9/16/2020

Transferencia Financiera Favor Sernanp Senamhi RPCD OEFA

Organismos Tecnicos Especializados, Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental Autorizan Transferencia Financiera a favor del SERNANP y del SENAMHI RPCD 00036-2020-OEFA/PCD Lima, 14 de setiembre de 2020 VISTOS: El Oficio Nº 00173-2020-MINAM/SG/ OGPP, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente; el Informe Nº 00148-2020-OEFA/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 00314-2020-OEFA/OAJ,
Organismos Tecnicos Especializados, Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental
Autorizan Transferencia Financiera a favor del SERNANP y del SENAMHI
RPCD 00036-2020-OEFA/PCD
Lima, 14 de setiembre de 2020
VISTOS: El Oficio Nº 00173-2020-MINAM/SG/ OGPP, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente; el Informe Nº 00148-2020-OEFA/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 00314-2020-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 096-2019-OEFA/PCD, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 111-2020, Decreto de Urgencia que amplía la vigencia de las medidas establecidas en los Incisos 5.1.1 y 5.1.2 del Numeral 5.1 del Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 036-y establece otras disposiciones (en adelante, el Decreto de Urgencia) se establecen medidas en materia económica y financiera aplicables a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento para asegurar la continuidad de la prestación de los servicios de saneamiento, frente a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;


Que, el Numeral 2.1 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia, autoriza durante el Año Fiscal 2020, al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA a realizar transferencias financieras, hasta por la suma de S/ 4 444
032,00 (Cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil treinta y dos y 00/100 Soles), a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (en adelante, el SERNANP) y el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (en adelante, el SENAMHI), con cargo a los recursos de su Presupuesto Institucional por la Fuente de Financiamiento "Recursos Directamente Recaudados", para financiar la reforestación del Área Natural Protegida de Tambopata y la adquisición de activos para el apoyo de la operación y mantenimiento de la red observacional, de la generación de información y monitoreo de peligros a la producción agropecuaria y de la continuidad operativa de la información hidrometeorológica a cargo del SENAMHI;


Que, el Numeral 2.2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia dispone que, para efecto de lo establecido en el Numeral 2.1 citado precedentemente, se exceptúa al OEFA de lo establecido en el Numeral 13.3 del Artículo 13º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con el fin de habilitar recursos a la Genérica de Gasto 2.4
"Donaciones y Transferencias";

Que, mediante Oficio Nº 00173-2020-MINAM/SG/ OGPP del 14 de setiembre de 2020, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, en atención a la autorización efectuada al OEFA a través del Decreto de Urgencia para realizar transferencias financieras por el monto total de S/ 4 444 032,00 (Cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil treinta y dos y 00/100 Soles) precisa que, corresponde transferir: (i) al SERNANP la suma de S/ 1 905 116,00 (Un millón novecientos cinco mil ciento dieciséis y 00/100 Soles), con la finalidad de financiar el proyecto "Reforestación y otras estrategias para la restauración de ámbitos degradados del Área Natural Protegida de Tambopata"; y, (ii) al SENAMHI la suma de S/ 2 538 916,00 (Dos millones quinientos treinta y ocho mil novecientos dieciséis y 00/100
Soles), a fin de financiar los proyectos de "Generación de información y monitoreo de peligros hidrometeorológicos y climáticos" y de "Generación de información y monitoreo de peligros a la producción agropecuaria"; al ser actividades prioritarias para el Sector Ambiente;

Que, en ese marco, mediante el Informe Nº 00148-2020-OEFA/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha señalado que presupuestalmente resulta viable la transferencia financiera por la suma total de S/ 4 444 032,00 (Cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil treinta y dos y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento "Recursos Directamente Recaudados" en la Especifica de Gastos 2.4.2.3.1.1 "A otras unidades del Gobierno Nacional", Genérica de Gasto 2.4 "Donaciones y Transferencias" a favor del SERNANP, por la suma de S/ 1 905 116,00 (Un millón novecientos cinco mil ciento dieciséis y 00/100 Soles); y, del SENAMHI por la suma de S/ 2 538 916,00 (Dos millones quinientos treinta y ocho mil novecientos dieciséis y 00/100 Soles);

Que, a través del Informe Nº 00314-2020-OEFA/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legalmente favorable respecto de la autorización de la transferencia financiera por la suma total de S/ 4 444 032,00 (Cuatro
millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil treinta y dos y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento "Recursos Directamente Recaudados"; toda vez que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de su Informe de vistos ha manifestado su viabilidad en materia presupuestal, de conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia;

Que, asimismo, el Numeral 2.1 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia dispone que la referida transferencia financiera se aprueba mediante resolución del Titular del Pliego OEFA, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad y se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, el Artículo 15º y Literales a) y t) del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM, establece que la Presidencia del Consejo Directivo constituye la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad, conduce el funcionamiento institucional y representa a la entidad ante las entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras; teniendo entre sus funciones, las de ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal y la representación legal del OEFA, así como emitir resoluciones en el ámbito de su competencia;

Que, en ese contexto, corresponde que la Presidencia del Consejo Directivo emita el acto de administración a través del cual se autorice la transferencia financiera por la suma total de S/ 4 444 032,00 (Cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil treinta y dos y 00/100
Soles), por la Fuente de Financiamiento "Recursos Directamente Recaudados", a favor del SERNANP, por la suma de S/ 1 905 116,00 (Un millón novecientos cinco mil ciento dieciséis y 00/100 Soles); y, del SENAMHI por la suma de S/ 2 538 916,00 (Dos millones quinientos treinta y ocho mil novecientos dieciséis y 00/100 Soles);

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 111-2020, Decreto de Urgencia que amplía la vigencia de las medidas establecidas en los Incisos 5.1.1 y 5.1.2 del Numeral 5.1 del Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 036-y establece otras disposiciones;
y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales a) y t) del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo
Nº 013-2017-MINAM;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Transferencia Financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP y del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI
Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por la suma total de S/ 4 444 032,00 (Cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil treinta y dos y 00/100
Soles), a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado - SERNANP; y, del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, de acuerdo al Anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución; en cumplimiento con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 011-2020, Decreto de Urgencia que amplía la vigencia de las medidas establecidas en los Incisos 5.1.1 y 5.1.2 del Numeral 5.1 del Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 036-y establece otras disposiciones, y conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Limitación al uso de los Recursos.

Los recursos de la Transferencia Financiera a la que hace referencia el Artículo 1º de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www. oefa.gob.pe) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ
Presidenta del Consejo Directivo
COMUNICADO
SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA SE RECIBIRÁN
LAS PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN:

HORARIO DE RECEPCIÓN POR CORREO:
• LUNES A VIERNES, 8:30 AM a 5:30 PM
• SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 8:30 AM a 5:30 PM (sólo publicaciones para día siguiente)

HORARIO DE RECEPCIÓN PORTAL PGA:
• LUNES A VIERNES, 9:00 AM a 7:00 PM
• SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 9:00 AM a 6:00 PM (sólo publicaciones para día siguiente)

CORREO PARA COTIZACIONES : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe □
CORREO PARA PUBLICACIONES : normaslegales@editoraperu.com.pe
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
ANEXO
CATEGORIA
PRESUPUESTAL
PROYECTO ACCION DE INVERSIÓN/OBRA
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CATEGORIA DE
GASTO
GENERICA DE GASTO
ESPECIFICA DE
GASTO
MONTO S/
TRANSFERENCIA
FINANCIERA A FAVOR
DEL PLIEGO 050:

SERVICIO NACIONAL
DE AREAS NATURALES
PROTEGIDAS POR EL
ESTADO - SERNANP
TRANSFERENCIA
FINANCIERA
A FAVOR DEL
PLIEGO 331:
{E}SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGIA E HIDROLOGIA
TOTAL
TRANSFERENCIA
FINANCIERA S/ 2383849 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
DE MONITOREO Y VIGILANCIA AMBIENTAL
DEL COMPONENTE AIRE EN LA ZONA DE
INFLUENCIA DE LOS ADMINISTRADOS, EN
LOS 5 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE
PISCO - DEPARTAMENTO DE ICA
6000016 GESTION Y
ADMINISTRACION
2. RECURSOS
DIRECTAMENTE
RECAUDADOS
6. GASTO DE
CAPITAL
2.4 DONACIONES Y
TRANSFERENCIAS
2.4.2.3.1.1
A OTRAS UNIDADES
DEL GOBIERNO
ANCIONAL
266,593
0144. CONSERVACION
Y USO SOSTENIBLE
DE ECOSISTEMAS
PARA LA PROVISION
DE SERVICIOS
ECOSISTEMICOS
2383849 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
DE MONITOREO Y VIGILANCIA AMBIENTAL
DEL COMPONENTE AIRE EN LA ZONA DE
INFLUENCIA DE LOS ADMINISTRADOS, EN
LOS 5 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE
PISCO - DEPARTAMENTO DE ICA
6000005 ADQUISICION DE
EQUIPOS
2. RECURSOS
DIRECTAMENTE
RECAUDADOS
6. GASTO DE
CAPITAL
2.4 DONACIONES Y
TRANSFERENCIAS
2.4.2.3.1.1
A OTRAS UNIDADES
DEL GOBIERNO
ANCIONAL
1,173,659
1,905,116 2,538,916 4,444,032
2383870 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
DE MONITOREO Y VIGILANCIA AMBIENTAL
DEL COMPONENTE AIRE Y AGUA EN
LOS DISTRITOS DE VELILLE Y CHAMACA
DE LA PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS -
DEPARTAMENTO DE CUSCO
6000005 ADQUISICION DE
EQUIPOS
2. RECURSOS
DIRECTAMENTE
RECAUDADOS
6. GASTO DE
CAPITAL
2.4 DONACIONES Y
TRANSFERENCIAS
2.4.2.3.1.1
A OTRAS UNIDADES
DEL GOBIERNO
ANCIONAL
785,001
2383872 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
MONITOREO Y VIGILANCIA AMBIENTAL DEL
COMPONENTE AIRE Y AGUA EN LA ZONA DE
INFLUENCIA DE LOS ADMINISTRADOS EN
EL DISTRITO DE ESPINAR, PROVINCIA DE
ESPINAR, DEPARTAMENTO DE CUSCO
6000001 EXPEDIENTE
TECNICO
2. RECURSOS
DIRECTAMENTE
RECAUDADOS
6. GASTO DE
CAPITAL
2.4 DONACIONES Y
TRANSFERENCIAS
2.4.2.3.1.1
A OTRAS UNIDADES
DEL GOBIERNO
ANCIONAL
342,148
2383872 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
MONITOREO Y VIGILANCIA AMBIENTAL DEL
COMPONENTE AIRE Y AGUA EN LA ZONA DE
INFLUENCIA DE LOS ADMINISTRADOS EN
EL DISTRITO DE ESPINAR, PROVINCIA DE
ESPINAR, DEPARTAMENTO DE CUSCO
6000005 ADQUISICION DE
EQUIPOS
2. RECURSOS
DIRECTAMENTE
RECAUDADOS
6. GASTO DE
CAPITAL
2.4 DONACIONES Y
TRANSFERENCIAS
2.4.2.3.1.1
A OTRAS UNIDADES
DEL GOBIERNO
ANCIONAL
1,876,631
TOTAL 4,444,032 1,905,116 2,538,916 4,444,032

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPCD 00036-2020-OEFA/PCD Autorizan Transferencia Financiera a favor del SERNANP y del SENAMHI
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 00036-2020-OEFA/PCD
  • Emitida por : Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2020-09-15
  • Fecha de aplicacion : 2020-09-16

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.