9/26/2020

Acuerdo Entre República Perú Japón Referido DS 034-2020-RE Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Ratifican el Acuerdo entre la República del Perú y Japón referido al "Programa de Desarrollo Económico y Social" DS 034-2020-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Acuerdo entre la República del Perú y Japón referido al "Programa de Desarrollo Económico y Social" fue formalizado mediante intercambio de notas, Nota RE (MIN) Nº 6-18/17 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú del 21 de julio de
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Ratifican el Acuerdo entre la República del Perú y Japón referido al "Programa de Desarrollo Económico y Social"
DS 034-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que el Acuerdo entre la República del Perú y Japón referido al "Programa de Desarrollo Económico y Social"
fue formalizado mediante intercambio de notas, Nota RE (MIN) Nº 6-18/17 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú del 21 de julio de 2020, y Nota Nº 0-1A/137/20 de la Embajada del Japón del 21 de julio de 2020;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

Que es conforme con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, que facultan al Presidente de la República para celebrar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:



Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la República del Perú y Japón referido al "Programa de Desarrollo Económico y Social", formalizado mediante intercambio de notas, Nota RE (MIN) Nº 6-18/17 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú del 21 de julio de 2020, y Nota Nº 0-1A/137/20 de la Embajada del Japón del 21 de julio de 2020.


Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de setiembre del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARIO LÓPEZ CHÁVARRI
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 034-2020-RE Ratifican el Acuerdo entre la República del Perú y Japón referido al "Programa de Desarrollo Económico y Social"
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 034-2020-RE
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-09-25
  • Fecha de aplicacion : 2020-09-26

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