDPIA/ APIA/ADPGG a través del cual la Especialista del Área de Promoción de la Innovación y la Propiedad Intelectual (APIA) señala lo siguiente: i) La propuesta de denominación de la variedad de maíz amarillo amiláceo: INIA 623 -
CUMBEMAINO presentada a la DIN del INDECOPI, se da en cumplimiento de las disposiciones señaladas en el artículo 13 de la Decisión 345 y el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 035-2011-PCM; ii) en base a lo descrito en los antecedentes y análisis del presente informe, se considera pertinente dejar sin efecto el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 009-2020-INIA, que autoriza la liberación de la variedad de maíz amarillo amiláceo con el nombre de "INIA 623 - CANCHERO PROLÍFICO", en vista que esta denominación ha sido desestimada por el INDECOPI, y no se encuentra considerada en los registros de gestión para su inscripción en el RNVVP; en su lugar, se encuentra aceptada la nueva denominación propuesta como: "INIA
623 - CUMBEMAINO", manteniéndose lo demás según expediente técnico presentado; y, iii) la nueva variedad de maíz amarillo amiláceo INIA 623 - CUMBEMAINO, constituye una opción tecnológica para mejorar la productividad del maíz amiláceo en los departamentos de Cajamarca, Ancash y Amazonas, por su buen rendimiento, calidad de grano y suave al tostado. Con un ciclo vegetativo entre 165 a 180 días. Entre sus principales características morfológicas se puede mencionar su forma cónica y el color de grano amarillo intenso. Número de mazorcas /planta (Prolificidad) de 1,5. Entre sus principales características de rendimiento productivo: Potencial hasta 4 t/ha y Comercial hasta 2,8 t/ha, con un índice de rentabilidad superior (143,80%) frente a la variedad testigo (101,91%), y con menor riesgo de variabilidad en rendimiento y variaciones de costo por los altos índices de productividad obtenidos;
por ello concluye que, corresponde dejar sin efecto el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 0009-2020-INIA, y autorizar la liberación o lanzamiento del nuevo cultivar o variedad mejorada de maíz amarillo amiláceo con su nueva denominación: "INIA 623 - CUMBEMAINO", debiendo efectuarse a través de la respectiva Resolución Jefatural de liberación, según "Directiva de Generación y Lanzamiento de Variedades o Cultivares del INIA", aprobada con Resolución Jefatural Nº138-2016-INIA;

Que, en ese sentido, mediante Oficio Nº 166-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/D de fecha 08 de julio de 2020, la DGIA propone a la Jefatura del INIA la emisión de la Resolución Jefatural que apruebe la liberación de la variedad del maíz amarillo amiláceo denominado "INIA
623-CUMBEMAINO", recomendándose dejar sin efecto el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº009-2020-INIA;
asimismo, indica que la variedad maíz amarillo amiláceo "INIA
623 - CUMBEMAINO" constituye una opción tecnológica, entre otros, para mejorar la productividad del maíz amiláceo en los departamentos de Cajamarca, Ancash y Amazonas, por su buen rendimiento, calidad de grano y suave al tostado;

Que, a través del Informe Nº 0139-2020-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 09 de julio de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, considerando los informes técnicos sustentatorios y el pronunciamiento del INDECOPI, opina que se apruebe la liberación de la variedad de maíz amarillo amiláceo denominado "INIA 623 - CUMBEMAINO", y se deje sin efecto el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 0009-2020-INIA de fecha 10 de enero de 2020;

Con las visaciones de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- APROBAR la liberación de la variedad de maíz amarillo amiláceo denominada "INIA 623 - CUMBEMAINO", sustentada en el Expediente Técnico que obra adjunto y forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 0009-2020-INIA de fecha 10 de enero de 2020, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 3.- DISPONER la difusión de la variedad de maíz amarillo amiláceo "INIA 623 - CUMBEMAINO", el cual estará a cargo de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la Estación Experimental Agraria Baños del Inca.

Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web institucional de la entidad (www.inia.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MAICELO QUINTANA
Jefe Instituto Nacional de Innovación Agraria

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 0083-2020-INIA Aprueban la liberación de la variedad de maíz amarillo amiláceo denominada "INIA 623 - CUMBEMAINO"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 0083-2020-INIA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-07-13
  • Fecha de aplicacion : 2020-07-14

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