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Tarifario Servicios No Prestados Exclusividad RJ 000097-2020-BNP Biblioteca Nacional del Peru
9/19/2020
Tarifario Servicios No Prestados Exclusividad RJ 000097-2020-BNP Biblioteca Nacional del Peru
Organismos Ejecutores, Biblioteca Nacional del Peru Modifican Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019 y Protocolo denominado "Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú" RJ 000097-2020-BNP Lima, 17 de setiembre de 2020 VISTOS: El Informe Técnico Nº 000002-2020-BNP-J-DAPI-ESB de fecha 27 de agosto de 2020, del Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios
Modifican Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019 y Protocolo denominado "Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú"
RJ 000097-2020-BNP
Lima, 17 de setiembre de 2020
VISTOS:
El Informe Técnico Nº 000002-2020-BNP-J-DAPI-ESB de fecha 27 de agosto de 2020, del Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; el Memorando Nº 000420-2020-BNP-J-DAPI de fecha 31 de agosto de 2020, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información;
el Informe Nº 000094-2020-BNP-GG-OTIE-EDSI de fecha 04 de setiembre de 2020, del Equipo de Trabajo de Desarrollo de Sistemas de Información de la Oficina de T ecnologías de la Información y Estadística; los Informes Nº 000144-2020-BNP-J-DPC-ETC y Nº 000147-2020-BNP-J-DPC-ETC de fechas 03 y 08 de setiembre de 2020, respectivamente, del Equipo de Trabajo de Conservación de la Dirección de Protección de las Colecciones; el Memorando Nº 000292-2020-BNP-J-DPC de fecha 09 de setiembre de 2020, de la Dirección de Protección de las Colecciones; el Informe Nº 000293-2020-BNP-GG-OA-EAF de fecha 09 de setiembre de 2020, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración; el Memorando Nº 000990-2020-BNP-GG-OA de fecha 10 de setiembre de 2020, de la Oficina de Administración; el Informe Nº 000166-2020-BNP-J-DGC-EGAD de fecha 10 de setiembre de 2020, del Equipo de Trabajo de Gestión de Adquisiciones y Descarte de la Dirección de Gestión de las Colecciones; el Memorando Nº 000286-2020-BNP-J-DGC de fecha 10 de setiembre de 2020, de la Dirección de Gestión de las Colecciones;
TAMBIEN PUEDES VER: Publicación Proyecto Norma Técnica Salud RM 732-2020/MINSA Salud
el Informe Técnico Nº 000051-2020-BNP-GG-OPP-EPIP de fecha 10 de setiembre de 2020, del Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico Nº 000067-2020-BNP-GG-OPP-EMO de fecha 11 de setiembre de 2020, del Equipo de Trabajo de Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 000560-2020-BNP-GG-OPP de fecha 12 de setiembre de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 000212-2020-BNP-GG-OAJ de fecha 15 de setiembre de 2020, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
MAS NORMAS LEGALES: Rectifican Error Material Montos Transferir RGRTOSIEMO OSINERGMIN
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú dispone que: "(...). La Biblioteca Nacional del Perú es el centro depositario del patrimonio cultural bibliográfico, digital, documental, fílmico, fotográfico y musical peruano, así como del capital universal que posee con la finalidad de coadyuvar al desarrollo cultural, científico y tecnológico, contribuyendo al desarrollo económico y social, y apoyando la formación de ciudadanos y asociaciones. Representa una fuente de conocimiento para toda la sociedad peruana e internacional, garantizando su integridad y facilitando su acceso a toda la ciudadanía y a las generaciones futuras";
Que, los artículos 3 y 7 de la mencionada Ley Nº 30570, establecen que la entidad tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y financiera, precisando que una de las fuentes de los recursos económicos de la Biblioteca Nacional del Perú proviene de los recursos directamente recaudados;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, que aprueba las disposiciones aplicables a las entidades del sector público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, establece que: "Para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos, las Entidades del Sector Público requieren contar con autorización de Ley expresa. (...)";
Que, el inciso 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS dispone lo siguiente: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en
(...) la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal";
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 029-2019-BNP
publicada el 10 de febrero de 2019 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú-2019, siendo modificado mediante las Resoluciones Jefaturales Nº 085-2019-BNP, Nº 114-2019-BNP, Nº 128-2019-BNP, Nº 143-2019-BNP y Nº 068-2020-BNP, de fechas 18 de julio, 25 de setiembre, 30 de octubre, 20 de noviembre de 2019; y, 17 de junio de 2020, respectivamente;
Que, el código 2.11 del Anexo Nº 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019 desarrolla el servicio denominado "Digitalización del Patrimonio Bibliográfico Documental: Documentos e Impresos Posteriores a 1960", indicando, entre otros aspectos, sus requisitos y costos, dicho servicio se encuentra a cargo de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información;
Que, con Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en emergencia sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, la cual es prorrogada mediante Decreto Supremo Nº 020-2020-SA y Decreto Supremo Nº 027-2020-SA, este último, a partir del 08 de setiembre de hasta por un plazo de noventa (90) días calendario;
Que, en el contexto de la emergencia sanitaria y, a fin de impulsar el acceso a los servicios de digitalización del material bibliográfico documental que brinda la Biblioteca Nacional del Perú, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información mediante Memorando Nº 000420-2020-BNP-J-DAPI de fecha 31 de agosto de hizo suyo el Informe Técnico Nº 000002-2020-BNP-J-DAPI-ESB de fecha 27 de agosto de 2020, de su Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios, el cual propone la modificación del código 2.11 del Anexo Nº 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019, a fin de incluir la gratuidad del servicio no exclusivo denominado "Digitalización del Patrimonio Bibliográfico Documental: Documentos e Impresos Posteriores a 1960", siempre que comprenda la digitalización de uno (1) a cinco (5) páginas de un mismo título, no pudiendo exceder de los cinco (5)
títulos por usuario/a y/o por solicitud;
Que, mediante Informe Técnico Nº 000051-2020-BNP-GG-OPP-EPIP de fecha 10 de setiembre de 2020, el Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señaló, entre otros aspectos, que la modificación propuesta del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019, hasta el 31 de diciembre de 2020, no demanda recursos adicionales a la entidad;
Que, con fecha 16 de julio de se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Protocolo denominado "Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú", aprobado por Resolución Jefatural Nº 000081-2020-BNP, el cual tiene como objetivo: "Establecer las pautas que permitan brindar el servicio de digitalización de material bibliográfico documental en la Biblioteca Nacional del Perú, a fin de promover el acceso a la información en beneficio de la ciudadanía y reducir el riesgo de propagación de la enfermedad causada por el Coronavirus (COVID-19)";
Que, con la modificación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019, resultaría necesaria la modificación del precitado Protocolo, a fin de uniformizar en ambos documentos de gestión los servicios de digitalización brindados por la Biblioteca Nacional del Perú;
Que, mediante los documentos de los vistos, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; así como sus respectivos equipos de trabajo, emitieron opinión favorable, en el marco de sus competencias, respecto de la modificación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019
y del Protocolo denominado "Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú";
Que, mediante Informe Legal Nº 000212-2020-BNP-GG-OAJ de fecha 15 de setiembre de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión en el ámbito de sus competencias, a fin de proceder con la emisión del acto resolutivo;
Con el visado de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica, el Equipo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, el Equipo de Trabajo de Conservación de la Dirección de Protección de las Colecciones, el Equipo de Trabajo de Gestión de Adquisiciones y Descarte de la Dirección de Gestión de las Colecciones, el Equipo de Trabajo de Desarrollo de Sistemas de Información de la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, el Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración, los Equipos de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto; y, de Modernización, ambos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
De conformidad con la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- MODIFICAR el código 2.11 del Anexo Nº 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019, aprobado por Resolución Jefatural Nº 029-2019-BNP y modificada por las Resoluciones Jefaturales Nº 085-2019-BNP, Nº 114-2019-BNP, Nº 128-2019-BNP, Nº 143-2019-BNP y Nº 068-2020-BNP, respectivamente, conforme al siguiente detalle:
Código Denominación del servicio Requisitos % UIT S/ 2.11
Digitalización del Patrimonio Bibliográfico Documental: Manuscritos posteriores a 1960; impresos en general (libro, periódico, revista, partitura), microfilm/microficha.
2.11.1
Libro o partitura por página (formato JPG)
1. Solicitud del servicio (vía http:// reproducciondigital.
bnp.gob.pe/ ReprodocVirtualWeb/ faces/inicio/bienvenida.
xhtml).
2. Efectuar pago (cuando corresponda).
Nota: El/La usuario/a puede acceder de forma gratuita a la digitalización de cualquier material bibliográfico previsto en este servicio, en formato JPG o TIFF, con un máximo de cinco (5) páginas por título y de hasta cinco (5) títulos por usuario/a y/o solicitud. Cuando la solicitud exceda estas cantidades se aplican los montos establecidos en el presente tarifario.
La gratuidad del servicio es hasta el 31 de diciembre de 2020.
0.03 1.30 2.11.2
Periódico por página (formato
JPG)
2.11.3
Revista por página (formato
JPG)
2.11.4
Manuscrito por página (formato JPG)
0.04 1.80
2.11.5
Microfilm/Microficha por toma (formato JPG)
0.03 1.10
2.11.6
Libro o partitura por página (formato TIFF)
0.04 1.80 2.11.7
Periódico por página (formato
TIFF)
2.11.8
Revista por página (formato
TIFF)
2.11.9
Manuscrito por página (formato TIFF)
0.07 2.80
2.11.10
Microfilm/Microficha por toma (formato TIFF)
0.03 1.40
Artículo 2.- MODIFICAR el subnumeral 6.1 del numeral 6 del Protocolo denominado "Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú", aprobado por Resolución Jefatural Nº 000081-2020-BNP , a fin de incluir lo siguiente:
"6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
6.1 DE LA SOLICITUD DE DIGITALIZACIÓN DEL
MBD (....)
- El/La usuario/a puede acceder de manera gratuita al servicio de "Digitalización del Patrimonio Bibliográfico Documental: Manuscritos posteriores a 1960, impresos en general (libro, periódico, revista, partitura), microfilm/ microficha", hasta el 31 de diciembre de 2020,en la medida que el material solicitado no exceda de cinco (5)
páginas por título y con un máximo de cinco (5) títulos por usuario/a y/o solicitud, de conformidad a lo señalado en el código 2.11 del Anexo Nº 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019."
Artículo 3.- MODIFICAR el segundo acápite del subnumeral 6.2 del numeral 6 del Protocolo denominado "Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú", aprobado por Resolución Jefatural Nº 000081-2020-BNP , quedando redactado de la siguiente manera:
"6.2 DE LA VERIFICACIÓN Y COTIZACIÓN DEL MBD
A DIGITALIZAR (...)
- El/La servidor/a del ESB se comunica vía correo electrónico con el/la usuario/a que solicita la digitalización del MBD en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, para las coordinaciones que resulten pertinentes y/o para remitir la cotización del servicio, cuando corresponda." (...)".
Artículo 4.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www. bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EZIO NEYRA MAGAGNA
Jefe Institucional
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 000097-2020-BNP Modifican Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019 y Protocolo denominado "Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 000097-2020-BNP
- Emitida por : Biblioteca Nacional del Peru - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2020-09-18
- Fecha de aplicacion : 2020-09-19
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