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10/30/2020
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RM 432-2020-MINEDU
Lima, 28 de octubre de 2020
VISTO: el Expediente Nº 0108861-2020, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 01133-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
TAMBIEN PUEDES VER: Directiva 001 2020 pcm/sdot disposiciones RV 003-2020-PCM/DVGT PCM
Que, el literal a) del artículo 53 de la Ley, establece que el estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo;
y le corresponde contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación;
Que, el literal d) del artículo 18 de la Ley establece que, con el fin de garantizar la equidad en la educación, las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, aseguran mecanismos que permitan la matrícula oportuna, la permanencia y la reincorporación de los estudiantes al sistema educativo y establecen medidas especiales para retener a los que se encuentran en riesgo de exclusión del servicio;
MAS NORMAS LEGALES: Prorroga Vigencia Carné Trabajador Construcción DS 021-2020-TR Trabajo y Promocion del Empleo
Que, asimismo, el artículo 25 de la Ley establece que el Sistema Educativo Peruano es integrador y fl exible porque abarca y articula todos sus elementos y permite a los usuarios organizar su trayectoria educativa; y el artículo 26 señala que el Sistema Educativo articula sus componentes para que toda persona tenga oportunidad de alcanzar un mayor nivel de aprendizaje;
Que, por su parte, el artículo 18 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece que la articulación del Sistema Educativo tiene el propósito de posibilitar la integración, fl exibilidad e interconexión para la organización de trayectorias distintas y diversas, según las necesidades y características del estudiante;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 609-2018-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)", la cual tiene por finalidad establecer las disposiciones que regulan el registro de la trayectoria educativa del estudiante de instituciones educativas (públicas y privadas) y programas educativos, de Educación Básica; en base a la información obtenida de los procesos de matrícula y evaluación realizados a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE);
Que, se ha identificado que es necesario regular el registro administrativo de la trayectoria educativa del estudiante durante su permanencia en la Educación Básica, en base a la información obtenida de los procesos de matrícula y evaluación; así como la emisión de documentos que refl ejen dicha trayectoria con base en la información registrada y disponible en el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE);
Que, en esa línea, la Dirección de Gestión Escolar ha trabajado un proyecto de documento normativo denominado "Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)";
Que, mediante Informe Nº 00023-2020-MINEDU/ VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar sustenta ante el Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, la necesidad de aprobar un nuevo documento normativo que regule el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE);
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar la Norma Técnica denominada "Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)", aprobada por Resolución Ministerial
Nº 609-2018-MINEDU.
Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)", la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Ministro de Educación
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 432-2020-MINEDU www.elperuano.pe Suscríbet e al Diario Oficial T eléfonos: (01) 315-0400 anexo 2207 Directo: (01) 433-4773 Email: suscripciones@editoraperu.com.pe www.segraf.com.pe Editora Perú AV. Alfonso Ugarte Nº 873 - Cercado de Lima www.editoraperu.com.pe www.andina.pe La más completa información con un solo clic T eléfonos: (01) 315-0400 anexo 2175 Email: ventapublicidad@editoraperu.com.pe T eléfono: 315-0400, anexo 2183 Email: ventasegraf@editoraperu.com.pe Libros Revistas Memorias Brochures Folletos, Dípticos Trípticos, Volantes Formatos especiales entre otros... Aprueban la Norma Técnica denominada "Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 432-2020-MINEDU
- Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-10-29
- Fecha de aplicacion : 2020-10-30
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