10/29/2020

Transferencias Financieras Favor Empresas RM 325-2020-MINEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Autorizan transferencias financieras a favor de las Empresas de Distribución Eléctricas, para atender el pago del subsidio Bono Electricidad RM 325-2020-MINEM/DM Lima, 27 de octubre de 2020 VISTOS: El Informe Nº 130-2020-MINEM-OGPP/ OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 195-2020-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; y el Informe
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Autorizan transferencias financieras a favor de las Empresas de Distribución Eléctricas, para atender el pago del subsidio Bono Electricidad
RM 325-2020-MINEM/DM
Lima, 27 de octubre de 2020
VISTOS: El Informe Nº 130-2020-MINEM-OGPP/ OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 195-2020-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; y el Informe Nº 706-2020-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 074-2020, Decreto de Urgencia que crea el Bono Electricidad en favor de usuarios residenciales focalizados del Servicio Público de Electricidad, modificado por Decreto de Urgencia Nº 105-2020, en adelante el Decreto de Urgencia, se aprueban medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, para garantizar el acceso de los usuarios residenciales focalizados al servicio público de electricidad y la continuidad del suministro regular de este servicio;

Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia, establece que el Bono Electricidad consiste en el otorgamiento excepcional y por única vez, de un subsidio monetario total por suministro eléctrico de hasta un monto de S/ 160.00 (Ciento sesenta y 00/100 soles) por usuario, a favor de los usuarios residenciales focalizados que permita cubrir los montos de sus correspondientes recibos por el servicio público de electricidad que comprendan consumos pendientes de pago que se registren en el periodo marzo de a diciembre de 2020, que no estén en proceso de reclamo; así como a aquellos usuarios residenciales que tengan contratado el servicio eléctrico por la modalidad comercial prepago, a quiénes se les aplicará en la primera recarga que efectúen, siempre que la misma se realice hasta el 31 de diciembre de 2020;


Que, para efectos del financiamiento del Bono Electricidad, el artículo 4 del Decreto de Urgencia, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas durante el Año Fiscal a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a la que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a favor del Ministerio de Energía y Minas hasta por la suma de S/ 827

796 496,00 (Ochocientos veintisiete millones setecientos noventa y seis mil cuatrocientos noventa y seis y 00/100
soles), para ser destinados a favor de los usuarios residenciales focalizados que sean incluidos en el listado final de beneficiarios según el Programa de Transferencias que para tal fin aprueba el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin;

Que, bajo dicho contexto, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 315-2020-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 233 544 561,00 (Doscientos treinta y tres millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y uno y 00/100 soles), a favor del Ministerio de Energía y Minas, para financiar el Bono Electricidad correspondiente a los recibos pendientes de pago de los consumos por los meses de marzo, abril y mayo aprobados en el Programa de Transferencias publicado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas Nº 021-2020-OS/GRT modificada por Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas Nº 036-2020-OS/GRT, se aprueba la lista de beneficiarios del subsidio Bono Electricidad, correspondiente a las empresas de distribución eléctrica y número de usuarios de cada una de ellas; así como el Programa de Transferencias del Bono Electricidad, que contempla veintisiete (27) empresas de distribución eléctrica por el monto de S/ 233´544,561.00 (Doscientos treinta y tres millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y uno con 00/100 soles), señalando que corresponde al Ministerio de Energía y Minas efectuar las transferencias financieras para el financiamiento del Bono Electricidad;

Que, mediante Informe Nº 130-2020-MINEM-OGPP/ OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas opina favorablemente desde el punto de vista presupuestal, señalando que el Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas cuenta con los recursos hasta por la suma de S/ 233´544,561.00 (Doscientos treinta y tres millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y uno con 00/100 soles), que permitirá atender la transferencia financiera en cumplimiento del Decreto de Urgencia Nº 074-2020;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con fecha 27 de octubre de 2020, aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2020-01923-001 con SIAF 0000001884, por el monto de S/ 233´544,561.00 (Doscientos treinta y tres millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y uno con 00/100 soles) para atender la transferencia financiera en cumplimiento del Decreto de Urgencia Nº 074-2020;

Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar las transferencias financieras hasta el monto de S/ 233´544,561.00 (Doscientos treinta y tres millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y uno con 00/100 soles), con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas de la fuente de financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de las Empresas
de Distribución Eléctrica señaladas en la Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas Nº 021-2020-OS/GRT
modificada por Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas Nº 036-2020-OS/GRT;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 315-2020-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar las transferencias financieras del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora Nº 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor de las Empresas de Distribución Eléctricas, para atender el pago del subsidio Bono Electricidad, hasta por la suma de S/ 233´544,561.00 (Doscientos treinta y tres millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y uno con 00/100 soles), de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Las transferencias financieras señaladas en el artículo precedente se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central de la fuente de financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, según detalle:

Fuente de Financiamiento : 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas -
Central Gastos Corrientes 2.5 Otros Gastos : S/ 233´544,561.00
Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, (www.gob.pe/minem) en la misma fecha de su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese,
MIGUEL INCHÁUSTEGUI ZEVALLOS
Ministro de Energía y Minas
ANEXO
PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS
BONO ELECTRICIDAD EN EL MARCO DEL DECRETO DE
URGENCIA Nº 074-2020
Nº Razón Social RUC Total (Soles)
1 Enel Distribución Perú S.A.A. 20269985900 40,214,468
2 Hidrandina S.A. 20132023540 31,769,173
3 Electrocentro S.A. 20129646099 31,169,959
4 Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A.

20102708394 26,208,889
5 Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. 20100188628 16,804,225
6 Electro Sur Este S.A. 20116544289 14,522,794
7 Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A.

20103117560 14,982,670
8 Luz del Sur S.A.A. 20331898008 13,387,330
9 Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A.

20103795631 11,027,791
10 Electro Dunas S.A.A. 20106156400 8,675,830
11 Electro Puno S.A.A. 20405479592 7,404,680
12 Electrosur S.A. 20119205949 6,430,351
13 Empresa de Administración de Infraestructura Electrica S.A.

20425809882 4,571,075
Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:

1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.

2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.

3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.

4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
Nº Razón Social RUC Total (Soles)
14 Emp Concesionaria de Elect de Ucayali S.A. 20232236273 3,041,175
15 Electro Tocache S.A. 20143611893 955,729
16 Proyecto Especial Chavimochic 20156058719 641,124
17 Empresa de Servicios Electricos Municipales de Paramonga S.A.

20177698122 409,737
18 Empresa Municipal de Servicios Electricos Utcubamba S.A.C.

20288529087 356,232
19 Entelin Perú S.A.C. 20492917011 169,568
20 Consorcio Eléctrico Villacurí 20178344952 157,933
21 Servicios Electricos Rioja S.A. 20206603501 150,996
22 Empresa de Distribución y Comercialización de Electricidad San Ramon S.A.

20401959476 123,490
23 Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa S.A.

20281512502 118,074
24 Electro Pangoa S.A. 20129531275 114,004
25 Acciona Microenergía Perú 20491557517 99,047
26 Empresa de Servicios Electricos Municipal de Pativilca S.A.C.

20530648339 27,554
27 Empresa de Interes Local Hidroelectrica S.A. de Chacas 202273955765 10,663
TOTAL 233,544,561

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 325-2020-MINEM/DM Autorizan transferencias financieras a favor de las Empresas de Distribución Eléctricas, para atender el pago del subsidio Bono Electricidad
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 325-2020-MINEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-10-28
  • Fecha de aplicacion : 2020-10-29

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